Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 070-2018-MINEDU Modifican el numeral 7.2.1.1 de las "Orientaciones para
2/23/2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 070-2018-MINEDU Modifican el numeral 7.2.1.1 de las "Orientaciones para
Modifican el numeral 7.2.1.1 de las "Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2018 en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica", aprobadas por R.M. Nº 657-2017-MINEDU RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 070-2018-MINEDU Lima, 21 de febrero de 2018 VISTOS, el Expediente Nº 0011376-2018, el Informe Nº 018-2018-MINEDU/VMGP/DIGEBR/DEI de la Dirección de Educación Inicial, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe Nº 111-2018-MINEDU/SG-OGAJ
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 070-2018-MINEDU
Lima, 21 de febrero de 2018
VISTOS, el Expediente Nº 0011376-2018, el Informe Nº 018-2018-MINEDU/VMGP/DIGEBR/DEI de la Dirección de Educación Inicial, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe Nº 111-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 657-2017-MINEDU se aprobaron las "Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2018 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica", cuya finalidad es brindar orientaciones y disposiciones para el desarrollo del año escolar 2018 en las instituciones educativas y programas educativos de la educación básica, en concordancia con los objetivos y metas del sector Educación;
Que, en el numeral 7.2.1.1 de las "Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2018 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica", se establecen disposiciones respecto a la matrícula de las niñas y niños en los ciclos I y II del nivel de educación inicial de la Educación Básica Regular;
Que, con el Oficio Nº 104-2018-MINEDU/VMGP/ DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe Nº 018-2018-MINEDU/VMGP/ DIGEBR/DEI, a través del cual se sustenta la necesidad de modificar el numeral 7.2.1.1 de las "Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2018 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica", a fin de realizar precisiones respecto a la edad para matricular a las niñas y niños en los servicios educativos escolarizado y no escolarizado del ciclo I del nivel de educación inicial de la Educación Básica Regular;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Dirección General de Educación Básica Regular, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modificar el numeral 7.2.1.1 de las "Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2018
en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica", aprobadas por Resolución Ministerial Nº 657-2017-MINEDU, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera:
«7. DISPOSICIONES PARA EL PROCESO DE
MATRÍCULA (...)
7.2 Requisitos específicos al nivel o modalidad 7.2.1 De la Educación Básica Regular (...)
7.2.1.1 En Educación Inicial Servicios Escolarizados del ciclo I: en los servicios escolarizados de Cuna, las niñas y niños son matriculados a partir de los 90 días de edad.
Servicios No Escolarizados del ciclo I: en los servicios no escolarizados del ciclo I, se considera lo siguiente:
- En Salas de Educación Temprana - SET, podrán ser matriculados las niñas y niños de 6 meses hasta menores de 3 años, quienes son atendidos sin compañía de sus padres o cuidadores. Este servicio se brinda solo cuando los padres o cuidadores no pueden atenderlos por ocupación laboral permanente y no exista un servicio escolarizado de Cuna.
- En la Estrategia Entorno Familiar, podrán ser matriculados las niñas y niños de cero hasta menores de 3 años, quienes son atendidos en compañía de sus padres o cuidadores.
- En la Estrategia de Entornos Comunitarios, podrán ser matriculados las niñas y niños de cero hasta menores de 3 años, de zonas urbanas y rurales, quienes son atendidos en compañía de sus padres o cuidadores.
Los niños que cumplen 3 años al 31 de marzo son promovidos de manera automática al ciclo II".
Para los niños del ciclo II (3 a 5 años) la matrícula se realiza antes o durante el primer mes de iniciadas las clases y de acuerdo con la edad cronológica cumplida al 31 de marzo. Los niños que cumplen 6 años al 31 de marzo son promovidos en forma automática al primer grado de primaria.
El director de la I.E. y la profesora coordinadora a cargo de los PRONOEI son responsables de registrar en el SIAGIE la matrícula de los niños en la nómina que corresponde
según su edad cronológica. A través del SIAGIE se lleva el control del cumplimiento de la edad reglamentaria de los estudiantes matriculados en los ciclos I y II.
Corresponde a los padres de familia, tutores legales o apoderados, asegurar la matrícula oportuna de los niños. En el sistema educativo no existe la condición de "estudiante libre"».
Regístrese, comuníquese y publíquese
IDEL VEXLER T.
Ministro de Educación
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- octubre 2024 (15)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)