6/26/2017

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 273-2017-SINEACE/CDAH-P Oficializan

Oficializan Acuerdo que aprobó autorización al "Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Suiza", como entidad Certificadora de competencias de profesionales técnicos titulados y egresados de Institutos y Escuelas de Educación Superior en: Mecánica Automotriz RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 273-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 21 de junio de 2017 VISTO: El Informe Nº 030-2017-SINEACE/P-DEC-IEES, emitido por la Dirección de Evaluación y Certificación de Institutos y Escuelas de
Oficializan Acuerdo que aprobó autorización al "Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Suiza", como entidad Certificadora de competencias de profesionales técnicos titulados y egresados de Institutos y Escuelas de Educación Superior en: Mecánica Automotriz
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 273-2017-SINEACE/CDAH-P
Lima, 21 de junio de 2017
VISTO:

El Informe Nº 030-2017-SINEACE/P-DEC-IEES, emitido por la Dirección de Evaluación y Certificación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del SINEACE; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral;

Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE, habiéndose mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, constituido el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidenta del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo;

Que, mediante el documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certificación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, señala que el "Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Suiza" ha cumplido con los requisitos establecidos en la norma técnica "Procedimientos para la Autorización y Registro de Entidades Certificadoras de Competencias", para ser autorizada como entidad certificadora de competencias de profesionales técnicos titulados y egresados de Institutos y Escuelas de Educación Superior en: Mecánica Automotriz, con una vigencia de cinco (05) años;

Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo Nº 205-2017-CDAH de sesión del 07 de junio 2017, se aprobó la autorización al "Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Suiza", como Entidad Certificadora de competencias de profesionales técnicos titulados y egresados de Institutos y Escuelas de Educación Superior en: Mecánica Automotriz, con una vigencia de cinco (05)
años;

De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; y, Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 205-2017-CDAH de sesión del 07 de junio 2017 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se aprobó la autorización al "Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Suiza", como entidad Certificadora de competencias de profesionales técnicos titulados y egresados de Institutos y Escuelas de Educación Superior en: Mecánica Automotriz, con una vigencia de cinco (05) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución.

Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAROLINA BARRIOS VALDIVIA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
SINEACE

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