6/27/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 803-2018-DE/CCFFAA Modifican el T exto Único de Procedimientos

Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 803-2018-DE/CCFFAA Jesús María, 19 de junio de 2018 VISTOS: El Informe Nº 62-2018-MINDEF/VRD/DGPP/D/03 de la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº
Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 803-2018-DE/CCFFAA
Jesús María, 19 de junio de 2018
VISTOS:

El Informe Nº 62-2018-MINDEF/VRD/DGPP/D/03 de la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1136, establece que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (CCFFAA), es un órgano ejecutor dependiente del Ministerio de Defensa, encargado de efectuar el planeamiento, preparación, coordinación y conducción de las operaciones y acciones militares conjuntas de las Fuerzas Armadas, en función de los objetivos de la Política de Seguridad y Defensa Nacional, a fin de garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República;

Que, el artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establece que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del Sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo;

Que, el numeral 43.5 del citado artículo precisa que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, para el caso de Entidades pertenecientes al Poder Ejecutivo;

Que, el artículo 5 de los Lineamientos para elaboración y aprobación del TUPA y disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, aprobados por Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, establece que la conducción del proceso de elaboración y formulación del TUPA de las entidades estará a cargo del órgano responsable de las funciones de planeamiento o quien haga sus veces, precisando en el artículo 6 que los procedimientos deben observar el principio de legalidad siendo la Oficina de Asesoría Jurídica de la Entidad o la que haga sus veces, quien sustenta ante el órgano responsable de la elaboración del TUPA la base legal de los procedimientos;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1246, se aprobaron diversas medidas de simplificación administrativa, que permitan dotar al régimen jurídico que rige a la Administración Pública de disposiciones a favor del ciudadano en función a la simplificación, eficacia, eficiencia, celeridad y equidad en los procedimientos administrativos, garantizando así los derechos e intereses de los administrados, con sujeción al ordenamiento constitucional;

Que, mediante Oficio Nº 1720-CCFFAA/OPPR, de fecha 25 de abril de 2018, el CCFFAA solicita la modificación de su TUPA, a fin de adecuar el procedimiento de acceso a la Información Pública a la normativa vigente
en la materia, eliminar trámites y actividades a cargo de órganos de apoyo que no califican como procedimiento administrativo, así como de aquellos procedimientos que se enmarcan en el ámbito de colaboración entre entidades, y fusionar procedimientos; remitiendo adjunto los informes técnicos y legales que sustentan la propuesta;

Que, la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa, a través de la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización, ha emitido el Informe Nº 62-2018-MINDEF/VRD/DGPP/D/03, por el que brinda opinión técnica favorable sobre la propuesta de modificación presentada por el CCFFAA, toda vez que se encuentra de conformidad con las disposiciones aplicables en materia de simplificación administrativa, y transparencia y acceso a la información Pública;

Que, asimismo, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa, ha emitido opinión legal favorable por cuanto la propuesta de modificación cuenta con el sustento técnico y legal correspondiente;

Estando a lo expuesto, y con el visado de la Dirección de Desarrollo Organización y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y de la Secretaría General del Ministerio de Defensa;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1136, Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2016-DE; el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que aprueba los Lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA y disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; y, el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el T exto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-DE/CCFFAA, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 1233-2015-DE/SG, que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Defensa.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano;
así como, disponer la difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, modificado por el artículo 1 de la presente Resolución, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PCSE (www.serviciosalciudadano.gob.pe)
y en el Portal Institucional del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (www.ccffaa.mil.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ HUERTA TORRES
Ministro de Defensa

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