Inicio
Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 096-2017/MINSA Conforman Comité de Expertos para evaluar el uso medicinal
2/16/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 096-2017/MINSA Conforman Comité de Expertos para evaluar el uso medicinal
Conforman Comité de Expertos para evaluar el uso medicinal de cannabis en el Perú y proponer las indicaciones, regulación y mecanismos necesarios para dicho fin RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 096-2017/MINSA Lima, 14 de febrero del 2017 Visto, el Expediente Nº 17-012945-001, conteniendo el Memorando Nº 147-2017-DVM-SP/MINSA, del Viceministerio de Salud Pública; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 096-2017/MINSA
Lima, 14 de febrero del 2017
Visto, el Expediente Nº 17-012945-001, conteniendo el Memorando Nº 147-2017-DVM-SP/MINSA, del Viceministerio de Salud Pública; y,
CONSIDERANDO:
Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;
Que, el literal a) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que es función rectora del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno;
Que, de conformidad con los literales b) y d) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2016-SA, el Despacho Viceministerial de Salud Pública tiene por funciones, entre otras, formular, proponer, implementar, ejecutar, evaluar y supervisar las intervenciones de prevención, promoción y protección de la salud de la población, de conformidad con la respectiva política nacional de salud; así como proponer y supervisar programas, lineamientos y normas, conduciendo planes nacionales y estrategias de salud pública en materia de cáncer, salud en las escuelas, salud mental, entre otros, en el ámbito de su competencia;
Que, con el documento del visto, el Viceministerio de Salud Pública propone la conformación de un Comité de Expertos, de naturaleza temporal, para evaluar el uso medicinal del cannabis en el Perú, dado que existiría la posibilidad de tratar una serie de condiciones médicas tales como glaucoma, sida, dolor neuropático, cáncer, esclerosis múltiple, náuseas inducidas por quimioterapia y ciertos trastornos convulsivos;
Estando a lo propuesto por el Viceministerio en Salud Pública;
29 NORMAS LEGALES
Jueves 16 de febrero de 2017
El Peruano / Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Conformar un Comité de Expertos, de naturaleza temporal, para evaluar el uso medicinal del cannabis en el Perú y proponer las indicaciones, regulación y mecanismos necesarios para dicho fin, el mismo que estará integrado por los miembros siguientes:
1. Un(a) representante del Viceministerio de Salud Pública, quien lo preside 2. Un(a) representante del Instituto Nacional de Salud 3. Un(a) representante de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas 4. Un(a) representante de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública 5. Un(a) representante del Colegio Médico del Perú 6. Un(a) representante de la Academia Nacional de Medicina 7. Un(a) representante de la Academia Peruana de Salud 8. Un(a) representante de la Sociedad Peruana de Neurología 9. Un representante de la Asociación Psiquiátrica Peruana 10. Un(a) representante de la Sociedad Peruana de Oncología 11. Un(a) representante de la Asociación Peruana de Epilepsia y Enfermedades Convulsivas 12. Un representante (a) de la Organización Panamericana de la Salud - OPS
Los representantes de los órganos, organismos e instituciones serán acreditados mediante comunicación escrita dirigida al Viceministerio de Salud Pública, dentro de los dos (2) días hábiles de publicada la presente Resolución Ministerial.
El Comité de Expertos se instala dentro de los cinco (5) días hábiles de publicada la presente Resolución Ministerial, pudiendo invitar para el cumplimiento del encargo conferido a especialistas, representantes de entidades públicas e instituciones privadas, sociedad civil, así como de organismos internacionales.
La participación como miembro o invitado del Comité de Expertos, se desempeña de manera ad honorem.
Artículo 2.- El Comité de Expertos tiene un plazo de treinta (30) días calendario contados desde su instalación, para la ejecución del encargo conferido según el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debiendo presentar un Informe Final al Despacho Ministerial.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/index.aspfiop=115.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)