9/28/2018

Programación Pagos Prestaciones Económicas RJ 190-2018/SIS Seguro Integral de Salud

Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud Aprueban la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional RJ 190-2018/SIS Lima, 26 de setiembre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 039-2018-SIS/GNF-SGF/MLR con Proveído Nº 651-2018-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Memorando Nº 1069-2018-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y el Informe Nº 395-2018-SIS/OGAJ-DE
Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud
Aprueban la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional
RJ 190-2018/SIS
Lima, 26 de setiembre de 2018
VISTOS: El Informe Nº 039-2018-SIS/GNF-SGF/MLR
con Proveído Nº 651-2018-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Memorando Nº 1069-2018-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y el Informe Nº 395-2018-SIS/OGAJ-DE con Proveído Nº 691-2018-SIS/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece los principios, los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú;

Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1163, que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pago que efectúe el Seguro Integral de Salud (SIS) requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3)
años renovables;

Que, mediante "Convenio de prestación de servicios celebrado entre el Seguro Integral de Salud y el Banco de la Nación", suscrito con fecha 30 de diciembre de 2009, el mismo que se encuentra vigente por la renovación automática del plazo por periodos anuales, acordaron que el Banco de la Nación, a través de toda su red de oficinas a nivel nacional, brinde el servicio integral de pago de subsidio por gasto de sepelio que otorga el SIS al fallecimiento de un asegurado;


Que, el Decreto Supremo Nº 007-2012-SA, que autoriza al SIS la sustitución del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) por el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), precisa en su artículo 2 que los planes complementarios al PEAS que ofrece el SIS incluyen la prestación económica de sepelio a nivel nacional;


Que, mediante Resolución Jefatural Nº 090-2016/SIS, se aprueba la Directiva Administrativa Nº 001-2016-SIS/ GNF-V.01 "Directiva Administrativa para el Reconocimiento de la Prestación Económica de Sepelio para los Asegurados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud", modificada con Resolución Jefatural Nº 133-2017/SIS, la cual establece las disposiciones para el reconocimiento de pago y atención de la prestación económica de sepelio de los asegurados a los regímenes de financiamiento subsidiado y semicontributivo a cargo del SIS;

Que, el numeral 6.2.1 de la citada Directiva, establece el procedimiento para la programación de pagos de las
prestaciones económicas de sepelio aprobadas por las Unidades Desconcentradas Regionales;

Que, de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 6.2.1.2 de la mencionada Directiva, mediante Memorando Nº 1069-2018-SIS/OGPPDO, en atención a lo requerido por la Gerencia de Negocios y Financiamiento - GNF mediante Memorando Nº 580-2018-SIS-GNF, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional - OGPPDO aprueba las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 984 por el monto de S/ 24´881,717.00 (RO) y Nº 992 por el monto de S/ 64,522.00 (RDR) para el pago de las prestaciones económicas de sepelio del periodo 2018;

Que, asimismo, de conformidad con el numeral 6.2.1.3 de la Directiva, mediante Informe Nº 039-2018-SIS/GNF-SGF/MLR, la GNF señala que para la programación de pagos de las prestaciones económicas de sepelio aprobadas por las Unidades Desconcentradas Regionales al 15 de setiembre del 2018, que han superado los controles detallados en el referido informe, se ha identificado un total de 11 265 (Once mil doscientos sesenta y cinco)
solicitudes que corresponden ser financiadas por el importe equivalente a S/ 10 690 008.00 (DIEZ MILLONES
SEISCIENTOS NOVENTA MIL OCHO Y 00/100 SOLES), de los cuales el monto de S/ 10 645 008.00 (DIEZ
MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL
OCHO Y 00/100 SOLES) se financia con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, y el monto de
S/ 45, 000.00 (CUARENTA Y CINCO MIL Y 00/100 SOLES)
se financia con cargo a la Fuente de Financiamiento 09:

Recursos Directamente Recaudados;

Con el visto de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA, y en la Directiva Administrativa Nº 001-2016-SIS/GNF-V.01, aprobada por Resolución Jefatural Nº 090-2016/SIS, modificada por Resolución Jefatural Nº 133-2017/SIS;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional por la suma total de S/ 10 645 008.00 (DIEZ MILLONES
SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHO Y
00/100 SOLES) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios; y, la suma total de S/ 45 000.00 (CUARENTA Y CINCO MIL Y 00/100 SOLES) con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados, ambas correspondientes a las solicitudes de prestaciones económicas de sepelio aprobadas por las Unidades Desconcentradas Regionales a nivel nacional en el calendario de setiembre 2018.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE
Jefa del Seguro Integral de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 190-2018/SIS Aprueban la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 190-2018/SIS
  • Emitida por : Seguro Integral de Salud - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2018-09-28
  • Fecha de aplicacion : 2018-09-29

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.