Inicio
Últimas normas legales
DECRETO SUPREMO N° 106-2018-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
5/23/2018
DECRETO SUPREMO N° 106-2018-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del Pliego Gobierno Regional del departamento de San Martín DECRETO SUPREMO Nº 106-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 21 de la Ley Nº 30693, autoriza al Ministerio de
DECRETO SUPREMO Nº 106-2018-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011:
Ministerio de Salud;
Que, el artículo 21 de la Ley Nº 30693, autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 80 000 000,00 (OCHENTA MILLONES Y 00/100
SOLES) con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, a favor de los gobiernos regionales, para la operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud, que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2017, disponiéndose que dichas modificaciones presupuestarias, se aprueban mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este último;
Que, a través de los Oficios Nºs 258-2018-GRSM/ GRPyP y 144-2018-OPyPS-DG-DIRES/SM, el Gobierno Regional del Departamento de San Martin ha solicitado al Ministerio de Salud, el financiamiento para la operación y mantenimiento del Establecimiento de Salud "San José de Sisa" y del "Hospital II-2 Tarapoto", en el marco de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 30693;
Que, mediante el Informe Nº 188-2018-OP-OGPPM/ MINSA, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud informa que cuenta con los recursos para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, a favor del pliego 459: Gobierno Regional del Departamento de San Martín, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el financiamiento de la operación y mantenimiento del Establecimiento de Salud "San José de Sisa" y del "Hospital II-2 Tarapoto", por el periodo de ocho (08) meses; en virtud de lo cual, el Ministerio de Salud con los Oficios Nºs 949-2018-SG/MINSA y 950-2018-SG/ MINSA solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 hasta por la suma de S/ 24 006 216,00 (VEINTICUATRO MILLONES SEIS
MIL DOSCIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES) del pliego 011: Ministerio de Salud a favor del pliego 459:
Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para el financiamiento de la operación y mantenimiento del Establecimiento de Salud "San José de Sisa" y del "Hospital II-2 Tarapoto", por el periodo de ocho (08)
meses; en el marco de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 30693;
De conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 24 006 216,00 (VEINTICUATRO
MILLONES SEIS MIL DOSCIENTOS DIECISÉIS Y
00/100 SOLES) del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego 459: Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para el financiamiento de la operación y mantenimiento del Establecimiento de Salud "San José
de Sisa" y del "Hospital II-2 Tarapoto", por el periodo de ocho (08) meses, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA
ACCIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO
ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 24 006 216,00
------------------- TOTAL EGRESOS 24 006 216,00
===========
A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 459 : Gobierno Regional del Departamento de San Martín UNIDAD EJECUTORA 400 : Salud San Martín FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 5 003 364,00
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 15 000,00
UNIDAD EJECUTORA 404 : Hospital II-2 Tarapoto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 18 987 852,00
------------------- TOTAL EGRESOS 24 006 216,00
===========
1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas señalada en el numeral 1.1, se efectúa a nivel de pliego, de acuerdo al Anexo Nº 1: Establecimiento de Salud "San José de Sisa" y al Anexo Nº 2 "Hospital II - 2 Tarapoto", que forman parte integrante del presente Decreto Supremo y se publican en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a los que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
DAVID ALFREDO TUESTA CÁRDENAS
Ministro de Economía y Finanzas
SILVIA ESTER PESSAH ELJAY
Ministra de Salud
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)