3/09/2017

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 37-2017-JNAC/RENIEC Dejan sin efecto "Reglamento del Centro de Altos

Dejan sin efecto "Reglamento del Centro de Altos Estudios Registrales CAER", Tercera Versión y aprueban el "Reglamento de la Escuela Registral", Primera Versión RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 37-2017-JNAC/RENIEC Lima, 8 de marzo de 2017 VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 000138-2016/ER/RENIEC (30NOV2016) emitida por la Escuela Registral; el Informe Nº 000099-2016/ER/SGFC/RENIEC (30NOV2016), emitido por la Sub Gerencia de Formación y Capacitación de la Escuela Registral; el Memorando Nº 005617-2016/ GPP/RENIEC
Dejan sin efecto "Reglamento del Centro de Altos Estudios Registrales CAER", Tercera Versión y aprueban el "Reglamento de la Escuela Registral", Primera Versión
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 37-2017-JNAC/RENIEC
Lima, 8 de marzo de 2017
VISTOS:

La Hoja de Elevación Nº 000138-2016/ER/RENIEC (30NOV2016) emitida por la Escuela Registral; el Informe
Nº 000099-2016/ER/SGFC/RENIEC (30NOV2016), emitido por la Sub Gerencia de Formación y Capacitación de la Escuela Registral; el Memorando Nº 005617-2016/ GPP/RENIEC (29DIC2016) emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 000385-2016/GPP/SGR/RENIEC (29DIC2016) emitido por la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; los Informes Nº 00183-2017/ GAJ/SGAJA/RENIEC (26ENE2017) y Nº 00325-2017/ GAJ/SGAJA/RENIEC (14FEB2017), emitidos por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica y las Hojas de Elevación Nº 000054-2017/GAJ/RENIEC (26ENE2017) y Nº 000090-2017/GAJ/RENIEC (14FEB2017), emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera;

Que la Ley Nº 28716, Ley de Control Interno de las entidades del Estado, tiene el propósito de cautelar y fortalecer los sistemas administrativos con acciones y actividades de control previo, simultáneo y posterior; en concordancia con la Resolución de Contraloría Nº 320-2006-CG, que aprueba las Normas de Control Interno con el objetivo principal de propiciar el fortalecimiento de los sistemas de control interno y mejorar la gestión pública; y, la Resolución de Contraloría Nº 458-2008-CG, que aprueba la Guía para la implementación del Sistema de Control Interno de las entidades del Estado, como documento orientador para la gestión pública y el control gubernamental, sin perjuicio de la legislación que emitan los distintos niveles de gobierno, así como las normas que dicten los órganos rectores de los sistemas administrativos;

Que cabe agregar que las diversas áreas del RENIEC, en su constante compromiso de mejoramiento, vienen revisando su normativa a efectos de solicitar la aprobación de nuevos documentos normativos o en otros casos, se dejen sin efecto, con la finalidad de mejorar u optimizar las labores de cada una de ellas;

Que mediante los documentos de vistos, la Escuela Registral propone la aprobación del documento normativo Reglamento RE-207-ER/001, "Reglamento de la Escuela Registral", Primera Versión, con el fin de normar el desarrollo de las funciones y describir las actividades de la Escuela Registral, constituyéndose como un instrumento básico para la ejecución de las actividades académicas dirigidas a los servidores del RENIEC, a los Registradores de Oficinas de Registro de Estado Civil, de las Oficinas Consulares y al público interesado en los temas de competencia del RENIEC;

Que en ese contexto, el órgano indicado precedentemente, precisa que se encuentra vigente el Reglamento RE-200-CAER/001, "Reglamento del Centro de Altos Estudios Registrales CAER", Tercera Versión, aprobado por Resolución Jefatural Nº 030-2011/JNAC/ RENIEC (25ENE2011); razón por la cual solicita se deje sin efecto el mismo;

Que mediante los documentos de vistos, la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, determina que el proyecto de documento normativo propuesto, se ajusta a los lineamientos dispuestos en la Directiva DI-200-GPP/001
"Lineamientos para la Formulación de los Documentos Normativos del RENIEC", quinta versión, aprobada por Resolución Secretarial Nº 029-2014-SGEN/RENIEC (30MAY2014);

Que en virtud a lo establecido en la Directiva DI-200-GPP/001 "Lineamientos para la Formulación de Documentos Normativos del RENIEC" citada en el considerando precedente, previo a la aprobación del documento normativo propuesto por la Escuela Registral, resulta necesario dejar sin efecto el Reglamento RE-200-CAER/001, "Reglamento del Centro de Altos Estudios Registrales CAER", Tercera Versión, aprobado por Resolución Jefatural Nº 030-2011/JNAC/RENIEC (25ENE2011);

Que la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el documento de vistos, señala que el proyecto de Reglamento RE-207-ER/001 "Reglamento de la Escuela Registral", Primera Versión, presenta la consistencia legal pertinente; correspondiendo que el mismo sea aprobado, para lo cual señala, deberá previamente dejarse sin efecto el Reglamento RE-200-CAER/001 "Reglamento del Centro de Altos Estudios Registrales CAER", Tercera Versión, aprobado por Resolución Jefatural Nº 030-2011/JNAC/RENIEC (25ENE2011);

Que se hace necesario difundir la presente resolución a la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación;
y, Que de otro lado, es necesario indicar que, mediante Resolución Jefatural Nº 22-2017/JNAC/RENIEC (10FEB2017), se encargó a la señora Tatiana Irene Mendieta Barrera, Secretaria General del RENIEC, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del RENIEC, con retención de su cargo, por el periodo del 13 de febrero al 14 de marzo de 2017, por ejercicio del descanso vacacional del titular;

Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el inciso j) del artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural Nº 073-2016/JNAC/ RENIEC (31MAY2016) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009);

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Reglamento RE-200-CAER/001, "Reglamento del Centro de Altos Estudios Registrales CAER", Tercera Versión, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 030-2011/JNAC/
RENIEC (25ENE2011).

Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento RE-207-ER/001, "Reglamento de la Escuela Registral", Primera Versión.

Artículo Tercero.- Encargar a la Escuela Registral el cumplimiento de lo resuelto en la presente Resolución Jefatural.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto la difusión de lo resuelto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su publicación en el portal institucional, www. reniec.gob.pe.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

TATIANA IRENE MENDIETA BARRERA
Jefe Nacional (e)

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