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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0311-2017-JUS Crean el "Comité de Promoción de la Inversión Privada del
11/30/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0311-2017-JUS Crean el "Comité de Promoción de la Inversión Privada del
Crean el "Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Justicia y Derechos Humanos", y dejan sin efecto las RR.MM. Nºs. 0004-2016-JUS y 0134-2017-JUS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0311-2017-JUS Lima, 28 de noviembre de 2017 VISTOS, el Oficio Nº 1245-2017-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 032-2017-JUS/OGPM-OPMI, de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones; y el Informe Nº 1334-2017-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0311-2017-JUS
Lima, 28 de noviembre de 2017
VISTOS, el Oficio Nº 1245-2017-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 032-2017-JUS/OGPM-OPMI, de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones; y el Informe Nº 1334-2017-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, en adelante la Ley, establece que el Ministerio que tenga proyectos o prevea desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en la Ley, crea el Comité de Inversiones para desempeñarse como Organismo Promotor de la Inversión Privada para los procesos de promoción bajo su competencia, conforme lo establece el artículo 6 de la misma norma, y como Órgano de coordinación con Proinversión, en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a este último;
Que, el numeral 8.2 de la Ley, señala que la designación de los miembros del Comité de Inversiones se efectuará mediante Resolución Ministerial, que debe ser publicada en el diario oficial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas;
Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, en adelante el Reglamento, señala que el Comité de Inversiones de un Ministerio es un órgano colegiado y está integrado por tres funcionarios de la Alta Dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento de la Entidad, los cuales ejercen sus funciones conforme a la Ley y el Reglamento;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1251, que modifica el Decreto Legislativo Nº 1224, Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y con Decreto Supremo Nº 068-2017-EF se modificó su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF;
Que, mediante artículo 1 del Decreto Supremo Nº 068-2017-EF, que modifica el Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, establece la modificación de diversos artículos, entre ellos, el primer párrafo del numeral 6.2 que señala "El Comité de la Inversión Privada tiene las siguientes funciones (...)";
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0004-2016-JUS, se crea el Comité de Inversiones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la misma que fue modificada mediante Resolución Ministerial Nº 0134-2017-JUS;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos de vistos, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, remitió el Informe Nº 032-2017-JUS/ OGPM-OPMI, de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, mediante el cual, remite la propuesta de modificación de la Resolución Ministerial Nº 0004-2016-JUS y de la Resolución Ministerial Nº 0134-2017-JUS, en los extremos de la conformación del Comité, considerando la nueva estructura y nomenclatura aprobada en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y de incluir a la Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario como apoyo técnico necesario al Comité, de conformidad a lo acordado en la reunión del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Justicia y Derechos Humanos, respectivamente;
Con el visado de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, Estando a lo propuesto; y, de conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Públicos Privadas y Proyectos en Activos y modificado por el Decreto Legislativo Nº 1251 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF y modificado por el Decreto Supremo Nº 068-2017-EF, la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0004-2016-JUS de fecha 11 de enero de 2016 y la Resolución Ministerial Nº 0134-2017-JUS de fecha 1 de junio de 2017.
Artículo 2.- Crear el "Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Justicia y Derechos Humanos", en el marco del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Públicos Privadas y Proyectos en Activos, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1251, el cual queda conformado de la siguiente manera:
- El (la) Secretario (a) General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos o su representante, quien lo presidirá.
- El (la) Director (a) General de la Dirección General de Asuntos Criminológicos.
- El (la) Jefe (a) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización o su representante.
Artículo 3.- El Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Justicia y Derecho Humanos, ejerce las funciones previstas en el Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Públicos Privadas y Proyectos de Activos, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1251; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF y modificado por el Decreto Supremo Nº 068-2017-EF.
Artículo 4.- La Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario, la Oficina de Gestión de Inversiones y la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, brindarán el apoyo técnico necesario al Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Justicia y Derechos Humanos.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, se publica en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus. gob.pe).
Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Ministerial a los miembros designados en el artículo 2, y a los órganos o unidades orgánicas que brindarán apoyo técnico designados en el artículo 4.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
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