6/22/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 314-2018-MINEDU Incorporan sub numeral 4.20 al numeral 4 y modifican el

Incorporan sub numeral 4.20 al numeral 4 y modifican el Anexo de la Norma Técnica aprobada por R.M. Nº 712-2017-MINEDU y modifican Anexo de la R.M. Nº 721-2017-MINEDU que contiene cronograma de la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 314-2018-MINEDU Lima, 20 de junio de 2018 VISTOS, el Expediente Nº 0023341-2018, el Informe Nº 436-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación
Incorporan sub numeral 4.20 al numeral 4 y modifican el Anexo de la Norma Técnica aprobada por R.M. Nº 712-2017-MINEDU y modifican Anexo de la R.M. Nº 721-2017-MINEDU que contiene cronograma de la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 314-2018-MINEDU
Lima, 20 de junio de 2018
VISTOS, el Expediente Nº 0023341-2018, el Informe Nº 436-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, y el Informe Nº 607-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, el artículo 15 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;

Que, el artículo 33 de la Ley de Reforma Magisterial, modificado por el artículo 2 de la Ley Nº 30541, establece que el profesor puede acceder a otros cargos de las áreas de desempeño laboral por concurso y por un período de cuatro años;

Que, el artículo 38 de la Ley de Reforma Magisterial, modificado por el artículo 2 de la Ley Nº 30541, señala que el desempeño en el cargo es evaluado de forma obligatoria al término del periodo de su gestión;
determinando su aprobación la continuidad en el mismo, y la desaprobación, su retorno al cargo docente; y en el caso de los cargos de director de Unidad de Gestión Educativa Local y director o jefe de gestión pedagógica, adicionalmente, son evaluados al finalizar el segundo año de haber accedido al cargo, para determinar su continuidad;

Que, el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº004-2013-ED, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2017-MINEDU, señala que la evaluación del desempeño en el cargo tiene como objetivo comprobar la eficacia y eficiencia del profesor en el ejercicio de dicho cargo, realizándose en base a los indicadores de desempeño establecidos para el respectivo tipo de cargo;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 712-2017-MINEDU se aprobó la Norma Técnica denominada "Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial"; la cual establece los criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución de la evaluación dirigida a profesores de la Carrera Pública Magisterial que accedieron a los citados cargos en el marco de los concursos públicos convocados por Resolución Ministerial
Nº 524-2015-MINEDU;

Que, de conformidad con el numeral 6.1.2 de la precitada Norma Técnica, excepcionalmente, el Ministerio de Educación puede modificar las fechas del cronograma de la referida evaluación; situación que debe ser difundida oportunamente en el portal institucional del Ministerio de Educación;

Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 721-2017-MINEDU se convoca la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial y se aprueba su cronograma;

Que, a través del Oficio Nº 1445-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Directora General de la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 436-2018-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, con el cual se sustenta la necesidad de incorporar el sub numeral 4.20 al numeral 4 y modificar el Anexo de la precitada norma técnica aprobada por Resolución Ministerial Nº 712-2017-MINEDU; a fin de incluir una norma técnica en la base normativa, así como, eliminar los indicadores de desempeño Nº 3, 4 y 7 y modificar las fichas de los indicadores de desempeño Nº 2, 6, 8 y 10, respectivamente;

Que, asimismo, la Dirección de Evaluación Docente señala que como consecuencia de lo antes señalado, es necesario modificar el cronograma de la referida evaluación, aprobado por Resolución Ministerial Nº 721-2017-MINEDU, lo que permitirá un adecuado recojo de evidencia y valoración del cálculo de los indicadores de desempeño que se están modificando;

Con el visado de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; de la Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, y modificatorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED
y modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Resolución Ministerial Nº 712-2017-MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada "Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial";

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Incorporar el sub numeral 4.20 al numeral 4 y modificar el Anexo de la Norma Técnica denominada "Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial", aprobada por la Resolución Ministerial Nº 712-2017-MINEDU; los mismos que quedarán redactados conforme al Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Modificar el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 721-2017-MINEDU, que contiene el cronograma de la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial; el mismo que quedará redactado conforme al Anexo II que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus Anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación

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