12/27/2017

DECRETO SUPREMO N° 384-2017-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de la Municipalidad Distrital de Huabal, para la ejecución de un Proyecto de Inversión Pública de Infraestructura Vial DECRETO SUPREMO Nº 384-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 036: Ministerio de Transporte y Comunicaciones; Que, el
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de la Municipalidad Distrital de Huabal, para la ejecución de un Proyecto de Inversión Pública de Infraestructura Vial
DECRETO SUPREMO Nº 384-2017-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 036: Ministerio de Transporte y Comunicaciones;

Que, el artículo 46 de la Ley Nº 30680, Ley que aprueba medidas para dinamizar la ejecución del gasto público y establece otras disposiciones, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el año fiscal 2017, a realizar una modificación presupuestaria en el nivel institucional a favor de la Municipalidad Distrital de Huabal, Jaén, Cajamarca, hasta por la suma de
DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA
Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 19 879 160,00), para financiar el proyecto de inversión Mejoramiento del Camino Vecinal CA-538: Empalme PE
- 5N San Agustín-Huabal y Bellavista, Distrito de Huabal -
Jaén - Cajamarca; estableciendo que dicha modificación presupuestaria se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último, y previo convenio entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Municipalidad Distrital de Huabal;

Que, por su parte, el numeral 47.2 del artículo 47 de la citada Ley, establece que las entidades que transfieren recursos, entre otros, en el marco del artículo 46 de la misma Ley Nº 30680, a favor de gobiernos regionales y/o gobiernos locales, según corresponda, son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales son entregados los recursos;

Que, mediante Memorando Nº 2059-2017-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjunta el Informe Nº 312-2017-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, en el cual considera procedente la transferencia de partidas y propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas a favor de la Municipalidad Distrital de Huabal, Jaén, Cajamarca, para financiar la ejecución del proyecto de inversión Mejoramiento del Camino Vecinal CA-538:

Empalme PE - 5N San Agustín - Huabal y Bellavista, Distrito de Huabal - Jaén - Cajamarca, con Código Unificado Nº 2304312; asimismo, indica que se cuenta con el convenio correspondiente y con los recursos en el presupuesto institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2017, en la Unidad Ejecutora 010: Provías Descentralizado, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; en virtud de lo cual, a través del Oficio Nº 3315-2017-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de
DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA
Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 19 879 160,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para la ejecución del proyecto de inversión Mejoramiento del Camino Vecinal CA-538:

Empalme PE - 5N San Agustín - Huabal y Bellavista, Distrito de Huabal - Jaén - Cajamarca, con Código Unificado Nº 2304312, en el marco de lo dispuesto en las normas indicadas en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en los artículos 46
y 47 de la Ley Nº 30680, Ley que aprueba medidas para dinamizar la ejecución del gasto público y establece otras disposiciones;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES
OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO
SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 19 879 160,00) del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de la Municipalidad Distrital de Huabal, Jaén, Cajamarca, para el financiamiento del proyecto de inversión Mejoramiento de Camino Vecinal CA-538: Empalme PE
- 5N San Agustín - Huabal y Bellavista, Distrito de Huabal - Jaén - Cajamarca, con Código Unificado Nº 2304312, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones
UNIDAD
EJECUTORA 010 : Provias Descentralizado
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte PROYECTO 2304312 : Mejoramiento del Camino Vecinal CA-538: Empalme PE - 5N San Agustín - Huabal y Bellavista, Distrito de Huabal- Jaén - Cajamarca.

FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 19 879 160,00
------------------- TOTAL EGRESOS 19 879 160,00
===========
A LA: En Soles
SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS
PLIEGO 060805 : Municipalidad Distrital de Huabal
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte PROYECTO 2304312 : Mejoramiento del Camino Vecinal CA-538: Empalme PE - 5N San Agustín - Huabal y Bellavista, Distrito de Huabal- Jaén - Cajamarca.

FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 19 879 160,00
------------------- TOTAL EGRESOS 19 879 160,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirán a los órganos competentes para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Información El pliego habilitado en el presente Decreto Supremo, informará al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el avance físico y financiero de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adenda suscrita, para efectos de las acciones de verificación y seguimiento a que se refiere el artículo 47 de la Ley Nº 30680, Ley que aprueba medidas para dinamizar la ejecución del gasto público y establece otras disposiciones.

Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
CLAUDIA MARÍA COOPER FORT
Ministra de Economía y Finanzas
BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE
Ministro de Transportes y Comunicaciones

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