7/20/2018

Grupo Trabajo Integridad Lucha Contra Corrupción RM 189-2018-TR Trabajo y Promocion del Empleo

Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo Crean Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio RM 189-2018-TR Lima, 18 de julio de 2018 VISTOS: La derivación de Secretaría General de fecha 10 de julio de 2018, el Oficio Nº 243-2018-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 182-2018-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe
Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo
Crean Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio
RM 189-2018-TR
Lima, 18 de julio de 2018
VISTOS: La derivación de Secretaría General de fecha 10 de julio de 2018, el Oficio Nº 243-2018-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 182-2018-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 1838-2018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, según el artículo 39 de la Constitución Política del Perú, los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación;

Que, la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, establece los principios, deberes y
prohibiciones éticas que rigen para los servidores públicos de las entidades de la Administración Pública, señalando como uno de los fines de la función pública el servicio a la nación, y la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 042-2018-PCM se establecen medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, con el objeto de orientar la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores y entidades públicas; para la consolidación de la democracia, el estado de derecho y el buen gobierno, además de establecer la transparencia, la corrección, la probidad, el respeto, la veracidad, la igualdad, la objetividad, la rendición de cuentas, la participación, la prevención y la neutralidad como principios que orientan la integridad pública;


Que, conforme el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, se establece que las máximas autoridades de las entidades públicas responsables en el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021 adoptarán, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para su ejecución y velarán por su cumplimiento, asegurando que las acciones y los gastos se incluyan en sus Planes Operativos y Presupuestos Institucionales;


Que, el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que las comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; pudiéndose encargar otras funciones que no sean las indicadas a grupos de trabajo;

Que, mediante el Informe Nº 182-2018-MTPE/4/9.1, la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo al no contar con una oficina de integridad institucional, necesita conformar un mecanismo (grupo de trabajo), para que se formule la Política y Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021 del Sector;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública; el Decreto Supremo Nº 042-2018-PCM, que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción; el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 020-2017-TR;

SE RESUELVE:



Artículo 1. Creación del Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Créase el Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE, con el objeto de proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Artículo 2. Conformación 2.1 El Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE está conformado de la siguiente manera:
- El/la Ministro/a de Trabajo y Promoción del Empleo, quien lo preside.
- El/la Viceministro/a de Trabajo.
- El/la Viceministro/a de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral.
- El/la Secretario/a General.
- El/la Jefe/a del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial.
- El/la Jefa/a de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, quien ejerce la Secretaría Técnica.

2.2 Los miembros del Grupo de Trabajo pueden contar con un representante alterno, el cual se designa mediante documento remitido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo de dos (02) días hábiles contados desde la instalación del Grupo de Trabajo.

Artículo 3. Funciones El Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE tiene como funciones las siguientes:

1. Proponer y articular la implementación de medidas y acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción, destinadas a garantizar la ética e integridad en el cumplimiento de las funciones de todos los servidores civiles que laboran en el MTPE.

2. Promover acciones orientadas al fomento de una cultura de ética y transparencia en todos los servidores civiles que laboran en el MTPE.

3. Impulsar la elaboración de un Código de Ética e Integridad Pública en el MTPE.

4. Realizar el seguimiento del cumplimiento del Decreto Legislativo Nº 1327 y su Reglamento, que establecen medidas de protección para el denunciante, de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe.

5. Proponer actividades y tareas que puedan ser incorporadas en el Plan Anual de Integridad y Lucha contra la Corrupción del MTPE.

6. Realizar el seguimiento del cumplimiento del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021 en el ámbito de competencias del MTPE.

7. Fomentar y propiciar una cultura de valores en el
MTPE.

8. Apoyar las acciones orientadas a lograr la colaboración interinstitucional con otras entidades, en materia de Ética e Integridad Pública.

9. Aprobar su Reglamento Interno.

10. Las demás funciones que le sean asignadas por el/la Titular de la Entidad.

Artículo 4. Instalación El Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE se instala dentro de las veinticuatro (24)
horas siguientes de publicada la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5. Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente resolución ministerial se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 6. Publicación Dispóngase la publicación de la presente resolución ministerial en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 189-2018-TR Crean Grupo de Trabajo de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 189-2018-TR
  • Emitida por : Trabajo y Promocion del Empleo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-07-20
  • Fecha de aplicacion : 2018-07-21

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