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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 168-2018-MIDIS Aprueban la Directiva N° 007-2018-MIDIS, "Disposiciones

Aprueban la Directiva Nº 007-2018-MIDIS, "Disposiciones para la Promoción de Hábitos de Alimentación Saludable en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Nacionales adscritos" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 168-2018-MIDIS Lima, 18 de mayo de 2018 VISTOS: El Informe Nº 085-2018-MIDIS/SG/OGRH, el Memorando Nº 597-2018-MIDIS/SG/OGRH y el Memorando Nº 615-2018-MIDIS/SG/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 161-2018-MIDIS/SG/OGPPM y el Informe Nº
Aprueban la Directiva Nº 007-2018-MIDIS, "Disposiciones para la Promoción de Hábitos de Alimentación Saludable en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Nacionales adscritos"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 168-2018-MIDIS
Lima, 18 de mayo de 2018
VISTOS:

El Informe Nº 085-2018-MIDIS/SG/OGRH, el Memorando Nº 597-2018-MIDIS/SG/OGRH y el Memorando Nº 615-2018-MIDIS/SG/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 161-2018-MIDIS/SG/OGPPM y el Informe Nº 163-2018-MIDIS/SG/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 69-2018-MIDIS/SG/OGPPM/OM y el Informe Nº 71-2018-MIDIS/SG/OGPPM/OM de la Oficina de Modernización; y, el Informe Nº 250-2018-MIDIS/SG/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;

Que, de acuerdo al principio de prevención establecido en el Título Preliminar de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, el empleador garantiza, en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que, no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores;

Que, asimismo, por el principio de protección establecido en el citado Título Preliminar, los trabajadores tienen derecho a que el Estado asegure condiciones de trabajo dignas que les garanticen un estado de vida saludable, física, mental y socialmente, en forma continua;
para lo cual se debe promover que el trabajo se desarrolle en un ambiente saludable;

Que, conforme al artículo 26 del Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, el empleador está en la obligación de garantizar que la salud en el trabajo sea una responsabilidad conocida y aceptada en todos los niveles de la organización, de disponer de una supervisión efectiva para asegurar la protección de la salud de los trabajadores, de adoptar disposiciones efectivas para promover la salud en el trabajo, y establecer los programas de prevención y promoción de la salud y el sistema de monitoreo de su cumplimiento;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 223-2014-MIDIS, se aprueba la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Unidad Ejecutora Nº 001 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la cual tiene como principios sensibilizar y crear conciencia por la seguridad y salud ocupacional, mediante la implementación de programas de capacitación y entrenamiento, y supervisar en los ambientes de trabajo el cumplimiento de los procedimientos, normas y obligaciones legales relacionadas con la administración de la salud;

Que, bajo ese marco normativo, mediante el Informe Nº 085-2018-MIDIS/SG/OGRH y los Memorandos Nº 597-2018-MIDIS/SG/OGRH y Nº 615-2018-MIDIS/SG/ OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos propone la aprobación de la Directiva denominada Disposiciones para la Promoción de Hábitos de Alimentación Saludable en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Nacionales adscritos, cuyo objetivo es contribuir con la salud integral de los/las servidores/as y de su entorno, con énfasis en la promoción de conductas y prácticas de alimentación saludable;

Que, de acuerdo a lo sustentado por la Oficina General de Recursos Humanos, la propuesta tiene como finalidad contribuir a mejorar el bienestar y salud de los/las servidores/as, promoviendo comportamientos saludables como el autocuidado y generación de entornos laborales saludables que coadyuven a mejorar la motivación laboral y la calidad de vida, logrando así mejorar los servicios que brinda el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Nacionales adscritos;

Que, mediante los Informes Nº 161-2018-MIDIS/SG/ OGPPM y Nº 163-2018-MIDIS/SG/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyos los Informes Nº 69-2018-MIDIS/SG/OGPPM/ OM y Nº 71-2018-MIDIS/SG/OGPPM/OM de la Oficina de Modernización, en los cuales se emite opinión favorable al proyecto de Directiva;

Que, atendiendo a lo expuesto y considerando las competencias y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, establecidas en las normas antes indicadas, se considera pertinente aprobar la Directiva denominada Disposiciones para la Promoción de Hábitos de Alimentación Saludable en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Nacionales adscritos;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS; la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 007 -2018-MIDIS, "Disposiciones para la Promoción de Hábitos de Alimentación Saludable en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Nacionales adscritos", cuyo texto en Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Recursos Humanos realice las acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución y de la Directiva aprobada por el artículo 1 de la misma.

Artículo 3.- Disponer que los Programas Nacionales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en lo que corresponda, adecúen su normativa interna, a las disposiciones establecidas en la Directiva aprobada por el artículo 1 de la presente resolución.

Artículo 4.- Disponer la notificación de la presente resolución y su Anexo, al Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales y a las Direcciones Ejecutivas de los Programas Nacionales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para su cumplimiento.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis. gob.pe), así como en los Portales Institucionales de los Programas Nacionales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

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