Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 0000132-2018-MIGRACIONES Crean el Puesto de Verificación
4/21/2018
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 0000132-2018-MIGRACIONES Crean el Puesto de Verificación
Crean el Puesto de Verificación Migratoria en el Complejo Zarumilla, ubicado en el distrito de Aguas Verdes, provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes; a cargo de la Jefatura Zonal de Tumbes de la Superintendencia Nacional de Migraciones RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 0000132-2018-MIGRACIONES Lima, 20 de abril de 2018 VISTOS, el Informe Nº 000048-2018-PM/ MIGRACIONES de fecha 4 de abril de 2018, de la Gerencia de Política Migratoria; el Informe Nº 000132-2018-PP/MIGRACIONES de fecha 10 de abril de 2018,
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 0000132-2018-MIGRACIONES
Lima, 20 de abril de 2018
VISTOS, el Informe Nº 000048-2018-PM/ MIGRACIONES de fecha 4 de abril de 2018, de la Gerencia de Política Migratoria; el Informe Nº 000132-2018-PP/MIGRACIONES de fecha 10 de abril de 2018, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
el Informe Nº 000329-2018-CVE-AF/MIGRACIONES de fecha 10 de abril de 2018, de la Oficina General de Administración y Finanzas; el Informe Nº 000124-2018-RH/MIGRACIONES de fecha 10 de abril de 2018, de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 000021-2018-LVF-TICE/MIGRACIONES de fecha 12 de abril de 2018, de la Oficina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística; el Informe Nº 000058-2018-GU/MIGRACIONES de fecha 17 de abril de 2018, de la Gerencia de Usuarios y; el Informe Nº 000257-2018-AJ/MIGRACIONES de fecha de 19 de abril de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
La Constitución Política del Perú señala en el numeral 11 del artículo 2º que la Libertad de Tránsito es un derecho fundamental que corresponde tanto a nacionales como a extranjeros, de conformidad con la normativa nacional e internacional vigente, limitándose dicho derecho en atención a razones de índole sanitaria, judicial o que resulten por aplicación de la Ley de Extranjería;
De acuerdo a ello, las entidades públicas competentes deben velar por que la Libertad de Tránsito sea ejercida sin transgredir la Seguridad Nacional, el Orden Interno, el Orden Público, la Seguridad Ciudadana y la Salud Pública, preservando el bienestar general que se fundamenta en la aplicación de la ley en un Estado democrático y soberano;
Mediante Decreto Legislativo Nº 1130 se creó la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, como un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; asimismo, tiene competencia en materia de política migratoria interna y participa en la política de seguridad interna y fronteriza; coordina el control migratorio con las diversas entidades del Estado que tengan presencia en los Puestos de Control Migratorio o Fronterizo del país para su adecuado funcionamiento;
tiene competencia de alcance nacional;
El artículo 6º del referido cuerpo normativo, establece que es función de MIGRACIONES, entre otras, la de autorizar, denegar y controlar el ingreso, salida y permanencia legal de los extranjeros al país; participar en la política de Seguridad Nacional vinculada al Control Migratorio o Fronterizo del tránsito de personas;
desarrollar las acciones de seguridad y control migratorio en zonas de frontera y en todo el territorio nacional;
así mismo, administrar, supervisar, fiscalizar, normar y sancionar las actividades en materia de su competencia;
Del mismo modo, el artículo 45º del Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, establece que toda persona nacional o extranjera, sea pasajero o tripulante, debe ingresar y salir del país a través de los puestos de control migratorio y/o fronterizo habilitados, con su documento de identidad o viaje correspondiente;
para lo cual, la Superintendencia Nacional de Migraciones habilita puestos de control migratorio y/o fronterizo de tal manera que garantice el registro de toda persona, nacional o extranjera, que ingrese o salga del país;
Asimismo, el artículo 107º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1350, aprobado por el Decreto Supremo 007-2017-IN, señala que MIGRACIONES ejerce el control migratorio para regular la entrada y salida de personas;
para facilitar la movilidad internacional; para proteger a las poblaciones vulnerables; y, para reducir riesgos en el orden interno, en el orden público y en la seguridad nacional; para dichos fines Migraciones efectúa el control del ingreso y salida del territorio nacional de los ciudadanos nacionales y extranjeros en los puestos de control migratorio y/o fronterizo habilitados;
Ante el incremento de actividades relacionadas con la minería ilegal, lavado de activos, extorsión con empleo de sicarios, tráfico ilícito de migrantes, contrabando y comercialización ilícita de bienes del patrimonio cultural de la nación, trata de personas y, en general, del crimen organizado dentro del territorio nacional, amerita incrementar la capacidad operativa de las autoridades migratorias y reforzar el marco legal relacionado con la seguridad nacional y el orden interno;
En tal sentido, a fin de fortalecer el control migratorio en la zona fronteriza con Ecuador y reducir el fl ujo de migración irregular, específicamente en el departamento de Tumbes por donde se produce la mayor cantidad de ingresos irregulares al territorio peruano por parte de extranjeros que no efectúan el control migratorio correspondiente, se ha visto la necesidad de crear un Puesto de Verificación Migratoria en el Complejo Zarumilla, ubicado en el distrito de Aguas Verdes, provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes; el mismo que dependerá de la Jefatura Zonal de Tumbes;
De acuerdo a lo expuesto, el Puesto de Verificación Migratoria en el Complejo Zarumilla, tendrá como principal función corroborar que los extranjeros que ingresaron al territorio peruano por el distrito de Aguas Verdes, hayan efectuado el control migratorio de ingreso ante la autoridad competente a través de cualquier Puesto de Control Fronterizo;
Mediante Informe Nº000048-2018-PM/ MIGRACIONES, la Gerencia de Política Migratoria sustenta la creación del Puesto de Verificación Migratoria en el Complejo Zarumilla, ubicado en el distrito de Aguas Verdes, provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes; habiendo emitido opinión favorable sobre el particular las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto; Administración y Finanzas; Recursos Humanos; Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística; así como, la Gerencia de Usuarios, mediante los Informes Nº 000132-2018-PP/MIGRACIONES;
Nº 000329-2018-CVE-AF/MIGRACIONES; Nº000124-2018-RH/MIGRACIONES; Nº 000021-2018-LVF-TICE/ MIGRACIONES; y, Nº 000058-2018-GU/MIGRACIONES, respectivamente;
Estando a lo propuesto en los documentos de vistos y con la visación de la Gerencia General, la Oficinas Generales de Administración y Finanzas, Planeamiento y Presupuesto, Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Estadística, Recursos Humanos y Asesoría Jurídica; así como las Gerencias de Política Migratoria y de Usuarios; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones; el Decreto Legislativo Nº 1350
y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 007-2017-IN; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1º. - Crear el Puesto de Verificación Migratoria en el Complejo Zarumilla, ubicado en el distrito de Aguas Verdes, provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes; a cargo de la Jefatura Zonal de Tumbes de la Superintendencia Nacional de Migraciones por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Artículo 2º. - La implementación del Puesto de Verificación Migratoria en el Complejo Zarumilla, estará financiado con cargo a los recursos establecidos en el presupuesto institucional.
Artículo 3º. - Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Estadística su publicación en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO SEVILLA ECHEVARRÍA
Superintendente Nacional
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)