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RESOLUCIÓN SBS N° 2321-2018 Opinan favorablemente para que Financiera Efectiva S.A. lleve a cabo
6/27/2018
RESOLUCIÓN SBS N° 2321-2018 Opinan favorablemente para que Financiera Efectiva S.A. lleve a cabo
Opinan favorablemente para que Financiera Efectiva S.A. lleve a cabo programas de emisiones de instrumentos representativos de deuda RESOLUCIÓN SBS Nº 2321-2018 Lima, 13 de junio de 2018 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada el 25 de abril de por Financiera Efectiva S.A., en adelante la Financiera, para que se le otorgue opinión favorable respecto a la emisión de instrumentos representativos de deuda en el marco del "Segundo
RESOLUCIÓN SBS Nº 2321-2018
Lima, 13 de junio de 2018
LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
VISTA:
La solicitud presentada el 25 de abril de por Financiera Efectiva S.A., en adelante la Financiera, para que se le otorgue opinión favorable respecto a la emisión de instrumentos representativos de deuda en el marco del "Segundo Programa de Bonos Corporativos de Financiera Efectiva" hasta por un monto máximo en circulación de S/ 200'000,000.00 (doscientos millones y 00/100 soles) o su equivalente en dólares americanos y del "Primer Programa de Certificados de Depósito Negociables de Financiera Efectiva" hasta por un monto máximo en circulación de S/ 150'000,000.00 (ciento cincuenta millones y 00/100 soles)
o su equivalente en dólares americanos; ambos por una vigencia de seis (6) años, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, establece en el artículo 283º, concordante con numeral 14 de su artículo 221º, las facultades con las que cuentan las empresas bancarias de emitir y colocar bonos, y certificados de depósitos negociables, siempre que sean de su propia emisión;
Que, el artículo 232º de la Ley General establece que la emisión de instrumentos financieros requerirá opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia;
Que, en la Junta General de Accionistas de fecha 26 de marzo de de Financiera Efectiva S.A., se autorizó el "Segundo Programa de Bonos Corporativos de Financiera Efectiva" hasta por un monto máximo en circulación de S/ 200'000,000.00 (doscientos millones y 00/100 soles) o su equivalente en dólares americanos y el "Primer Programa de Certificados de Depósitos Negociables de Financiera Efectiva" hasta por un monto máximo en circulación de S/ 150'000,000.00 (ciento cincuenta millones y 00/100 soles)
o su equivalente en dólares americanos; y además se acordó delegar al Gerente General, y otros funcionarios, facultades para que en representación de la Financiera, dos cualesquiera de ellos actuando conjuntamente, puedan determinar las características, condiciones y cualquier otro aspecto de ambos programas y de cada una de las emisiones a su interior;
Que, esta Superintendencia considera que por una consideración exclusivamente prudencial, el total de las colocaciones y emisiones deberán realizarse únicamente en moneda nacional y hasta por el monto máximo solicitado;
Que, la Financiera ha cumplido con presentar la documentación requerida en el procedimiento Nº 25
"Opinión favorable sobre emisión en serie de instrumentos financieros para empresas del Sistema Financiero y de Seguros", del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 3082-2011 y sus modificatorias vigente al momento de la presentación de su solicitud y que se mantiene en el TUPA aprobado mediante la Resolución SBS Nº 1678-que actualmente rige, la que tras la evaluación realizada se ha encontrado conforme;
Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión Bancaria "A", del Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones; así como de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Riesgos y de Asesoría Jurídica;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la Ley General;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que Financiera Efectiva S.A. lleve a cabo los programas de emisiones de instrumentos representativos de deuda, denominados "Segundo Programa de Bonos Corporativos de Financiera Efectiva" hasta por un monto máximo de S/ 200'000,000.00 (doscientos millones y 00/100
soles) y "Primer Programa de Certificados de Depósitos
Negociables de Financiera Efectiva" hasta por un monto máximo de S/ 150'000,000.00 (ciento cincuenta millones y 00/100 soles); ambos con una vigencia de seis (6) años.
Artículo Segundo.- La presente Resolución tendrá una vigencia de un (1) año desde su emisión para que Financiera Efectiva proceda a la inscripción de los programas denominados "Segundo Programa de Bonos Corporativos de Financiera Efectiva" y "Primer Programa de Certificados de Depósitos Negociables de Financiera Efectiva" en caso desee realizar emisiones públicas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
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