5/18/2018

RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 0026-2018-BCRP-N Aprueban medidas de austeridad adicionales para el

Aprueban medidas de austeridad adicionales para el ejercicio 2018 RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0026-2018-BCRP-N Lima, 17 de mayo de 2018 CONSIDERANDO QUE: De acuerdo a lo normado por los artículos 84º y 86º de la Constitución Política, el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) es una persona jurídica de derecho público con autonomía, dentro de su Ley Orgánica, gobernado por un Directorio de siete miembros, cuya finalidad es preservar la estabilidad monetaria; Según el artículo 3º de
Aprueban medidas de austeridad adicionales para el ejercicio 2018
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0026-2018-BCRP-N
Lima, 17 de mayo de 2018
CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo a lo normado por los artículos 84º y 86º de la Constitución Política, el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) es una persona jurídica de derecho público con autonomía, dentro de su Ley Orgánica, gobernado
por un Directorio de siete miembros, cuya finalidad es preservar la estabilidad monetaria;

Según el artículo 3º de su Ley Orgánica, el BCRP, en el ejercicio de su autonomía en el cumplimiento de su finalidad y funciones, se rige exclusivamente por las normas de dicha Ley y su Estatuto;

Por otra parte, el literal ñ) del artículo 24º de la Ley Orgánica del BCRP dispone que le corresponde al Directorio aprobar, modificar y supervisar su presupuesto anual;

Asimismo, el artículo 86º de la Ley Orgánica establece que el BCRP cuenta con autonomía presupuestal.

Este es responsable de la programación, formulación, aprobación, ejecución, ampliación, modificación y control del presupuesto institucional;

En concordancia con lo anterior, la Décima Disposición Final de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, señala que el BCRP rige su proceso presupuestario de conformidad con su Ley Orgánica, en el marco de lo dispuesto por el artículo 84º de la Constitución Política;

En esa misma línea, el literal b) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 señala que, para el caso del BCRP, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos de personal a aplicarse en el año 2018 son aprobadas y dictadas mediante acuerdo de su Directorio, las mismas que deben publicarse en el diario oficial El Peruano;

Al respecto, se encuentran vigentes la Resolución de Directorio Nº 0081-2017-BCRP-N y la Decisión de Gerencia General Nº 0154-2017-BCRP, mediante las cuales se aplican medidas de austeridad y control en el gasto de personal y la contratación de bienes y servicios, para el ejercicio 2018;

Asimismo, el numeral 6.1 del Decreto de Urgencia Nº 005-2018 dispone que las entidades, empresas u organismos, según corresponda, comprendidas en el alcance de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, aprueban disposiciones de austeridad respecto del gasto en materia de bienes y servicios, adquisición y uso de vehículos, así como en materia de inmuebles, mediante la formalidad prevista en la citada disposición complementaria transitoria;

El Directorio del BCRP, en concordancia con la Constitución y la Ley, en ejercicio de la autonomía que estas le otorgan, ha dispuesto mantener una política de austeridad en el gasto, que a su vez coadyuve a las mejoras en la eficiencia y procesos de la institución;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar las siguientes medidas de austeridad adicionales para el ejercicio 2018:
a) Se reduce en 10 por ciento el presupuesto total para el periodo mayo-diciembre del año 2018, de las siguientes partidas:
- Cursos, seminarios y otros - Libros, revistas, diarios y otros impresos - Pasajes y viáticos - Eventos y actividades institucionales - Vehículos b) La Gerencia General emitirá una norma interna referida al uso de vehículos y los límites al consumo de combustible.

Publíquese.

JULIO VELARDE
Presidente

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