2/11/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0109/RE-2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0109/RE-2017 Lima, 7 de febrero de 2017 VISTA: La comunicación del Presidente de la Reunión de Altos Funcionarios en marco APEC-2017, señor Bui Thanh Son, de 30 de diciembre de 2016, mediante la cual invita a los países miembros a participar de la Primera Reunión de Altos Funcionarios y Reuniones Relacionadas en marco del APEC, que se llevarán a cabo en la ciudad de Nha Trang, Vietnam, del 18 de febrero al 3 de marzo de 2017; CONSIDERANDO: Que, entre las reuniones relacionadas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0109/RE-2017
Lima, 7 de febrero de 2017
VISTA:
La comunicación del Presidente de la Reunión de Altos Funcionarios en marco APEC-2017, señor Bui Thanh Son, de 30 de diciembre de 2016, mediante la cual invita a los países miembros a participar de la Primera Reunión de Altos Funcionarios y Reuniones Relacionadas en marco del APEC, que se llevarán a cabo en la ciudad de Nha Trang, Vietnam, del 18 de febrero al 3 de marzo de 2017;
CONSIDERANDO:
Que, entre las reuniones relacionadas en marco del APEC, se desarrollará la 11º Reunión del Grupo de Expertos sobre la T ala Ilegal y Comercio Asociado (EGILAT
por sus siglas en inglés), del 20 al 21 de febrero 2017, del cual el Perú es país Parte y ocupó la presidencia del mismo durante el APEC 2016, organizando oportunamente la 9º
y 10º Reunión del EGILAT realizada en la ciudad de Lima, en febrero y agosto de 2016;
Que, el EGILAT sirve de plataforma a las economías del APEC para fortalecer el diálogo político, facilitar la cooperación policial relacionada con la lucha contra la tala ilegal y el comercio asociado y promover el comercio legal de productos forestales, así como apoyar la construcción de capacidades en las economías de los países miembros relacionada a la temática de la lucha contra la tala ilegal;
Que, en la 9º y 10º reuniones del EGILAT, el Perú propuso la inclusión del enfoque preventivo en los Términos de Referencia y en el Plan de Trabajo 2016 de EGILAT. El citado enfoque preventivo permitiría desarrollar actividades de cooperación y buenas practicas que contribuyan a disminuir riesgos, detectar amenazas, y prevenir la tala ilegal, así como promover el comercio legal de los recursos forestales, coadyuvando al manejo forestal sostenible de los bosques de las economías
APEC;
Que, durante el desarrollo de la 10º Reunión del EGILAT
2016, el Perú fue alentado para que considere la posibilidad de identificar proyecto/actividades que incluyan el enfoque preventivo como parte del Plan de Trabajo 2017, así como del Plan de Trabajo Estratégico 2018-2022 del mencionado grupo, así como realizar coordinaciones bilaterales con otras economías para impulsar su desarrollo;
Que, en tal sentido, la 11º Reunión del EGILAT
constituye una inmejorable oportunidad para que nuestro país pueda desarrollar su iniciativa realizando reuniones de trabajo bilaterales con otros países Partes, en apoyo al Plan de Acción 2017 y al Plan de Trabajo Estratégico 2018-2022;
Que, se estima importante la participación de la Directora de Medio Ambiente, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a fin de contar con la representación de alto nivel durante las reuniones señaladas;
Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.º 182, del Despacho Viceministerial, de 17 de enero de 2017; y la Memoranda (DGM) N.º DGM0037/2017, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 16 de enero de 2017; y (OPR) N.º OPR0004/2017, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 25 de enero de 2017, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807; y el artículo 11 de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.º 135-2010-RE; y, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017:;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Vilma Liliam Ballón Sánchez de Amézaga, Directora de Medio Ambiente de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Nha Trang, Vietnam, para participar del 20 al 21 de febrero de 2017, en las reuniones señalas en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando su salida del país del 17 al 23 de febrero de 2017.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15)
días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Pasaje aéreo Clase Económica
US$
Viáticos Por día
US$
Nº de días Total Viáticos
US$
Vilma Liliam Ballón Sánchez de Amézaga 4 620,00 500,00 2 + 2 2 000,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)