8/11/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 366-2017-PRODUCE Reconforman el Grupo de Trabajo encargado de formular la

Reconforman el Grupo de Trabajo encargado de formular la Estrategia Sectorial en materias de pesca y acuicultura frente al Cambio Climático a que se refiere la R.M. Nº 277-2013-PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 366-2017-PRODUCE Lima, 8 de agosto de 2017 VISTOS, el Informe Nº 072-2017-PRODUCE/ DGAAMPA-Dccbpa, el Memorando Nº 322-2017-PRODUCE/DGAAMPA-dccbpa, el Informe Nº 121-2017-PRODUCE/DGPARPA-DPO, el Memorando Nº 00612-2017-PRODUCE/DGPARPA, el Informe Nº 130-2017-PRODUCE/DGPARPA-DPO, el
Reconforman el Grupo de Trabajo encargado de formular la Estrategia Sectorial en materias de pesca y acuicultura frente al Cambio Climático a que se refiere la R.M. Nº 277-2013-PRODUCE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 366-2017-PRODUCE
Lima, 8 de agosto de 2017
VISTOS, el Informe Nº 072-2017-PRODUCE/ DGAAMPA-Dccbpa, el Memorando Nº 322-2017-PRODUCE/DGAAMPA-dccbpa, el Informe Nº 121-2017-PRODUCE/DGPARPA-DPO, el Memorando Nº 00612-2017-PRODUCE/DGPARPA, el Informe Nº 130-2017-PRODUCE/DGPARPA-DPO, el Memorando Nº 00650-2017-PRODUCE/DGPARPA, los Informe Nºs. 745
y 1097-2017-PRODUCE/OGAJ; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 277-2013- PRODUCE, se conformó el Grupo de Trabajo encargado de formular la Estrategia Sectorial en materias de pesca y acuicultura frente al Cambio Climático;

Que, por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, modificado por el Decreto Supremo Nº 009-2017-PRODUCE, el cual establece la nueva estructura orgánica del Ministerio;

Que, es necesario adecuar y reconformar el Grupo de Trabajo a que se refiere el primer considerando; así como, modificar las funciones del mismo;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Reconformar el Grupo de Trabajo encargado de formular la Estrategia Sectorial en materias de pesca y acuicultura frente al Cambio Climático, a que se refiere el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 277-2013-PRODUCE, el cual queda conformado de la siguiente manera:
- Un representante del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, quien lo presidirá.
- Un representante de la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas, quien ejercerá la Secretaría Técnica.
- Un representante de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura.
- Un representante de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto.
- Un representante de la Dirección General de Pesca Artesanal.
- Un representante de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción.
- Un representante de la Dirección General de Acuicultura.
- Un representante de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización.
- Un representante de la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos.
- Un representante del Instituto del Mar del Perú.
- Un representante del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera.
- Un representante del Instituto Tecnológico de la Producción.
- Un representante del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero.
- Un representante del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura.

Artículo 2.- Modifícase el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 277-2013-PRODUCE, con el texto siguiente:
"Artículo 3.- El Grupo de Trabajo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, tendrá las funciones siguientes:
- Liderar el proceso participativo en las diferentes etapas para la formulación de la Estrategia Sectorial en materias de pesca y acuicultura frente al cambio climático.
- Liderar el proceso participativo de implementación de las Contribuciones Nacionalmente Determinadas en Adaptación frente al Cambio Climático para las actividades pesqueras y acuícolas.
- Coordinar con las entidades que conforman la Comisión de Cambio Climático y aquellas que se vinculen, en el ámbito de su competencia."
Artículo 3.- Los titulares de los órganos de línea, organismos públicos y programas del Ministerio de la Producción a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, designan a sus representantes, titular y alterno, mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, dentro de los tres (03) días hábiles de la fecha de publicación de la presente Resolución.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial se publica en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese
PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN
Ministro de la Producción

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