8/19/2017

RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO N° 048-2017-APN/DIR Aprueban transferencia financiera al

Aprueban transferencia financiera al Gobierno Regional de Moquegua, a favor de la Autoridad Portuaria Regional de Moquegua, para el financiamiento de diversas actividades RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 048-2017-APN/DIR Callao, 9 agosto de 2017 VISTOS: El Informe Nº 146-2017-APN/DIPLA de fecha 07 de agosto de 2017, de la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos y el Informe Legal Nº 467-2017-APN/UAJ de fecha 07 de agosto de 2017, de la Unidad de Asesoría Jurídica de la Autoridad Portuaria
Aprueban transferencia financiera al Gobierno Regional de Moquegua, a favor de la Autoridad Portuaria Regional de Moquegua, para el financiamiento de diversas actividades
RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 048-2017-APN/DIR
Callao, 9 agosto de 2017
VISTOS:

El Informe Nº 146-2017-APN/DIPLA de fecha 07 de agosto de 2017, de la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos y el Informe Legal Nº 467-2017-APN/UAJ de fecha 07 de agosto de 2017, de la Unidad de Asesoría Jurídica de la Autoridad Portuaria Nacional;

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 085-2016-APN/DIR de fecha 22 de diciembre de 2016, la Autoridad Portuaria Nacional (APN) aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos del Pliego 214: APN correspondiente al año Fiscal 2017;

Que, mediante la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 006-2017-APN/DIR de fecha 27 de enero de 2017, la APN autorizó la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 214: APN para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL
OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/. 2 618 841.00), en el cual se asignó en el rubro donaciones y transferencias DOSCIENTOS MIL Y 00/100
SOLES (S/ 200 000.00);

Que, el artículo 30º de la Ley del Sistema Portuario Nacional, Ley Nº 27943, (LSPN) establece que constituyen recursos de la Autoridad Portuaria Regional los recursos que la APN le transfiera;

Que, el literal h) del numeral 15.1 del artículo 15º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que se autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de la transferencia financiera entre entidades, las que realice la APN a los gobiernos regionales a favor de las autoridades portuarias regionales, en el marco de lo dispuesto por el literal a) del artículo 30 de la LSPN;

Que, el numeral 15.2 del artículo 15 de la mencionada ley señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 15.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose para este caso el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; así mismo dispone que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el numeral 15.3 del artículo 15º de la referida ley indica que la entidad que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales les fueron entregados los recursos; así mismo establece que dichos recursos públicos, bajo responsabilidad, deberán ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia conforme al referido artículo;

Que, con fecha 07 de agosto de 2017 se celebró el Convenio de Transferencia Financiera entre la APN y el Gobierno Regional de Moquegua con participación de la Autoridad Portuaria Regional de Moquegua, con la finalidad de fijar los términos y condiciones bajo los cuales la APN efectuará las transferencia financiera al
Gobierno Regional de Moquegua, a favor de la Autoridad Portuaria Regional de Moquegua, estableciéndose además las condiciones para el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se transfieren los recursos objeto del citado convenio;

Que, mediante los documentos del visto, las áreas de Planeamiento y Estudios Económicos, así como de Asesoría Jurídica, otorgaron opinión favorable para aprobar la transferencia al Gobierno Regional de Moquegua por la suma de DOSCIENTOS MIL Y OO/100
SOLES (S/ 200,000.00), a favor de la Autoridad Portuaria Regional de Moquegua;

Que, en Sesión Nº 436 celebrada el 08 de agosto de 2017, el Directorio de la APN aprobó la transferencia financiera al Gobierno Regional de Moquegua por la suma de DOSCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 200,000.00), a favor de la Autoridad Portuaria Regional de Moquegua;

Que, a efectos de materializar el acuerdo adoptado por el Directorio de la APN, resulta necesario emitir el acto administrativo correspondiente;

De conformidad con el Artículo 15º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional; Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la APN; entre otras normas modificatorias y complementarias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera al Gobierno Regional de Moquegua por la suma de DOSCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 200,000.00), a favor de la Autoridad Portuaria Regional de Moquegua para el financiamiento de las actividades descritas en la cláusula Cuarta del Convenio de Transferencia Financiera suscrito entre la Autoridad Portuaria Nacional y el Gobierno Regional de Moquegua con participación de la Autoridad Portuaria Regional de Moquegua, suscrito con fecha 07 de agosto de 2017, el mismo que forma parte componente de la siguiente Resolución.

Artículo 2º.- La transferencia financiera aprobada por la presente resolución, se realizará con cargo al presupuesto aprobado del Pliego 214: Autoridad Portuaria Nacional, Unidad Ejecutora 001: Autoridad Portuaria Nacional, Actividad 5000001 Planeamiento y Presupuesto, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, para el año fiscal 2017.

Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGAR PATIÑO GARRIDO
Presidente del Directorio

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