2/26/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 078-2017-EF/50 12 NORMAS LEGALES Domingo 26 de febrero de 2017 / El

Aprueban los Índices de Distribución del Canon y Sobrecanon de los departamentos de Piura y Tumbes; y del Canon en el departamento de Ucayali, por la producción de petróleo y gas correspondiente al año 2017 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 078-2017-EF/50 Lima, 24 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 5.1 del artículo 5 y al artículo 10 de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, la distribución del canon petrolero mantiene las condiciones actuales
Aprueban los Índices de Distribución del Canon y Sobrecanon de los departamentos de Piura y Tumbes; y del Canon en el departamento de Ucayali, por la producción de petróleo y gas correspondiente al año 2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 078-2017-EF/50
Lima, 24 de febrero de 2017
CONSIDERANDO:

Que, conforme al numeral 5.1 del artículo 5 y al artículo 10 de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, la distribución del canon petrolero mantiene las condiciones actuales para su aplicación;

Que, las Leyes Nºs 27763, 28277 y 29345 modificaron las Leyes Nºs 23630 y 23871, determinando los porcentajes y criterios de distribución del Canon y Sobrecanon por la participación en la renta que produce la explotación de petróleo y gas natural en los departamentos de Piura y Tumbes, a aplicarse a los gobiernos regionales, gobiernos locales, universidades nacionales e institutos superiores tecnológicos y pedagógicos estatales de los citados departamentos;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 138-2009-EF se aprueban las normas reglamentarias para la distribución del Canon y Sobrecanon por la explotación de petróleo y gas en los departamentos de Piura y Tumbes;

Que, la Ley Nº 28699, Ley que modifica la distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali, establece los porcentajes y criterios de distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali, a aplicarse al gobierno regional, gobiernos locales, universidades nacionales e institutos superiores tecnológicos estatales de este departamento, así como al Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana - IIAP;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 206-2006-EF
se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28699, Ley que modifica la distribución de Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali;

Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los Índices de Distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público de este Ministerio, según los criterios establecidos en el marco legal correspondiente;

Que, sobre la base de la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática mediante los Oficios Nº 122-2017-INEI/DTDIS y Nº 419-2017-INEI/DTDIS, el Ministerio de Energía y Minas a través del Oficio Nº 162-2017-MEM/DGH, el Ministerio de Educación mediante el Oficio Nº 174-2016-MINEDU/SPE-OSEE y el Ministerio del Ambiente, mediante el Oficio Nº 011-2017-MINAM/VMGA/DGIIA, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de Distribución del Canon y Sobrecanon en los departamentos de Piura y Tumbes, y del Canon en el departamento de Ucayali, por la producción de petróleo y gas correspondiente al año 2017;

Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes es conveniente aprobar los mencionados Índices de Distribución del Canon y Sobrecanon en los departamentos de Piura y Tumbes, y del Canon en el departamento de Ucayali, por la producción de petróleo y gas para el año 2017;

De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs 27763, 28277, 29345 y 28699, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Supremo Nº 138-2009-EF y el Decreto Supremo Nº 206-2006-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los Índices de Distribución del Canon y Sobrecanon por la producción de petróleo y gas en los departamentos de Piura y Tumbes correspondientes al año 2017, a ser aplicados a gobiernos regionales, gobiernos locales e institutos superiores tecnológicos y pedagógicos estatales de dichos departamentos, conforme a los Anexos Nºs 1 y 2 que forman parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobar los Índices de Distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali correspondiente al año 2017, a ser aplicados al gobierno regional, gobiernos locales e institutos superiores tecnológicos estatales de dicho departamento, conforme a los Anexos Nºs 3 y 4 que forman parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial y los respectivos Anexos serán publicados en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFREDO THORNE VETTER
Ministro de Economía y Finanzas
ANEXO Nº 1
ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DEL CANON Y SOBRECANON
PETROLERO PARA LOS GOBIERNOS REGIONALES,
GOBIERNOS LOCE INSTITUTOS SUPERIORES
TECNOLÓGICOS Y PEDAGÓGICOS ESTATALES
DE PIURA Y TUMBES DE 2017
GOB. LOCAL(DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO) Y
GOB.REGIONAL E INSTITUTOS
ÍNDICES DEL
CANON
ÍNDICES DEL
SOBRECANON
TOTAL PIURA 1.0000000000 1.0000000000
GOBIERNOS LOCDEL DEPARTAMENTO DE PIURA
PIURA PIURA PIURA 0.0072403959 0.0099823481
CASTILLA 0.0088093724 0.0121891479
CATACAOS 0.0079352538 0.0110365979
CURA MORI 0.0030369058 0.0042329651
EL TALLAN 0.0006468579 0.0009005125
LA ARENA 0.0054994346 0.0076616573
LA UNIÓN 0.0052644091 0.0065612142
LAS LOMAS 0.0035777733 0.0049822540
TAMBO GRANDE 0.0152015268 0.0211617735
VEINTISÉIS DE
OCTUBRE
0.0089454478 0.0123753907
AYABACA AYABACA 0.0171996258 0.0240794760
FRIAS 0.0115777131 0.0162087981
JILILI 0.0013348721 0.0018688201
LAGUNAS 0.0035249282 0.0049349002
MONTERO 0.0031672050 0.0044340873
PACAIPAMPA 0.0131554800 0.0184176721
PAIMAS 0.0047207674 0.0066090735
SAPILLICA 0.0050869052 0.0071216670
SICCHEZ 0.0007886591 0.0011041231
SUYO 0.0045014811 0.0063020734
HUANCABAMBA HUANCABAMBA 0.0146650185 0.0205310258
CANCHAQUE 0.0033428449 0.0046799837
EL CARMEN DE LA
FRONTERA
0.0080319272 0.0112446971
HUARMACA 0.0223295801 0.0312614128
LALAQUIZ 0.0023253738 0.0032555227
13 NORMAS LEGALES
Domingo 26 de febrero de 2017
El Peruano /
GOB. LOCAL(DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO) Y
GOB.REGIONAL E INSTITUTOS
ÍNDICES DEL
CANON
ÍNDICES DEL
SOBRECANON
SAN MIGUEL DE EL
FAIQUE
0.0042023217 0.0058832506
SONDOR 0.0047634388 0.0066688145
SONDORILLO 0.0053971320 0.0075559854
MORROPON CHULUCANAS 0.0295467521 0.0413654533
BUENOS AIRES 0.0031479063 0.0044070696
CHALACO 0.0041350021 0.0057890036
LA MATANZA 0.0060413724 0.0084579210
MORROPON 0.0049741080 0.0069637521
SALITRAL 0.0039959640 0.0055943491
SAN JUAN DE BIGOTE 0.0033568596 0.0046996044
SANTA CATALINA DE
MOSSA
0.0015583512 0.0021816911
SANTO DOMINGO 0.0028480298 0.0039872418
YAMANGO 0.0054532913 0.0076346085
PAITA PAITA 0.0641496263 0.0607413882
AMOTAPE 0.0017788841 0.0019144866
ARENAL 0.0005807670 0.0005544192
COLAN 0.0207337089 0.0116470639
LA HUACA 0.0078006852 0.0079813264
TAMARINDO 0.0045019840 0.0051605673
VICHAYAL 0.0143228935 0.0052440523
SULLANA SULLANA 0.0299181148 0.0418853601
BELLAVISTA 0.0069602166 0.0097443036
IGNACIO ESCUDERO 0.0051490313 0.0072086435
LANCONES 0.0048771967 0.0068280747
MARCAVELICA 0.0065374260 0.0091523969
MIGUEL CHECA 0.0037299160 0.0052218829
QUERECOTILLO 0.0067005083 0.0093807117
SALITRAL 0.0011861715 0.0016606392
TALARA PARIÑAS 0.1083557237 0.0639486823
EL ALTO 0.0516959382 0.0075562381
LA BREA 0.0248175877 0.0073027855
LOBITOS 0.0175196652 0.0011711268
LOS ORGANOS 0.0130362240 0.0055934938
MÁNCORA 0.0157101412 0.0109893529
SECHURA SECHURA 0.0309074181 0.0432703851
BELLAVISTA DE LA
UNIÓN
0.0041916991 0.0058683790
BERNAL 0.0077283457 0.0108196846
CRISTO NOS VALGA 0.0039492329 0.0055289258
VICE 0.0164062706 0.0229687783
RINCONADA LLICUAR 0.0022664405 0.0031730175
GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PIURA 0.2105263158 0.2105263158
INSTITUTOS SUPERIORES TECNOLÓGICOS Y
PEDAGÓGICOS ESTATALES
0.0526315789 0.0526315789
TOTAL TUMBES 1.0000000000 1.0000000000
GOBIERNOS LOCDEL DEPARTAMENTO DE TUMBES
TUMBES TUMBES TUMBES 0.1137047692 0.1591866766
CORR0.0277866956 0.0389013738
LA CRUZ 0.0092125037 0.0128975054
PAMPAS DE HOSPITAL 0.0079327813 0.0111058934
SAN JACINTO 0.0105029741 0.0147041639
SAN JUAN DE LA VIRGEN 0.0046320096 0.0064848137
CONTRALMIRANTE
VILLAR
ZORRITOS 0.1122572307 0.1571601232
CASITAS 0.0229927951 0.0321899133
CANOAS DE PUNTA SAL 0.0459788427 0.0643703800
ZARUMILLA ZARUMILLA 0.0656948740 0.0919728232
GOB. LOCAL(DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO) Y
GOB.REGIONAL E INSTITUTOS
ÍNDICES DEL
CANON
ÍNDICES DEL
SOBRECANON
AGUAS VERDES 0.0750864356 0.1051210096
MATAPALO 0.0079491016 0.0111287423
PAPAYAL 0.0225847761 0.0316186869
GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE
TUMBES
0.4210526318 0.2105263158
INSTITUTOS SUPERIORES TECNOLÓGICOS Y
PEDAGÓGICOS ESTATALES
0.0526315789 0.0526315789
ANEXO Nº 2
ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DEL CANON Y SOBRECANON
PETROLERO PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES
TECNOLÓGICOS Y PEDAGÓGICOS ESTATDE
PIURA Y TUMBES DE 2017
DEPARTAMENTO/INSTITUTO SUPERIOR ÍNDICE
INSTITUTOS SUPERIORES DE PIURA 1.0000000000
INSTITUTOS SUPERIORES TECNOLOGICOS
AYABACA 0.0222222228
SAN ANDRES 0.0222222222
LIZARDO MONTERO FLORES 0.0222222222
CANCHAQUE 0.0222222222
NESTOR SAMUEL MARTOS GARRIDO 0.0222222222
HUARMACA 0.0222222222
VICUS 0.0222222222
MORROPON 0.0222222222
SANTO DOMINGO DE GUZMAN 0.0222222222
JUAN ESTEBAN LOPEZ CRUZ 0.0222222222
SIMON BOLIVAR 0.0222222222
HERMANOS CARCAMO 0.0222222222
MANUEL YARLEQUE ESPINOZA 0.0222222222
LA UNION 0.0222222222
CENTRO DE FORMACION PROFESIONAL
BINACIONAL
0.0222222222
ALMIRANTE MIGUEL GRAU 0.0222222222
RICARDO RAMOS PLATA 0.0222222222
SEÑOR DE CHOCAN 0.0222222222
SULLANA 0.0222222222
JUAN JOSE FARFAN CESPEDES 0.0222222222
LUCIANO CASTILLO COLONNA 0.4000000000
LUIS F. AGURTO OLAYA 0.0222222222
INSTITUTOS SUPERIORES PEDAGOGICOS
PIURA 0.0222222222
HNO. VICTORINO ELORZ GOYCOCHEA 0.0222222222
JOSE EULOGIO GARRIDO ESPINOZA 0.0222222222
MANUEL VEGAS CASTILLO 0.0222222222
JOSE MARIA VALLE RIESTRA 0.0222222222
IGNACIO MERINO 0.0222222222
INSTITUTOS SUPERIORES DE TUMBES 1.0000000000
INSTITUTOS SUPERIORES TECNOLOGICOS
CONTRALMIRANTE MANUEL VILLAR OLIVERA 0.2500000000
CAP FAP JOSE ABELARDO QUIÑONES 0.2500000000
24 DE JULIO DE ZARUMILLA 0.2500000000
INSTITUTOS SUPERIORES PEDAGOGICOS
JOSE ANTONIO ENCINAS 0.2500000000
14 NORMAS LEGALES
Domingo 26 de febrero de 2017 / El Peruano
ANEXO Nº 3
ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DEL CANON POR LA PRODUCCIÓN
DE PETRÓLEO Y GAS PARA GOBIERNO REGIONAL,
GOBIERNOS LOCE INSTITUTOS SUPERIORES
TECNOLÓGICOS NACIONDEL
DEPARTAMENTO DE UCAYALI DE 2017
GOB. LOCAL(DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO), GOB.

REGIONAL E INSTITUTOS
ÍNDICE
TOTAL 1.0000000000
GOBIERNOS LOCDEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI
UCAYALI CORONEL PORTILLO CALLERIA 0.1045552416
CAMPOVERDE 0.0159298938
IPARIA 0.0120640665
MASISEA 0.0128727656
YARINACOCHA 0.0894970916
NUEVA REQUENA 0.0056280424
MANANTAY 0.0752981179
ATALAYA RAYMONDI 0.0329665041
SEPAHUA 0.0082618773
TAHUANIA 0.0080082529
YURUA 0.0026880009
PADRE ABAD PADRE ABAD 0.1135439593
IRAZOLA 0.0492131931
CURIMANA 0.1486599468
NESHUYA 0.0392300092
ALEXANDER VON
HUMBOLDT
0.0296626351
PURUS PURÚS 0.0046085740
GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI 0.2150537634
INSTITUTOS SUPERIORES TECNOLÓGICOS NACION0.0322580645
ANEXO Nº 4
ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DEL CANON POR LA PRODUCCIÓN
DE PETRÓLEO Y GAS PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES
TECNOLÓGICOS NACIONDE UCAYALI DE 2017
INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO ÍNDICE
TOTAL 1.0000000000
SUIZA 0.125000000
COLONIA DEL CACO-B 0.125000000
MASISEA 0.125000000
ATALAYA 0.125000000
CARLOS LABORDE 0.125000000
PADRE ABAD 0.125000000
PURUS 0.125000000
PABLO BUTZ 0.125000000

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