6/17/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 153-2016-MINAM Disponen la publicación en el Portal Web institucional del

Disponen la publicación en el Portal Web institucional del Ministerio de la propuesta de actualización del Plan Nacional de Acción Ambiental - PLANAA PERU: 2011-2021 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2016-MINAM Lima, 14 de junio de 2016 Visto, el Memorando Nº 248-2016-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; así como el Informe Nº 080-2016-MINAM-VMGA-DGPNIGA de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 362-2016-MINAM/SG/OAJ de la Oficina de Asesoría
Disponen la publicación en el Portal Web institucional del Ministerio de la propuesta de actualización del Plan Nacional de Acción Ambiental - PLANAA PERU: 2011-2021
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2016-MINAM
Lima, 14 de junio de 2016
Visto, el Memorando Nº 248-2016-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; así como el Informe Nº 080-2016-MINAM-VMGA-DGPNIGA de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 362-2016-MINAM/SG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y demás antecedentes;
y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 67 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado determina la Política Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos naturales;

Que, según lo dispuesto en el numeral 8.3 del artículo 8 de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, la Política Nacional del Ambiente es parte integrante del proceso estratégico de desarrollo del país y es de obligatorio cumplimiento;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, se aprobó la Política Nacional del Ambiente, que tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de 589728 NORMAS LEGALES
Viernes 17 de junio de 2016 / El Peruano los recursos naturales de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona;

Que, asimismo, de conformidad con el literal a) del artículo 7 de la Ley Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, dada por el Decreto Legislativo Nº 1013, el Ministerio del Ambiente tiene entre sus funciones específicas, formular, aprobar, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar el Plan Nacional de Acción Ambiental;

Que, con Decreto Supremo Nº 014-2011-MINAM se aprobó el Plan Nacional de Acción Ambiental - PLANAA
PERU: 2011-2021, señalando a su vez que el Ministerio del Ambiente se encargará de coordinar, supervisar, y evaluar el citado instrumento, en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y del proceso estratégico de desarrollo del país;

Que, el literal b) del artículo 39 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, precisa que la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental tiene entre sus funciones conducir los procesos de formulación del Plan Nacional de Acción Ambiental, en coordinación con los órganos de línea;

Que, de acuerdo al informe del visto, se ha elaborado la actualización del Plan Nacional de Acción Ambiental - PLANAA PERU: 2011-2021 de manera participativa e inclusiva con las diferentes entidades públicas con competencia ambiental en los tres niveles de gobierno;
dicho documento contiene los objetivos, metas prioritarias, acciones estratégicas e indicadores y metas en el corto, mediano y largo plazo, los cuales serán orientadores para la organización, diseño, ejecución y evaluación de los planes, programas, proyectos y agendas que en materia ambiental se realicen en el país al 2021;

Que, previa a su formal aprobación, la citada propuesta requiere ser sometida a consulta para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 39º del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; por lo que, corresponde emitir la presente resolución;

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la publicación de la propuesta de actualización del Plan Nacional de Acción Ambiental - PLANAA PERU: 2011-2021, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Dicha publicación se realizará en el Portal Web institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam. gob.pe/consultaspublicas), a fin de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por un plazo de diez (10)
días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Las sugerencias y/o comentarios sobre el proyecto normativo señalado en el artículo 1 de la presente resolución, deberán ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya sede se encuentra ubicada en la Avenida Javier Prado Oeste Nº 1440, San Isidro - Lima, y/o a la dirección electrónica planaa@minam.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA
Ministro del Ambiente

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