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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 055-PE-ESSALUD-2017 Modifican Estructura Orgánica y el Texto
1/19/2017
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 055-PE-ESSALUD-2017 Modifican Estructura Orgánica y el Texto
Modifican Estructura Orgánica y el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 055-PE-ESSALUD-2017 Lima, 16 de enero de 2017 VISTOS: La Carta Nº 082-GCPD-ESSALUD-2017 y el Informe Técnico Nº 005-GOP-GCPD-ESSALUD-2017 de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo; la Carta Nº 129-GCAJ-ESSALUD-2017 y el Informe Nº 31-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2017 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 055-PE-ESSALUD-2017
Lima, 16 de enero de 2017
VISTOS:
La Carta Nº 082-GCPD-ESSALUD-2017 y el Informe Técnico Nº 005-GOP-GCPD-ESSALUD-2017 de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo; la Carta Nº 129-GCAJ-ESSALUD-2017 y el Informe Nº 31-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2017 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 1.2 del artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, ESSALUD tiene por finalidad dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales que corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos humanos;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2012-TR, se declaró en reorganización el Seguro Social de Salud - ESSALUD a fin de garantizar la efectiva prestación de los servicios que brinda a los asegurados, así como la intangibilidad de sus recursos en el marco del derecho a la seguridad social de salud y los principios de solidaridad, transparencia, participación y eficiencia;
Que, en el numeral 2.4 del artículo 2º del citado Decreto Supremo, se señaló que ESSALUD realizará las acciones necesarias, teniendo en cuenta lo establecido en los numerales precedentes, con el fin de fortalecer sus procedimientos internos, su estructura orgánica y funcional, e instrumentos de gestión;
Que, con el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM
se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones -ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; en cuyo literal a) del artículo 3º se señalan las entidades que se sujetan a lo dispuesto en la citada norma, entre las cuales se menciona a los Organismos Públicos Descentralizados u otros Organismos Públicos con calidad de pliego presupuestal adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros o a los Ministerios, con independencia de la denominación formal que las normas les reconozcan;
Que, asimismo, en los artículos 30º y 31º de los citados lineamientos se señala la información que debe contener los Informes Técnicos Sustentatorios para sustentar la modificación del Reglamento de Organización y Funciones;
Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 656-PE-ESSALUD-2014, de fecha 31 de diciembre de 2014, se aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 016-2012-TR que declaró en reorganización el Seguro Social de Salud -ESSALUD, la misma que fue modificada por las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nro. 152, 222, 226 y 601-PE-ESSALUD-2015, siendo aprobado el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud -ESSALUD con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PE-ESSALUD-2015 y sus modificatorias;
Que, de acuerdo al literal i) del artículo 36º del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud - ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PE-ESSALUD-2015 y modificatorias, la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo tiene la función de formular, actualizar, evaluar y proponer, entre otros, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de ESSALUD y órganos desconcentrados;
Que, asimismo, en los literales d) y h) del artículo 45º del citado Texto Actualizado se establece que la Gerencia de Organización y Procesos de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo tiene como función, entre otras, evaluar y emitir opinión técnica respecto a los requerimientos de modificación de la estructura, funciones y procesos propuestos por los órganos centrales y desconcentrados, así como, proponer los cambios organizacionales y normativos que permitan una optimización y fl exibilización de la estructura orgánica de la Institución, así como los documentos de gestión institucional, que correspondan al ámbito de su competencia;
Que, con Carta de Vistos, la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo remite un proyecto de Resolución de Presidencia Ejecutiva que modifica el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PE-ESSALUD-2015 y sus modificatorias;
Que, con la citada Carta remitió el Informe Técnico Nº 005-GOP-GCPD-ESSALUD-2017, elaborado por la Gerencia de Organización y Procesos, en el cual señala que es necesario modificar el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud - ESSALUD, respecto a la actual organización de la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo, a fin de integrar las funciones de presupuesto, a un órgano con visión estratégica (interna y externa), con proyección de corto, mediano y 31 NORMAS LEGALES
Jueves 19 de enero de 2017
El Peruano / largo plazo, manejo de información micro y macro para la toma de decisiones, lo cual es importante toda vez que los ingresos de ESSALUD provienen principalmente de las aportaciones de los empleadores, cuya recaudación está directamente relacionado con la situación económica del país;
Que, con Carta Nº 129-GCAJ-ESSALUD-2017
e Informe Nº 31-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2017 la Gerencia Central de Asesoría Jurídica ha opinado, entre otros aspectos, que la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo es la instancia competente para evaluar y proponer la modificación del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD; asimismo, concluye que las modificaciones propuestas se enmarcan en el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM;
Que, atendiendo a lo expuesto, resulta pertinente aprobar la modificación de la Estructura Orgánica y del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PE-ESSALUD-2015 y sus modificatorias;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso c) y d) del artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), es competencia del Presidente Ejecutivo aprobar la Estructura Orgánica y Funcional de ESSALUD, así como su Reglamento de Organización y Funciones y los demás Reglamentos internos;
Con los vistos de la Gerencia Central de Gestión Financiera, la Gerencia Central de Operaciones, la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo, la Gerencia Central de Gestión de las Personas, y la Gerencia Central de Asesoría Jurídica;
Estando a lo propuesto y en uso de las facultades conferidas;
SE RESUELVE:
1. MODIFICAR la Estructura Orgánica y el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 767-PE-ESSALUD-2015 y respectivas modificatorias, en lo siguiente:
1.1. MODIFICAR los artículos 9º, 36º, 37º, 41º, 45º, 49º, 83º, 183º, 186º, 187º, 188º y 189º, según se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
1.2. SUPRIMIR los literales c), e), f) y p) del artículo 83º, los artículos 92º, 93º, 94º, 95º, y el literal e) del artículo 186º, y los cargos del numeral 05.3.3 del Anexo B, Estructura de los Cargos Jefaturales del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD.
1.3. INCLUIR los artículos 40-Aº, 40-Bº, 40-Cº y 40-Dº, en el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, según se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
1.4. MODIFICAR el Organigrama Estructural y la Estructura de Cargos Jefaturales de los Anexos A y B del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, en virtud a lo dispuesto en los numerales precedentes.
2. DISPONER la transferencia de personal y del presupuesto, bienes muebles, aplicativos informáticos, archivos electrónicos y similares, así como, el acervo documentario que corresponda de la Gerencia de Presupuesto de la Gerencia Central de Gestión Financiera a la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto en un plazo de treinta (30) días, contados a partir de la aprobación de la presente Resolución.
3. DISPONER que la Gerencia Central de Gestión de las Personas y la Gerencia Central de Gestión Financiera ejecuten las acciones que correspondan en el ámbito de sus funciones a efecto de implementar lo dispuesto en la presente Resolución.
4. DISPONER que la Gerencia Central de Planeamiento y Desarrollo publique la versión actualizada del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD en el Portal de Transparencia, en base a las modificaciones aprobadas en la presente Resolución.
5. DISPONER que la Secretaría General se encargue de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así como, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe); y en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud -ESSALUD (www.essalud. gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
6. DEJAR SIN EFECTO todas aquellas disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GABRIEL DEL CASTILLO MORY
Presidente Ejecutivo
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