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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 467-2017-MEM/DM Otorgan autorización a AJEPER S.A. para desarrollar la
11/24/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 467-2017-MEM/DM Otorgan autorización a AJEPER S.A. para desarrollar la
Otorgan autorización a AJEPER S.A. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en instalaciones de la Central Térmica Aje, ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 467-2017-MEM/DM Lima, 10 de noviembre de 2017 VISTOS: El Expediente Nº 33381817 sobre la solicitud de otorgamiento de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Aje, presentada por AJEPER S.A.; y, los Informes Nº 579-2017-MEM/ DGE-DCE y Nº 438-2017-MEM/OGJ
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 467-2017-MEM/DM
Lima, 10 de noviembre de 2017
VISTOS: El Expediente Nº 33381817 sobre la solicitud de otorgamiento de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Aje, presentada por AJEPER S.A.; y, los Informes Nº 579-2017-MEM/ DGE-DCE y Nº 438-2017-MEM/OGJ elaborados por la Dirección General de Electricidad y por la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento con Registro Nº 2737024, de fecha 04 de setiembre de 2017, AJEPER S.A. solicita el otorgamiento de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Térmica Aje, con una potencia instalada de 6,53
MW, ubicada en el distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, cuyas coordenadas UTM (WGS 84)
figuran en el Expediente;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 017-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM; la Dirección General de Asuntos Ambientales del Viceministerio de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción aprobó el Informe Técnico Sustentatorio (ITS) del proyecto "Central de Respaldo Energético", que para efectos del presente trámite se denomina "Central Térmica Aje";
Que, la Dirección General de Electricidad luego de verificar que la peticionaria cumple con los requisitos establecidos en el artículo 38 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en el artículo 67 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, emite el Informe Nº 579-2017-MEM/DGE-DCE;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar autorización por tiempo indefinido a favor de AJEPER S.A. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica Aje, con una potencia instalada de 6,53
MW, ubicada en el distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima.
Artículo 2.- Disponer que AJEPER S.A. construya las obras descritas en su solicitud, según el Cronograma de Ejecución de Obras, en el que la puesta en servicio de la Central Térmica Aje está prevista a más tardar el 20 de agosto de 2018. El incumplimiento de la ejecución de dichas obras de acuerdo con el cronograma de ejecución, conllevará a la revocación de la presente autorización.
Artículo 3.- Disponer que AJEPER S.A. opere cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular dentro de los cinco (05)
días hábiles siguientes a su expedición, con vigencia a partir del día siguiente de su publicación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Energía y Minas
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