1/20/2017

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000012-2017-J/ONPE Incorporan el literal y) al artículo 13° del Reglamento

Incorporan el literal y) al artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, respecto a las funciones de la Gerencia General RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000012-2017-J/ONPE Lima, 19 de enero del 2017 VISTOS: el Memorando Nº 000064-2017-SG/ ONPE de la Secretaría General, el Informe Nº 000009 y Memorando Nº 000046-2017-GGC/ONPE de la Gerencia de Gestión de la Calidad y el Informe Nº 000024-2017-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante
Incorporan el literal y) al artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, respecto a las funciones de la Gerencia General
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000012-2017-J/ONPE
Lima, 19 de enero del 2017
VISTOS: el Memorando Nº 000064-2017-SG/ ONPE de la Secretaría General, el Informe Nº 000009 y Memorando Nº 000046-2017-GGC/ONPE de la Gerencia de Gestión de la Calidad y el Informe Nº 000024-2017-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Mediante el Memorando Nº 000064-2017-SG/ONPE la Secretaría General ha propuesto la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)
aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias, a efectos de mantener la continuidad de la gestión de la Entidad, incorporando en las funciones del Gerente General la de asumir el cargo de Jefe Nacional interinamente, en tanto se designe al nuevo Jefe Nacional;

Con los documentos de vistos la Gerencia de Gestión de la Calidad ha remitido el Informe Técnico de sustento de la modificación del ROF de la ONPE, en atención de la propuesta formulada por la Secretaría General, teniendo en consideración que, el ROF de la ONPE no determina al funcionario que asumirá interinamente la titularidad, representación legal y conducción de la entidad, cuando el Consejo Nacional de la Magistratura no haya aún designado al nuevo titular;

De acuerdo, con lo dispuesto en el artículo 12º del ROF de la ONPE y la estructura orgánica de la Entidad, la Gerencia General es la máxima autoridad ejecutiva de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y es, también, la encargada de proponer la política general de la institución en materia administrativa;

De otro lado, el artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE dispone, en su literal g), que es función de la institución dictar las resoluciones y la reglamentación necesaria para su funcionamiento;

Así, para un óptimo desempeño institucional es fundamental garantizar la continuidad de la gestión de la ONPE y la representación legal en todos sus actos; por lo que, es pertinente establecer en el ROF de la ONPE el supuesto por el cual el Gerente General debe asumir la Jefatura Nacional interinamente;

En ese sentido, atendiendo lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM que aprobó los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las entidades de la Administración Pública", la Gerencia de Gestión de la Calidad ha identificado una nueva función a incorporar en el ROF, cuyo sustento legal es el expuesto en los considerandos que preceden, la misma que no genera gastos de operación, por cuanto no afecta la estructura vigente;

De conformidad con lo dispuesto en el literal g) del artículo 5º y el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en el artículo 73º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, así como en el literal s) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ ONPE y sus modificatorias;

Con el visado de la Gerencia General, la Secretaría General y de las Gerencias de Asesoría Jurídica y Gestión de la Calidad;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Incorporar el literal y) al artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias, conforme lo siguiente:
"Artículo 13º.- Son funciones de la Gerencia General: (...)
y) Ejercer interinamente la representación legal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales-ONPE, así como la Jefatura Nacional, hasta cuando el Consejo Nacional de la Magistratura nombre al nuevo titular de la Institución."
Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, y en el Portal del Estado Peruano de conformidad con lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 29091, así como en el portal institucional www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA
Jefe

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