8/03/2017

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 137-2017-VMPCIC-MC Delegan en el Director de la Dirección General de

Delegan en el Director de la Dirección General de Patrimonio Cultural el inicio de oficio de los procedimientos de declaración y delimitación de los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 137-2017-VMPCIC-MC Lima, 31 de julio de 2017 VISTOS, los Informes Nº 000059-2017/DGPC/VMPCIC/ MC y Nº 000433-2017/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; así como el Proveído Nº 005303-2017/VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio
Delegan en el Director de la Dirección General de Patrimonio Cultural el inicio de oficio de los procedimientos de declaración y delimitación de los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 137-2017-VMPCIC-MC
Lima, 31 de julio de 2017
VISTOS, los Informes Nº 000059-2017/DGPC/VMPCIC/ MC y Nº 000433-2017/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; así como el Proveído Nº 005303-2017/VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo pliego presupuestal del Estado;

Que, conforme a lo dispuesto en los numerales 2 y 3 del artículo 26 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Viceministros por encargo de los Ministros coordinan, orientan y supervisan las actividades que cumplen los órganos del Ministerio y demás entidades de su sector, conforme a su Reglamento de Organización y Funciones, así como expiden Resoluciones Viceministeriales en el ámbito de su competencia;

Que, el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC (en adelante, ROF), establece que el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales es la autoridad inmediata al Ministro de Cultura en materia de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, que comprende al patrimonio arqueológico y monumental, inmaterial, paleontológico y el fomento cultural;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, corresponde a los organismos competentes la tramitación de los expedientes para declarar bienes culturales a aquellos que están dentro del ámbito de su competencia, siendo en este caso el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales quien asume esta función, en concordancia con lo previsto en el numeral 9.1 del artículo 9 del ROF;

Que, el artículo 51 del ROF, establece que la Dirección General de Patrimonio Cultural es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble, para promover el fortalecimiento de la identidad cultural del país;

Que, asimismo, la citada Dirección General tiene entre sus funciones, proponer al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la delimitación, presunción, declaración y retiro de la condición cultural de los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, conforme a lo previsto en el numeral 52.11 del artículo 52 del citado ROF;

Que, a través de la Resolución Viceministerial Nº 057-2016-VMPCIC-MC, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 5 de junio de 2016, se delegó a la Dirección General de Patrimonio Cultural las facultades para efectuar el inicio de oficio del procedimiento para la declaración de los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, mediante los Informes Nº 000059-2017/DGPC/ VMPCIC/MC y Nº 000433-2017/DGPC/VMPCIC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural solicitó ampliar la delegación de facultades conferida a través de la Resolución Viceministerial Nº 057-2016-VMPCIC-MC;

Que, con el propósito de lograr una mayor celeridad para los procedimientos de declaración y delimitación de los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, resulta pertinente delegar las facultades que no sean privativas a la función del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS se aprobó el T exto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en cuyo artículo 76
se establece que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente; y precisando en su artículo 77, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado;

Que, en ese sentido, teniendo en consideración el pedido de ampliación de la delegación de facultades efectuado por la Dirección General de Patrimonio Cultural, resulta necesario actualizar la delegación conferida por el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, dejando sin efecto la Resolución Viceministerial Nº 057-2016-VMPCIC-MC;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29565, la Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegar en el Director de la Dirección General de Patrimonio Cultural el inicio de oficio de los procedimientos de declaración y delimitación de los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación.

Artículo 2.- Precisar que la delegación conferida en el artículo precedente solo se circunscribe a los actos previos a la emisión del acto administrativo que resuelve el procedimiento.

Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Viceministerial Nº 057-2016-VMPCIC-MC.

Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución Viceministerial a la Dirección General de Patrimonio Cultural y demás órganos de línea.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ERNESTO ARRUNÁTEGUI GADEA
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

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