4/01/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 107-2018-MEM/DM Rectifican error material incurrido en la R.M. N°

Rectifican error material incurrido en la R.M. Nº 326-2017-MEM/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 107-2018-MEM/DM Lima, 21 de marzo de 2018 VISTOS: El Expediente Nº 11216411 sobre imposición de servidumbre de acueductos y obras hidroeléctricas para la Central Hidroeléctrica Manta, la solicitud de rectificación de error material de la Resolución Ministerial Nº 326-2017-MEM/DM que impone la citada servidumbre presentada por Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A.; los Informes Nº 537-2017-MEM/DGE-DCE
Rectifican error material incurrido en la R.M. Nº 326-2017-MEM/DM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 107-2018-MEM/DM
Lima, 21 de marzo de 2018
VISTOS: El Expediente Nº 11216411 sobre imposición de servidumbre de acueductos y obras hidroeléctricas para la Central Hidroeléctrica Manta, la solicitud de rectificación de error material de la Resolución Ministerial Nº 326-2017-MEM/DM que impone la citada servidumbre presentada por Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A.; los Informes Nº 537-2017-MEM/DGE-DCE y Nº 066-2018-MEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad y el Informe Nº 166-2018-MEM/ OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 035-2011-MEM/DM, publicada el 28 de enero de 2011, se otorga a favor de Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Hidroeléctrica Manta, ubicada en los distritos de Corongo, Yánac y La Pampa, provincia de Corongo, departamento de Ancash, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 361-2010;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 326-2017-MEM/DM, de fecha 26 de julio de 2017, se impone con carácter forzoso a favor de la concesión definitiva a que se refiere el considerando que antecede, de la que es titular Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A.C. (ahora, Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A.), la servidumbre permanente de acueductos y obras hidroeléctricas para la Central Hidroeléctrica Manta, ubicada en los distritos de Corongo, Yánac y La Pampa, provincia de Corongo, departamento de Ancash, respecto del predio Nº CH-MA-03 denominado "Huerta de Baños";

Que, mediante documento con Registro Nº 2728954, de fecha 02 de agosto de 2017, complementado con los Registros Nº 2729588 y Nº 2739974, de fechas 04 de agosto y 12 de setiembre de 2017, respectivamente, Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A.
solicita la rectificación de error material contenido en la Resolución Ministerial Nº 326-2017-MEM/DM, al haberse consignado en el contenido de la citada resolución a Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A.C., siendo lo correcto Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A. por haberse adaptado al Régimen de la Sociedad Anónima, según Escritura Pública de fecha 20 de mayo de 2011 y Escritura de Aclaración de fecha 06 de junio de 2011, inscritas en el Asiento B00004 de la Partida Nº 12332609 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, Oficina Registral de Lima;

Que, de acuerdo con el artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión;

Que, conforme a lo señalado en los Informes de Vistos, el error que se solicita rectificar corresponde a un error tipográfico que no altera el sentido de la decisión ni lo sustancial del contenido de la Resolución Ministerial Nº 326-2017-MEM/DM, por lo cual es procedente la rectificación solicitada en los términos siguientes:

Donde dice: Debe decir:

Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A.C.

Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A.

De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Rectificar el error material consignado en el contenido de la Resolución Ministerial Nº 326-2017-MEM/DM, precisándose lo siguiente:

Donde dice: Debe decir:

Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A.C.

Peruana de Inversiones en Energías Renovables S.A.

Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGELA GROSSHEIM BARRIENTOS
Ministra de Energía y Minas

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