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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 728-2017/MINSA Conforman el Comité de Expertos en Nutrición de la
8/29/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 728-2017/MINSA Conforman el Comité de Expertos en Nutrición de la
Conforman el Comité de Expertos en Nutrición de la Dirección de Promoción de la Salud, a cargo de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 728-2017/MINSA Lima, 25 de agosto del 2017 Visto, el Expediente Nº 17-049881-001 que contienen la Nota Informativa Nº 785-2017-DGIESP/MINSA, el Informe Nº 095-2017-DVC-DPROM-DGIESP/MINSA, y el Informe Nº 128-2017-MTS-DPROM-DGIESP/MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 728-2017/MINSA
Lima, 25 de agosto del 2017
Visto, el Expediente Nº 17-049881-001 que contienen la Nota Informativa Nº 785-2017-DGIESP/MINSA, el Informe Nº 095-2017-DVC-DPROM-DGIESP/MINSA, y el Informe Nº 128-2017-MTS-DPROM-DGIESP/MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y
medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;
Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas;
Que, el artículo 4 de la Ley precitada, dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;
Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la acotada Ley, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;
Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de Salud Pública en materia de Salud Mental, Prevención y Control de Discapacidad, Salud Sexual y Reproductiva, Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, Raras y Huérfanas, Prevención y Control del Cáncer, Inmunizaciones, Salud Bucal, Prevención y Control de Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Prevención y Control de VIH-SIDA, Enfermedades de Transmisión Sexual y Hepatitis, Prevención y Control de la Tuberculosis, Intervenciones por curso de vida y cuidado integral, Promoción de la Salud; y Pueblos Indígenas u Originarios;
Que, el último párrafo del artículo 63 del precitado Reglamento dispone que para el mejor desarrollo de sus funciones puede contar con un Comité de Expertos, ad honorem conformado por profesionales, especialistas, representantes de entidades públicas e instituciones privadas, sociedad civil, así como organismos internacionales, los cuales brindan recomendaciones y asesoramiento especializado para sustentar la toma de decisiones basadas en evidencias;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública;
Que, mediante la Nota Informativa Nº 989-2017-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal;
Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Conformar el Comité de Expertos en Nutrición de la Dirección de Promoción de la Salud, a cargo de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, el mismo que está integrado por los siguientes miembros:
1. Lic. Ana María Higa Yamashiro 2. Dr. Juan Jaime Miranda Montero 3. Dra. Nelly Mercedes Zavaleta Pimentel 4. Lic. María Elena Ugaz Villacorta de Junco 5. Dra. Hilary Marian Creed Hunter de Kanashiro 6. Dra. Mary Edith Penny 7. Lic. Nair Rosio Carrasco Sanez 8. Lic. Graciela Elena Respicio Torres 9. Lic. Miyaray Helena Benavente Ercilla 10. Lic. María Inés Sánchez-Griñan Caballero La participación de los miembros del Comité de Expertos en Nutrición de la Dirección de Promoción de la Salud se desempeñan ad honorem.
Artículo 2.- Facultar al Comité de Expertos conformado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, a elegir entre sus miembros a su presidente y a su secretario, así como elaborar y aprobar su reglamento interno.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud
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