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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0200-2018-JUS FP EC SP-DS SP-EJ SP-ES SP-AP RE OFICINA DE PRESUPUESTO 1
5/08/2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0200-2018-JUS FP EC SP-DS SP-EJ SP-ES SP-AP RE OFICINA DE PRESUPUESTO 1
FP EC SP-DS SP-EJ SP-ES SP-AP RE OFICINA DE PRESUPUESTO 1 51 7 OFICINA GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA 1 31 5 OFICINA GENERAL DE GESTIÓN SOCIAL 1 41 6 OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN 1 21 4 OFICINA DE RECURSOS HUMANOS 1 43 8 OFICINA FINANCIERA 1 35 9 OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS 1 36 10 OFICINA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACION 1 22 5 OFICINA DE COBRANZA COACTIVA 1 41 6 OFICINA DE DEFENSA NACIONAL 1 21 4 OFICINA DE ADMINISTRACIÓN DOCUMENTARIA Y ARCHIVO CENTRAL 1 65 12 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0200-2018-JUS Lima, 7
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0200-2018-JUS
Lima, 7 de mayo de 2018
VISTOS, el Informe Nº 084-2018-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado; el Oficio Nº 632-2018-JUS/CN, de la Presidencia del Consejo del Notariado; y el Informe Nº 351-2018-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0209-2016-JUS, de fecha 27 de julio de 2016, se nombró a la señora abogada HELGA IOVISA ORTEGA TOLEDO como notaria del distrito de Pítipo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, distrito notarial de Lambayeque;
Que, mediante Oficio Nº 195-2018-CNLAMB, de fecha 23 de marzo de 2018, el Decano del Colegio de Notarios de Lambayeque comunica que hasta la fecha, la citada notaria no se ha incorporado a dicha institución, por lo que solicitó realizar el trámite de cancelación del título de notario;
Que, mediante Informe Nº 084-2018-JUS/CN/ST, de fecha 04 de abril de 2018, la Secretaría Técnica del Consejo de Notariado da cuenta de la situación de la señora abogada HELGA IOVISA ORTEGA TOLEDO, y remitió los documentos necesarios para iniciar el trámite antes señalado;
Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 1049, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el notario cesa por no incorporarse al colegio de notarios dentro del plazo de treinta (30) días de expedido el título, previo juramento o promesa de honor, ante la Junta Directiva, establecido por el artículo 13 del mismo cuerpo legal, por lo que habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de notario;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Cancelar por causal de no incorporarse al colegio de notarios dentro del plazo establecido por el artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el título de notario del distrito de Pítipo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, distrito notarial de Lambayeque, otorgado a la señora abogada HELGA IOVISA ORTEGA TOLEDO.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de Lambayeque, para los fines que correspondan.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SALVADOR HERESI CHICOMA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
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