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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 062-2018-SMV/02 Aprueban y modifican tarifas por diversos
5/25/2018
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 062-2018-SMV/02 Aprueban y modifican tarifas por diversos
Aprueban y modifican tarifas por diversos servicios que presta la Bolsa de Valores de Lima S.A.A. RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 062-2018-SMV/02 Lima, 22 de mayo de 2018 EL SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS: El Expediente Nº 2018011316 y el Informe Nº 475-2018-SMV/10.2 del 26 de abril de 2018, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 145 de la Ley del Mercado de Valores, aprobada por
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 062-2018-SMV/02
Lima, 22 de mayo de 2018
EL SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE
VALORES
VISTOS:
El Expediente Nº 2018011316 y el Informe Nº 475-2018-SMV/10.2 del 26 de abril de 2018, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 145 de la Ley del Mercado de Valores, aprobada por Decreto Legislativo Nº 861 y sus modificatorias, el monto de las retribuciones que perciban las bolsas que sean sociedades anónimas, por la ejecución de las funciones previstas en el artículo 132º, es propuesto por las bolsas y debe ser previamente aprobado por la Superintendencia del Mercado de Valores
- SMV antes de su aplicación. Para tal efecto, se tendrán en cuenta los principios de equilibrio financiero y equidad entre los usuarios;
Que, mediante comunicación presentada el 22 de marzo y completada hasta el 26 de abril de 2018, la Bolsa de Valores de Lima S.A.A. solicitó la aprobación de dos nuevas tarifas: (i) Conexión de Sistema de Ruteo de Órdenes para uso en Administración de Órdenes; y, (ii)
Conexión DropCopy FIX; así como, la modificación de la denominación y alcance de tarifas referidas a la prestación de servicios por el Acceso Directo al Mercado - ADM: (i)
Certificación ADM; (ii) Conexión ADM; y, (iii) Uso de VPN;
Que, de la evaluación de la documentación presentada, se concluye que la Bolsa de Valores de Lima S.A.A. ha cumplido con los requisitos establecidos para la aprobación de tarifas por los servicios que presta; tal como se señala en el Informe Nº 475-2018-SMV/10.2 de la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial;
Que, las nuevas tarifas presentadas deben considerarse como montos máximos a ser cobrados por la Bolsa de Valores de Lima S.A.A., los cuales podrán ser reducidos en los casos en los que se verifique la existencia de cambios en las condiciones del mercado u otros, considerados al momento de su evaluación;
Que, la modificación propuesta de la denominación y objeto de cobro de las tarifas Certificación ADM, Conexión ADM y Uso de VPN, se adecúan a los usos de los Sistemas de Ruteo de Órdenes señalados en la Disposición Complementaria al artículo 5º del Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, modificada por Resolución SMV Nº 005-2018-SMV/01; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 145 de la Ley del Mercado de Valores, aprobada por Decreto Legislativo Nº 861; y el artículo 12, numeral 2, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, que faculta al Superintendente del Mercado de Valores para aprobar las tarifas de las bolsas de valores, así como sus modificaciones o adecuaciones;
RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar las tarifas por los servicios de "Conexión de Sistema de Ruteo de Órdenes para uso en Administración de Órdenes" y "Conexión DropCopy FIX", así como la modificación de las tarifas "Certificación ADM", "Conexión ADM" y "Uso de VPN" que se denominarán "Certificación del Sistema de Ruteo de Órdenes", "Conexión de Sistema de Ruteo de Órdenes para uso en ADM" y "Uso de VPN para Sistema de Ruteo de Órdenes"
propuestas por la Bolsa de Valores de Lima S.A.A., las mismas que se detallan en el Anexo 1, que forma parte de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los montos que se mencionan en el Anexo 1 deben considerarse como montos máximos a ser cobrados por la Bolsa de Valores de Lima S.A.A. a los sujetos obligados al pago.
Artículo 3º.- En caso de que la Bolsa de Valores de Lima S.A.A. decida cobrar tarifas inferiores a las aprobadas en la presente resolución, deberá comunicarlo a la Superintendencia del Mercado de Valores y divulgarlas al mercado de forma anticipada a su aplicación.
Artículo 4º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).
Artículo 5º.- La Bolsa de Valores de Lima S.A.A.
deberá informar a la SMV y al mercado, la entrada en vigencia de las tarifas modificadas, y la aplicación de las nuevas tarifas señaladas en el artículo 1º de la presente resolución, con una anticipación no menor a diez (10)
días.
Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a la Bolsa de Valores de Lima S.A.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI
Superintendente del Mercado de Valores
ANEXO 1 (Las tarifas detalladas no incluyen IGV)
NUEVAS TARIFAS
Servicio Tarifa Propuesta Objeto de cobro Periodicidad Conexión de Sistema de Ruteo de Órdenes para uso en Administración de Órdenes
S/ 3,360
Configuración y Mantenimiento de conexión FIX para el envío de órdenes desde soluciones de administración de órdenes Mensual Conexión DropCopy Fix S/ 560
Configuración y mantenimiento de conexión FIX Drop Copy para la recepción de información privada de la SAB
Mensual
MODIFICACIÓN DE TARIFAS DE CERTIFICACIÓN ADM, CONEXIÓN ADM Y USO DE VPN (*)
Tarifas actuales Modificación Servicio Tarifa Objeto de cobro Periodicidad Servicio Tarifa Objeto de cobro Periodicidad Certificación
ADM
S/ 3,421.00
Tarifa de certificación de
ADM
Eventual Certificación del Sistema de Ruteo de órdenes
S/ 3,421.00
Proceso de certificación y emisión de certificado Eventual Conexión
ADM
S. 274.00
Tarifa de conexión de ADM
Mensual Conexión de Sistema de Ruteo de Ordenes para uso en ADM
S/ 274.00
Configuración y Mantenimiento de conexión FIX para el envío de órdenes desde soluciones ADM
Mensual Uso de VPN S/ 187.00
Tarifa por Uso de
VPN
Mensual Uso de VPN para Sistema de Ruteo de órdenes S/ 187.00 Tarifa por uso VPN Mensual (*) Se modifica la denominación de las tres tarifas y el Objeto de Cobro de las tarifas Certificación ADM y Conexión ADM.
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