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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 038-2017-EF/41 Autorizan transferencia financiera a favor del Fondo para
2/05/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 038-2017-EF/41 Autorizan transferencia financiera a favor del Fondo para
Autorizan transferencia financiera a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 038-2017-EF/41 Lima, 3 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 413-2016-EF/41 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos y los recursos que lo financian por Fuente de Financiamiento, correspondiente al pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2017, a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 038-2017-EF/41
Lima, 3 de febrero de 2017
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 413-2016-EF/41
se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos y los recursos que lo financian por Fuente de Financiamiento, correspondiente al pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2017, a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Proyecto, Actividad, Categoría de Gasto y Genérica del Gasto;
Que, la Cuadragésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispone que durante el Año Fiscal 2017, se depositen hasta por la suma de
CINCUENT A MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 50 000 000,00)
a la cuenta del "Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales", creado por el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales.
Dichos recursos se destinan a financiar actividades para la mitigación, capacidad de respuesta, y rehabilitación ante la ocurrencia de fenómenos naturales;
Que, a efectos de lo establecido en el considerando precedente, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la mencionada Ley;
Que, asimismo, el Ministerio de Economía y Finanzas queda autorizado para realizar transferencias financieras a favor del "Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales", con cargo a los recursos habilitados en el marco del considerando precedente. Dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular, la cual se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, el artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, estableciendo en su artículo 45 que las modificaciones presupuestarias destinadas a la distribución interna se autoricen por Resolución del Titular del pliego presupuestario;
Que, conforme a las disposiciones normativas antes citadas, es necesario efectuar, previa a la transferencia financiera que se menciona en el cuarto considerando, una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático, de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General, hasta por CINCUENTA MILLONES Y 00/100
SOLES (S/ 50 000 000,00), a favor de la Actividad 5005970
- Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, con cargo a los recursos asignados a la Reserva de Contingencia de la Actividad 5000415 - Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público, a fin de financiar actividades para la mitigación, capacidad de respuesta, y rehabilitación ante la ocurrencia de fenómenos naturales;
Que, luego de efectuada la modificación presupuestaria en el nivel funcional programático, resulta necesario autorizar la transferencia financiera del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, Fuente de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001 - Administración General, Actividad 5005970 - Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, hasta por dicho importe, a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, creado conforme al artículo 4 de la Ley Nº 30458;
De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima T ercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; y, Estando a lo informado por la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de Modificación Presupuestaria Autorizar una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el Presupuesto Institucional del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2017, hasta por CINCUENTA MILLONES Y 00/100
SOLES (S/ 50 000 000,00), según el siguiente detalle:
En Soles
SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
DE LA:
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público
GASTOS DE CAPITAL 50 000 000,00
2.0. Reserva de Contingencia 50 000 000,00
TOTAL EGRESOS: 50 000 000,00
===========
A LA:
ACTIVIDAD 5005970 : Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales
GASTOS DE CAPITAL 50 000 000,00
2.4 Donaciones y Transferencias 50 000 000,00
TOTAL EGRESOS: 50 000 000,00
===========
Artículo 2 .- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar la transferencia financiera del pliego 009
Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad Ejecutora 001 - Administración General, hasta por la suma de 6 NORMAS LEGALES
Domingo 5 de febrero de 2017 / El Peruano
CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 50 000
000,00), en la Fuente de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios, a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, creado conforme al numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 30458.
Artículo 3 .- Financiamiento La transferencia financiera autorizada por el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial se realizará con cargo al Presupuesto aprobado en el presente año fiscal del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad Ejecutora 001 - Administración General, Fuente de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios, Actividad 5005970 Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, Finalidad 0195490 Transferencia al fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, Categoria de Gasto 6 Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específica 2.4.2.3.1.5 A Fondos Públicos.
Artículo 4 .- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 5 .- Remisión Copia de la presente Resolución se presenta, dentro de los cinco (05) días de aprobada, a la Dirección General de Presupuesto Público y a la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas
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