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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 185-2018-MC Conforman la Unidad de Coordinación y Articulación
5/21/2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 185-2018-MC Conforman la Unidad de Coordinación y Articulación
Conforman la Unidad de Coordinación y Articulación Territorial como Área Funcional no orgánica dependiente de la Secretaría General RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 185-2018-MC Lima, 18 de mayo de 2018 VISTOS; el Memorando Nº 900021-2018/SG/MC de la Secretaría General; el Memorando Nº 900055-2018/ OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 185-2018-MC
Lima, 18 de mayo de 2018
VISTOS; el Memorando Nº 900021-2018/SG/MC de la Secretaría General; el Memorando Nº 900055-2018/ OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación;
Que, el literal a) del artículo 7 de la precitada Ley, contempla como función exclusiva del Ministerio de Cultura respecto a otros niveles de gobierno, coordinar la implementación de la política nacional de su competencia con los demás sectores, los gobiernos regionales y los gobiernos locales;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, el cual establece la estructura orgánica de la entidad y funciones de sus órganos; en cuyo numeral 3.5 de su artículo 3, se señala como función del Ministerio, realizar el seguimiento respecto del desempeño y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local sobre sus áreas programáticas de acción y la política de Estado en materia de cultura;
Que, asimismo, el artículo 13 del precitado ROF, establece que la Secretaría General está a cargo de un Secretario General quien es la máxima autoridad administrativa del Ministerio, asiste y asesora al Ministro en los sistemas de administración del Ministerio de Cultura y en las demás materias de administración interna de la entidad; asimismo, los numerales 14.2
y 14.4 de su artículo 14 señalan como funciones de la Secretaría General, dirigir y supervisar los procesos de modernización de la entidad, de análisis y diseño del desarrollo organizacional, procedimientos y utilización de los recursos, metodológicos y tecnológicos, así como la formulación de los documentos de gestión organizacional y directivas; y supervisar las fases del proceso presupuestario del Ministerio, incluidos proyectos y programas; respectivamente;
Que, por su parte, el artículo 33 del ROF del Ministerio de Cultura señala que la Oficina de Organización y Modernización es la unidad orgánica encargada de conducir el proceso de modernización y mejora de la organización y funcionamiento institucional, las actividades de simplificación y las relacionadas a la revisión y actualización de los instrumentos o herramientas de gestión institucional;
Que, a través del Memorando Nº 900021-2018/SG/ MC, la Secretaría General solicita evaluar la creación de una unidad funcional no orgánica que se encargue principalmente, de conducir la coordinación y articulación con los gobiernos regionales y locales, así como de coordinar las acciones que desarrollan las Direcciones Desconcentradas de Cultura del Ministerio;
Que, con el Memorando Nº 900055-2018/OGPP/SG/ MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 900012-2018/OOM/OGPP/SG/MC de la Oficina de Organización y Modernización a su cargo, que
hace suyo, en el que concluye que se considera conveniente implementar una Unidad Funcional de Coordinación Territorial dependiente de la Secretaría General, a fin de asegurar la coordinación permanente, eficaz y oportuna con otras instancias sectoriales y mejorar la coordinación con los gobiernos regionales y locales, así como con otros actores territoriales relacionados con el sector, permitiendo la articulación y el desarrollo de sinergias que contribuyan al logro de los fines, objetivos y metas del Ministerio de Cultura;
Que, las unidades o áreas funcionales se crean cuando haya necesidad de desagregar funciones incompatibles en una unidad orgánica para que exista independencia y separación o para establecer un nivel de responsabilidad funcional, para una adecuada delegación de autoridad que permita la adopción de decisiones en los procesos operativos de carácter especializado, complejos o de gran magnitud, de modo que se cumpla con las responsabilidades asignadas;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, faculta al Ministerio de Cultura para que mediante Resolución Ministerial, emita las disposiciones necesarias para la adecuada implementación del precitado ROF; en ese sentido, se considera pertinente conformar la Unidad de Coordinación y Articulación Territorial, como Área Funcional no orgánica dependiente de la Secretaría General;
De conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Conformación del Área Funcional 1.1 Conformar la Unidad de Coordinación y Articulación Territorial, como Área Funcional no orgánica dependiente de la Secretaría General (responsable de coordinar y supervisar la representación del Ministerio en el territorio nacional) asegurando un enlace permanente y efectivo de los órganos del Ministerio con las Direcciones Desconcentradas de Cultura, y promoviendo canales de comunicación, coordinación y articulación del Ministerio con los gobiernos regionales y locales, contribuyendo al logro de los objetivos y metas establecidas en el sector.
1.2 La Unidad de Coordinación y Articulación T erritorial está a cargo de un/una Responsable designado/a mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Cultura.
Artículo 2.- Responsabilidades del Área Funcional La Unidad de Coordinación y Articulación Territorial, tiene a su cargo las siguientes responsabilidades:
2.1 Asesorar a la Alta Dirección en la conducción, coordinación, articulación, seguimiento y evaluación de temas vinculados a la descentralización sectorial, incluyendo el ejercicio efectivo de las competencias sectoriales compartidas con gobiernos regionales y locales.
2.2 Promover, coordinar y articular la participación del Ministerio en la implementación de la política del Sector, con los gobiernos regionales y locales.
2.3 Coordinar y articular la asistencia técnica y el fortalecimiento de capacidades de las Direcciones Desconcentradas de Cultura en coordinación con los Despachos Viceministeriales y la Secretaría General, en lo que corresponda.
2.4 Impulsar el desarrollo de la gestión territorial coordinando acciones con las Direcciones Desconcentradas de Cultura y los gobiernos regionales y locales.
2.5 Conducir la articulación, en coordinación con las Direcciones Desconcentradas de Cultura, de las actividades de coordinación territorial con los gobiernos regionales y locales, en el marco de las acciones del Sector.
2.6 Coordinar con las entidades de otros sectores, las acciones relacionadas con el Sector a cargo de las Direcciones Desconcentradas de Cultura.
2.7 Otras que le asigne y que contribuyan a mejorar el desempeño y logros sectoriales a nivel regional y local.
Artículo 3.- Dejar sin efecto Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 395-2015-MC.
Artículo 4.- Publicación La presente resolución es publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA BALBUENA PALACIOS
Ministra de Cultura
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