12/16/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 522-2016-MEM/DM Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos

Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 522-2016-MEM/DM Lima, 13 de diciembre de 2016 VISTOS: El Informe Nº 110-2016/MEM-OGP/ODIR de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre modificación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014-EM; CONSIDERANDO: Que, los trámites establecidos por la autoridad administrativa
Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 522-2016-MEM/DM
Lima, 13 de diciembre de 2016
VISTOS: El Informe Nº 110-2016/MEM-OGP/ODIR de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre modificación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014-EM;

CONSIDERANDO:

Que, los trámites establecidos por la autoridad administrativa deben procurar ser sencillos, racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria en virtud del principio de simplicidad del procedimiento administrativo previsto en el numeral 1.13 del artículo IV del Título Preliminar, del numeral 39.1 del artículo 39 y del numeral 10 del artículo 55 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como del numeral 3 del artículo ll del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

Que, de acuerdo al numeral 36.3 del artículo 36 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, las disposiciones concernientes a la eliminación y simplificación de los procedimientos pueden aprobarse por Resolución Ministerial; asimismo, en concordancia con el numeral 38.5 del artículo 38 de la citada Ley, toda modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de los ministerios, que no implique la creación de nuevos procedimientos, se puede realizar por Resolución Ministerial del sector;

Que, la Ley Nº 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible, tiene por objeto promocionar las inversiones para el crecimiento económico y el desarrollo sostenible, estableciendo la simplificación e integración de permisos y procedimientos, así como medidas de promoción de la inversión;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1246 que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa tiene por objeto dotar al régimen jurídico que rige a la Administración Pública de disposiciones a favor del ciudadano en función a la simplificación, eficacia, eficiencia, celeridad y equidad en los procedimientos administrativos, garantizando así los derechos e intereses de los administrados, con sujeción al ordenamiento constitucional;

Que, en el marco de las políticas de modernización y facilitación de la atención al ciudadano, se ha visto por conveniente modificar y actualizar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2014-EM, conforme a lo recomendado en el Informe
Nº 110-2016/MEM-OGP/ODIR;

Con el visto bueno del Vice Ministro de Energía, del Vice Ministro de Minas, de los Directores Generales de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y de la Secretaría General;

De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible; y en uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Elimínese los procedimientos RY05, RY06 y RY09 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2014-EM.

Artículo 2.- Modifíquese y actualícese el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Energía y Minas, por reducción y precisión en los siguientes procedimientos administrativos: CE01, CE02,
CE03, CE04, CE05, CE06, AE01, AE02, AE03, CG01,
SE03, CH01, CH02, CH03, CH04, AH01, AH02, AH03,
AH04, AH05, AH06, AH07, AH08, IH01, SH01, SH02,
SH03, SH04, SH05, BH01, BH02, BH03, BH04, BH05,
AM07, BM01, BM11, BA02, BA03, BA05, BA06, BA09,
BA11, BG01, BG02, BG03, BG04, BG05, BG06, BG07,
BG08. BG09, BG10, BG11, BG12, BG13, BG14, BG15,
IG04, IG05, IG06, IG07, HY01, HY03, HY04, HY05, RY03, RY04, RY07, y RY08, según el Anexo adjunto.

Artículo 3.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, y el documento Anexo en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) así como en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas

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