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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 153-2018-PCM Aprueban Normas complementarias para la mejor aplicación de
6/21/2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 153-2018-PCM Aprueban Normas complementarias para la mejor aplicación de
Aprueban Normas complementarias para la mejor aplicación de las consideraciones generales y específicas para la presentación del reporte de cumplimiento, conforme a lo dispuesto en el D.S. Nº 059-2018-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2018-PCM Lima, 19 de junio de 2018 VISTO: el Memorándum Nº 228-2018-PCM-SGP, de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2018-PCM
Lima, 19 de junio de 2018
VISTO: el Memorándum Nº 228-2018-PCM-SGP, de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
CONSIDERANDO:
Que, la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018
dispuso que las entidades comprendidas en el artículo I del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, adecuen sus regulaciones, procedimientos y procesos de gestión en cumplimiento de las disposiciones de simplificación administrativa e interoperabilidad contenidas en dicha norma y en el Decreto Legislativo Nº 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa;
Que, el segundo párrafo de la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693
dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros mediante decreto supremo establece el ámbito de aplicación, los criterios, la metodología, progresividad en la implementación y demás disposiciones normativas requeridas para el cumplimiento de la antes citada disposición;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 059-2018-PCM
se aprueban las disposiciones para el cumplimiento de la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, entre otras, las consideraciones específicas para la presentación del reporte de cumplimiento, a través del cual las entidades públicas deben evidenciar el cumplimiento de las disposiciones de simplificación administrativa e interoperabilidad con la presentación de los medios de verificación respectivos en cada caso;
Que, con la finalidad de contribuir al mejor desarrollo de este proceso, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 059-2018-PCM establece que mediante resolución ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, a aprobarse en un plazo no mayor a 5 días hábiles posteriores a la publicación del citado decreto, se establezcan normas complementarias entre las que se encuentran el formato de reporte de cumplimiento y las orientaciones para su presentación;
Que, mediante el documento del Visto, la Secretaría de Gestión Pública propone la aprobación de las normas complementarias que permitan a las entidades públicas dar efectivo cumplimiento al mandato legal previsto en la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 19 de la Ley Nº 29158- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693-Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;
el Decreto Supremo Nº 059-2018-PCM-Decreto Supremo que aprueba disposiciones para el cumplimiento de la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM, y modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las Normas complementarias para la mejor aplicación de las consideraciones generales y específicas para la presentación del reporte de cumplimiento, de conformidad a lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 059-2018-PCM, que en anexo forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que, con el objeto de coadyuvar en la verificación del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, las entidades comprendidas en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 059-2018-PCM se encuentran obligadas a remitir una copia del reporte de cumplimiento a su respectivo órgano de control institucional.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- Publicar en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm. gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), la presente resolución, así como las Normas complementarias para la mejor aplicación de
las consideraciones generales y específicas para la presentación del reporte de cumplimiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros
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