10/03/2018
Plan Nacional Conservación Tapir Andino Perú RDE Agricultura y Riego
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Aprueban Plan Nacional de Conservación del Tapir Andino en el Perú, Periodo 2018 - 2027 RDE 228-2018-MINAGRI-SERFOR-DE Lima, 1 de octubre de 2018 VISTO: El Informe Técnico Nº 037-2018-MINAGRI-SERFOR/ DGPCFFS/DPR emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Técnico Nº 073-2018-MINAGRI-SERFOR/GG-OGPP-OPR e Informe Técnico
Aprueban Plan Nacional de Conservación del Tapir Andino en el Perú, Periodo 2018 - 2027
RDE 228-2018-MINAGRI-SERFOR-DE
Lima, 1 de octubre de 2018
VISTO:
El Informe Técnico Nº 037-2018-MINAGRI-SERFOR/ DGPCFFS/DPR emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Técnico Nº 073-2018-MINAGRI-SERFOR/GG-OGPP-OPR e Informe Técnico Nº 093-2018-MINAGRI-SERFOR/ GG-OGPP-OPR, ambos emitidos por la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal Nº 217-2018-MINAGRI-SERFOR-GG/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, el artículo 14 de la Ley Nº 29763, establece que una de las funciones del SERFOR, es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre;
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Que, el artículo 39 de la Ley Nº 29763, señala que el SERFOR, en coordinación con las autoridades forestales regionales, establece, promueve y aplica medidas para asegurar el aprovechamiento sostenible, conservación y protección de los recursos forestales y de la fauna silvestre a través del ordenamiento, la delimitación de áreas para protección, la identificación de hábitats críticos, la elaboración de listados de categorías de especies por su estado de conservación, la elaboración de planes de conservación de especies y de hábitats frágiles, entre otros;
Que, la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobada por Decreto Supremo Nº 009-2013-MINAGRI, ha considerado en el Lineamiento 2 de su Eje de Política 2:
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Sostenibilidad, que la gestión especial para la conservación y aprovechamiento sostenible de ecosistemas forestales y otros tipos de vegetación silvestre, que se encuentren sujetos a amenazas o procesos de degradación, se efectúa, entre otros, mediante la recuperación y manejo sostenible de las especies de fauna silvestre que se encuentren amenazadas;
Que, el artículo 115 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2015-MINAGRI, señala que los planes nacionales de conservación para especies amenazadas de fauna silvestre, son instrumentos de gestión de alcance nacional que tienen por objetivo garantizar la conservación de las poblaciones de especies de fauna silvestre amenazadas y sus hábitats, incluyendo las especies migratorias, cuya conservación es prioridad para el Estado;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-MINAGRI, se aprobó la actualización de la lista de Clasificación y categorización de las especies amenazadas de fauna silvestre legalmente protegidas, la cual incluye a la especie Tapir andino (Tapirus pinchaque)
en la categoría En Peligro Crítico (CR);
Que, mediante Oficio Nº 219-2016-MINAM/DVMDERN
el Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente - MINAM, remite el Informe Nº 195-2016-MINAM/DVMDERN/DGDB
emitido por su Dirección General de Diversidad Biológica, a través del cual efectúa aportes y precisiones a la propuesta de "Plan Nacional de Conservación del Tapir andino (Tapirus pinchaque) en el Perú, Periodo 2017-2027", los cuales, conforme señala la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, han sido evaluados e incorporados a la citada propuesta de Plan Nacional;
Que, el Informe Técnico Nº 037-2018-MINAGRI-SERFOR/DGPCFFS/DPR, emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, refiere que el "Plan Nacional de Conservación del Tapir andino (Tapirus pinchaque) en el Perú, Periodo 2018 - 2027", ha sido elaborado de manera participativa en coordinación con el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, el MINAM y demás actores vinculados a la conservación de la especie de fauna silvestre Tapir andino. Asimismo, señala que el citado Plan es un documento técnico que permite establecer las acciones inmediatas a implementar para asegurar la conservación de la especie del Tapir andino (Tapirus pinchaque);
Que, mediante Informe Técnico Nº 073-2018-MINAGRI-SERFOR/GG-OGPP-OPR e Informe Técnico Nº 093-2018-MINAGRI-SERFOR/ GG-OGPP-OPR, la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable a la propuesta de "Plan Nacional de Conservación del Tapir andino (Tapirus pinchaque) en el Perú, Periodo 2018 - 2027" en el Perú, toda vez que el Objetivo General, Objetivos Específicos, Líneas de Acción y Actividades considerados en la citada propuesta se encuentran alineados al Objetivo Estratégico 1 del Plan Estratégico Institucional - PEI del SERFOR, el cual busca generar condiciones favorables para la gestión sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre;
Que, en este contexto, resulta necesario aprobar el documento denominado "Plan Nacional de Conservación del Tapir Andino (Tapirus pinchaque) en el Perú, Periodo 2018 -2027";
Con el visado del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y su Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2015-MINAGRI, la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobada con Decreto Supremo Nº 009-2013-MINAGRI y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI y modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el "Plan Nacional de Conservación del Tapir Andino (Tapirus pinchaque) en el Perú, Periodo 2018 - 2027", que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre coordina con las instituciones que participan en la ejecución del "Plan Nacional de Conservación del Tapir Andino (Tapirus pinchaque) en el Perú, Periodo 2018 - 2027", las acciones necesarias para su implementación.
Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre se encargue de la implementación del "Plan Nacional de Conservación del Tapir Andino (Tapirus pinchaque) en el Perú, Periodo 2018
- 2027"; debiendo informar sobre los resultados de dicha gestión.
Artículo 4.- La implementación del plan aprobado en el artículo 1, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, en el marco de sus competencias, sin demandar recursos adicionales al tesoro público, de acuerdo con lo establecido en el Presupuesto Anual de la República.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. La Resolución y su anexo serán publicados en el Portal Institucional del
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www. serfor.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOHN LEIGH VETTER
Director Ejecutivo (e)
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre
NORMA LEGAL:
- Titulo: RDE 228-2018-MINAGRI-SERFOR-DE Aprueban Plan Nacional de Conservación del Tapir Andino en el Perú, Periodo 2018 - 2027
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
- Numero : 228-2018-MINAGRI-SERFOR-DE
- Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-10-03
- Fecha de aplicacion : 2018-10-04
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