8/19/2017

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 328-2017-SINEACE/CDAH-P Oficializan

Oficializan Acuerdo mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Obstetricia de la Universidad de Huánuco RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 328-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 17 de agosto de 2017 VISTO: El Informe Nº 0119-2017-SINEACE/TP-DEA-ESU, emitido por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria de Sineace; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace, establece como finalidad del Sistema
Oficializan Acuerdo mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Obstetricia de la Universidad de Huánuco
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 328-2017-SINEACE/CDAH-P
Lima, 17 de agosto de 2017
VISTO:

El Informe Nº 0119-2017-SINEACE/TP-DEA-ESU, emitido por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria de Sineace; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral;

Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa;

Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del Sineace;

Que, el Director de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria mediante documento de visto, considerando el Informe Final emitido por la entidad evaluadora externa SGS Certificadora de Educación SAC, el Informe AC-002-2016-SINEACE/ST-DEA-ESU/Observador y demás actuaciones obrantes, emite opinión favorable respecto al otorgamiento de la acreditación a la carrera profesional de Obstetricia de la Universidad de Huánuco, con una vigencia de tres (03) años;

Que, en atención a los informes antes indicados y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión de fecha 02 de agosto 2017, arribó al Acuerdo Nº 234-2017-CDAH, mediante el cual otorga la acreditación a la carrera profesional de Obstetricia de la Universidad de Huánuco, con una vigencia de tres (03)
años;

De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; y la Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 234-2017-CDAH, de sesión de fecha 02 de agosto 2017 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Obstetricia de la Universidad de Huánuco, con una vigencia de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución.

Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del Sineace.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAROLINA BARRIOS VALDIVIA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc

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