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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 066-2017-MEM/DM Autorizan transferencia financiera a favor de los

Autorizan transferencia financiera a favor de los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Ancash, Lima, La Libertad, Cajamarca e Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 066-2017-MEM/DM Lima, 9 de febrero de 2017 VISTO: El Informe Nº 011-2017-MEM-OGP/DIR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el literal a) de la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley
Autorizan transferencia financiera a favor de los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Ancash, Lima, La Libertad, Cajamarca e Ica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 066-2017-MEM/DM
Lima, 9 de febrero de 2017
VISTO: El Informe Nº 011-2017-MEM-OGP/DIR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante el literal a) de la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas efectuar transferencias financieras en el marco del proceso de descentralización a favor de los gobiernos regionales para ser destinados al fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, así como para la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización, hasta el monto de S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 Soles);

Que, la referida disposición señala que las transferencias de recursos a ser financiadas con cargo al presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el Diario Oficial El Peruano, previa suscripción de convenios celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales;

Que, asimismo, se establece la obligación de los Gobiernos Regionales que reciben las referidas transferencias de recursos de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos;

Que, en virtud de lo antes señalado y con el objeto de fortalecer las capacidades de gestión así como apoyar económica y técnicamente a las Direcciones Regionales de Energía y Minas de los Gobiernos Regionales para que ejerzan de manera eficiente las competencias y funciones transferidas en materia minero - energética, el Ministerio de Energía y Minas ha suscrito Convenios de Cooperación y Gestión con los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Ancash, Lima, La Libertad, Cajamarca e Ica, con fecha 05 de enero de 2017, 16 de enero de 2017, 23 de enero de 2017, 25 de enero de 2017, 27 de enero de 2017 y 02 de febrero de 2017, respectivamente;

Que, mediante los referidos Convenios de Cooperación y Gestión, el Ministerio de Energía y Minas se comprometió a transferir recursos presupuestales a los Gobiernos Regionales por el monto de S/ 100 000,00 (Cien Mil y 00/100 Soles), para que se contraten profesionales especializados, a propuesta de la Dirección Regional de Energía y Minas encargada de realizar las competencias 11 NORMAS LEGALES
Martes 14 de febrero de 2017
El Peruano / y atribuciones en materia minero energética, a fin de garantizar el adecuado ejercicio de las funciones y facultades transferidas, según lo señalado en la cláusula quinta del convenio;

Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, resulta necesario autorizar la transferencia financiera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor de los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Ancash, Lima, La Libertad, Cajamarca e Ica;

Con la opinión favorable del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, con el visto bueno del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Directora General de la Oficina General Administración y de la Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2012-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de la transferencia financiera de recursos directamente recaudados del pliego a favor de los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Ancash, Lima, La Libertad, Cajamarca e Ica.

Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados por el monto ascendente a S/ 100 000,00 (Cien Mil y 00/100 Soles), a favor de cada uno de los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Ancash, Lima, La Libertad, Cajamarca e Ica para ser destinados exclusivamente a la contratación de profesionales especializados con la finalidad de fortalecer la capacidad de gestión regional de las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Energía y Minas, encargadas de ejercer las competencias en materia minero - energéticas, de acuerdo al siguiente detalle:

Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes:

2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 600 000,00
Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1 de la presente resolución se efectuará según el siguiente detalle:

AL: (En Soles)
Pliego 444 : Gobierno Regional de Ayacucho 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0770
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20452393493
Pliego 441 : Gobierno Regional de Ancash 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0726
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20530689019
Pliego 463 : Gobierno Regional de Lima 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 1027
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20530688390
Pliego 451 : Gobierno Regional de La Libertad 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0831
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20440374248
Pliego 445 : Gobierno Regional de Cajamarca 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0775
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20453744168
Pliego 449 : Gobierno Regional de Ica 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0813
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20452393817
Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Ancash, Lima, La Libertad, Cajamarca e Ica correspondiente al año 2017.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas

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