12/01/2017

DECRETO SUPREMO N° 349-2017- EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Instituto Nacional de Estadística e Informática DECRETO SUPREMO Nº 349-2017- EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza al Ministerio de Educación para suscribir convenios de colaboración interinstitucional en el marco de lo establecido
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Instituto Nacional de Estadística e Informática
DECRETO SUPREMO Nº 349-2017- EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, la Trigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2017, autoriza al Ministerio de Educación para suscribir convenios de colaboración interinstitucional en el marco de lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, con el Instituto Nacional de Estadística e Informática, a fin de implementar las evaluaciones establecidas en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y las evaluaciones de logros de aprendizajes de los estudiantes de Educación Básica; estableciendo que los costos realizados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática en el marco de los citados convenios, se financian con cargo a los recursos que para tal efecto se aprueben a favor de dicho Instituto hasta por el monto de CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES Y
00/100 SOLES (S/ 185 000 000,00) conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2017-EF, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de
CUARENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA
Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100
SOLES (S/ 46 237 928,00) a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, para ser destinados a atender los costos y gastos administrativos correspondientes a la implementación de lo establecido en el Convenio de Cooperación Interinstitucional Nº 005-2017-MINEDU;

Que, mediante Informe Nº 1182-2017-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DIED, la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, sustenta y solicita se efectúe la segunda transferencia de partidas a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática hasta por la suma de
SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL
SETECIENTOS DIECISIETE Y 00/100 SOLES (S/ 7 450
717,00), correspondiente 15% del monto total establecido en el Convenio de Cooperación Interinstitucional Nº 005-2017-MINEDU, descontando los saldos no utilizados conforme a lo señalado en los Términos de Referencia que como Anexo A forma parte del citado Convenio; en virtud de lo cual mediante Oficio Nº 02890-2017-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;

Que, los artículos 44 y 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, en consecuencia, atendiendo a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario transferir a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática los recursos correspondientes a la implementación de lo establecido en el Convenio de Cooperación Interinstitucional Nº 005-2017-MINEDU, hasta por la suma de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA
MIL SETECIENTOS DIECISIETE Y 00/100 SOLES (S/ 7
450 717,00) con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas;

De conformidad con lo establecido en la Trigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de SIETE MILLONES
CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL SETECIENTOS
DIECISIETE Y 00/100 SOLES (S/ 7 450 717,00) a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, para ser destinados a atender los costos y gastos administrativos correspondientes a la implementación de lo establecido en el Convenio de Cooperación Interinstitucional Nº 005-2017-MINEDU, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma; de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 7 450 717,00
------------------- TOTAL EGRESOS 7 450 717,00
===========
A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 002 : Instituto Nacional de Estadística e Informática UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Estadística e Informática
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5001975 : Encuesta Educativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 7 450 717,00
------------------ TOTAL EGRESOS 7 450 717,00
==========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
CLAUDIA MARÍA COOPER FORT
Ministra de Economía y Finanzas

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