12/27/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 479-2017-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 479-2017-VIVIENDA Lima, 26 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros
Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 479-2017-VIVIENDA
Lima, 26 de diciembre de 2017
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional;
asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana;
ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;

Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante Resolución Ministerial Nº 426-2016-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 037:

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA
Y TRES MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 6 233 715 495,00);

Que, el inciso v), del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza de manera excepcional, en el presente año fiscal, la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS para el Fondo MIVIVIENDA S.A.; la misma que según lo dispuesto por el numeral 15.2 de dicho artículo, se realiza mediante resolución del Titular del Pliego que será publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, por Decreto de Urgencia Nº 004-2017, modificado por los Decretos de Urgencia Nº 008-2017 y Nº 010-2017, se dispuso la atención prioritaria de la población damnificada cuya vivienda se encuentra colapsada o inhabitable a causa de las emergencias generadas por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia, disponiéndose para dicha atención el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional - BFH, en las modalidades de Adquisición de Vivienda Nueva y Construcción en Sitio Propio;

Que, el 25 de setiembre de 2017, el MVCS suscribió con el Fondo MIVIVIENDA S.A., el Convenio Nº 746-2017-VIVIENDA, para la ejecución del BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, en beneficio de la población damnificada cuya vivienda se encuentra colapsada o inhabitable debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia; hasta por el monto de CIENTO QUINCE
MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 115
700 000,00);

Que, mediante Adendas Nº 01 y Nº 02 al Convenio Nº 746-2017-VIVIENDA, se incrementa la disponibilidad de recursos para financiar la ejecución del BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, de CIENTO
QUINCE MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100
SOLES (S/ 115 700 000,00) hasta por la suma de
DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES
CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA
Y 00/100 SOLES (S/ 244 154 160,00);

Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 373, Nº 443 y Nº 469-2017-VIVIENDA se autoriza transferencias financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001:

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de
DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES
CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA
Y 00/100 SOLES (S/ 244 154 160,00) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, en beneficio de la población damnificada cuya vivienda se encuentra colapsada o inhabitable debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia;

Que, el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 013-2017, dispuso la atención de la población damnificada por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados del 2017, ubicada en fajas marginales, zona costera del litoral o quebradas, sin perjuicio del estado físico de la vivienda, mediante la reubicación en los "Proyectos de Vivienda de Interés Social" o con el otorgamiento del BFH en la modalidad de Aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva que se regula en lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 004-2017 y el Decreto de Urgencia Nº 010-2017, en lo que corresponda;

Que, mediante Adenda Nº 03 al Convenio Nº 746-2017-VIVIENDA, se incrementa la disponibilidad de recursos para financiar la ejecución del BFH en las modalidades de Construcción en Sitio Propio y Adquisición de Vivienda Nueva, de DOSCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO
MIL CIENTO SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 244 154
160,00) hasta por el monto de TRESCIENTOS CUATRO
MILLONES CIENTO CINCUENT A Y CUA TRO MIL CIENTO
SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 304 154 160,00), de los cuales SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 60
000 000,00) tienen como finalidad financiar la asignación de hasta 1000 BFH en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva, en beneficio de la población damnificada por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados del 2017, ubicada en fajas marginales, zona costera del litoral o quebradas, sin perjuicio del estado físico de la vivienda;

Que, en tal sentido, mediante Memorándum Nº 1621-2017-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, solicita gestionar la transferencia financiera hasta por la suma de SESENTA MILLONES Y 00/100
SOLES (S/ 60 000 000,00), a favor del Fondo MIVIVIENDA
S.A., para la ejecución del BFH en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva; en el marco del artículo 15 de la Ley Nº 30518;

Que, mediante Memorando Nº 2369-2017/VIVIENDA-OGPP , la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 358-2017/VIVIENDA-OGPP-OP de su Oficina de Presupuesto y emite opinión favorable en materia presupuestaria sobre la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Programa Presupuestal 0059: Bono Familiar Habitacional, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de SESENTA
MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 60 000 000,00) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del BFH en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva, en beneficio de la población damnificada por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados del 2017, ubicada en fajas marginales, zona costera del litoral o quebradas; para lo cual se ha suscrito la Adenda Nº 03 al Convenio Nº 746-2017-VIVIENDA; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva;

Que, el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Precisando que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera;

Que, por los fundamentos técnicos y normativos expuestos, resulta viable aprobar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001:

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento -
Administración General, hasta por la suma de SESENTA
MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 60 000 000,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA
y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037:

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 60 000 000,00), en la Fuente de Financiamiento 1:

Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva, en beneficio de la población damnificada por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados del 2017, ubicada en fajas marginales, zona costera del litoral o quebradas, sin perjuicio del estado físico de la vivienda.

Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Programa Presupuestal 0059: Bono Familiar Habitacional, Producto 3000129: Familias de Bajos Recursos Aptas para Acceder a Vivienda de Interés Social en Condiciones Adecuadas, en la Actividad 5004334: Asignación del Bono Familiar Habitacional para Vivienda Nueva, en la Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos, conforme lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y el Convenio Nº 746-2017-VIVIENDA y su Adenda Nº 03.

Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la
Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, el Convenio Nº 746-2017-VIVIENDA y su Adenda Nº 03.

Artículo 5.- Información El Fondo MIVIVIENDA S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, el Convenio Nº 746-2017-VIVIENDA y su Adenda Nº 03.

Artículo 6.- Publicación y Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS BRUCE
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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