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RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 073-2018-MINEDU Aprueban Directiva "Disposiciones para la
5/13/2018
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 073-2018-MINEDU Aprueban Directiva "Disposiciones para la
Aprueban Directiva "Disposiciones para la participación durante la validación de materiales educativos de la Educación Básica" RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 073-2018-MINEDU Lima, 11 de mayo de 2018 VISTOS, el Expediente Nº 0092901-2018, el Informe Nº 002-2018-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DIGESE-DIGEIBIRA suscrito por la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 073-2018-MINEDU
Lima, 11 de mayo de 2018
VISTOS, el Expediente Nº 0092901-2018, el Informe Nº 002-2018-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DIGESE-DIGEIBIRA suscrito por la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, el Informe Nº 423-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, en adelante la Ley, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte en concordancia con la política general del Estado;
Que, el literal p) artículo 80 de la Ley, señala como función del Ministerio de Educación, establecer los lineamientos básicos para garantizar la participación de la sociedad civil en la orientación y mejoramiento de la educación;
Que, a su vez, en el artículo 13 de la Ley se establecen los factores que interactúan para el logro de la calidad de la educación; precisándose, en el literal f), como uno de los factores, la infraestructura, equipamiento, servicios y materiales educativos adecuados a las exigencias técnico-pedagógicas de cada lugar y a las que plantea el mundo contemporáneo, y accesibles para las personas con discapacidad;
Que, el artículo 22 de la Ley y el artículo 15 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, establecen que la sociedad tiene el derecho y el deber de contribuir a la calidad y equidad de la educación;
precisándose, además, en el literal c) del artículo 54 de la Ley, que a los padres de familia, o a quienes hacen sus veces, les corresponde participar y colaborar en el proceso educativo de sus hijos;
Que, asimismo, el artículo 32 del citado Reglamento, señala que los materiales educativos son recursos de diversa naturaleza que se utilizan en los procesos pedagógicos con el fin que los estudiantes desarrollen de manera autónoma, refl exiva e interactiva sus aprendizajes. Asimismo, señala que el Ministerio de Educación, el Gobierno Regional a través de la Dirección Regional de Educación, en coordinación con la Unidad de Gestión Educativa Local o las entidades que hagan sus veces, son responsables de elaborar, producir y/o adquirir sus recursos educativos para los niveles y modalidades de la Educación Básica;
Que, por su parte, el literal a) del artículo 13 de la Ley Nº 28628, Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia en las instituciones educativas públicas, y el literal a) del artículo 41 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2006-ED, establece que los padres de familia, tutores y curadores tienen derecho a participar en el proceso educativo de sus hijos; y el literal d) del artículo 10 del mencionado Reglamento establece que la asociación de padres de familia tiene la atribución, entre otros, de velar por la mejora de los servicios y materiales, tanto educativos como lúdicos;
Que, a través del Informe Nº 002-2018-MINEDU/ VMGP-DIGEBR-DIGESE-DIGEIBIRA, dirigido al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados y la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, que suscriben el citado informe, sustentan la necesidad de aprobar la Directiva denominada "Disposiciones para la participación durante la validación de materiales educativos de la Educación Básica", la cual tiene por finalidad, contar con materiales educativos en el marco de un proceso participativo de consulta con sectores involucrados del Estado, la comunidad educativa y la sociedad civil;
Con el visado de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección General de
Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 001-2018-MINEDU/VMGP-DIGEBR denominada "Disposiciones para la participación durante la validación de materiales educativos de la Educación Básica", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación-SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA HELFER LLERENA
Viceministra de Gestión Pedagógica
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