1/10/2019

Delegan Funciones Atribuciones Diversos RJ 003-2019-OSINFOR Organismo de Supervision de los

Organismos Ejecutores, Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre Delegan funciones y atribuciones en diversos funcionarios del OSINFOR, durante el año fiscal 2019 RJ 003-2019-OSINFOR Lima, 6 de enero de 2019 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1085, crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, como Organismo Público Ejecutor, con personería jurídica de derecho público interno,
Organismos Ejecutores, Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre
Delegan funciones y atribuciones en diversos funcionarios del OSINFOR, durante el año fiscal 2019
RJ 003-2019-OSINFOR
Lima, 6 de enero de 2019

CONSIDERANDO:



Que, el Decreto Legislativo Nº 1085, crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, como Organismo Público Ejecutor, con personería jurídica de derecho público interno, encargado, a nivel nacional, de la supervisión y fiscalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque, otorgados por el Estado, a través de las diversas modalidades de aprovechamiento reconocidas por la Ley Forestal y de Fauna Silvestre;

Que, mediante artículo 51º del Decreto Legislativo Nº 1451, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las entidades del Gobierno Nacional, del Gobierno Regional o del Gobierno Local, a través de precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones, se modificó el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1085, estableciendo que el OSINFOR tiene nueva estructura administrativa: 7.1 Órganos de Alta Dirección: Jefatura y Gerencia General;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2017-PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR;

Que, el literal c) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del OSINFOR, establece que el Jefe representa legalmente a la institución ante las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, sean de naturaleza pública o privada;

Que, asimismo, el literal d) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del OSINFOR, establece que el Jefe ejerce las funciones de Titular del Pliego Presupuestario de OSINFOR, señaladas en las normas de la materia;

Que, los numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva y el funcionario responsable en materia presupuestaria, siendo que las funciones que ostenta en dicha materia pueden ser objeto de delegación, cuando así lo establezca expresamente el Decreto Legislativo Nº 1440, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad;


Que, asimismo, el numeral 47.2 del artículo 47º del mismo cuerpo normativo señala que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, mandato concordante con el numeral 7.1 y 7.2 del artículo 7º del citado Decreto Legislativo, descrito en el considerando precedente;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1252 y su modificatoria, así como su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº Nº 284-2018-EF, regulan el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

Que, la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 350-2017-EF, así como sus modificatorias establecen disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Público en los procedimientos de contrataciones de bienes, servicios en general, consultorías y obras que regulan las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos;

Que, mediante Ley Nº 30879 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y se establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el ejercicio fiscal 2019;

Que, conforme al numeral 70.2 del artículo 70º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General señala que "Toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia";

Que, el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y modificatoria, señala que el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que la
presente norma le otorga. Puede delegar, al siguiente nivel de decisión, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra. La declaración de nulidad de oficio y la aprobación de las contrataciones directas no pueden ser objeto de delegación, salvo lo dispuesto en el reglamento;

Que, para agilizar los procedimientos y permitir un adecuado funcionamiento de la Entidad, es necesario delegar ciertas facultades en materia presupuestal y las modificaciones del Plan Anual de Contrataciones al Gerente General del OSINFOR; asimismo delegar ciertas facultades en contrataciones del Estado, recursos humanos y en materia administrativa, al Jefe de la Oficina de Administración y al Jefe de la Unidad de Recursos Humanos del OSINFOR;

Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, y con los vistos del Gerente General y de los Jefes de la Oficina de Planificación y Presupuesto y de la Oficina de Administración;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y modificatorias, el Decreto Legislativo Nº 1085, Ley de Creación del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre y modificatorias, su Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2017-PCM;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Delegar en el/la Gerente General del OSINFOR, durante el año fiscal 2019, las facultades y atribuciones siguientes:
a) Aprobar las formalizaciones de las notas modificatorias en el Nivel Funcional y Programático.
b) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del OSINFOR y sus modificatorias.
c) Resolver recursos de apelación interpuestos ante los procedimientos de selección cuyo valor referencial sea menor o igual a cincuenta Unidades Impositivas tributarias (50 UIT).
d) Evaluar semestralmente los resultados del Plan Anual de Contrataciones y adopción de medidas correctivas, según corresponda.
e) Aprobar las prestaciones adicionales, reducciones y ampliaciones de los contratos de consultorías de obras y ejecución de obras, de acuerdo a lo dispuesto en la normativa de contrataciones del Estado.

Artículo 2.- Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina de Administración del OSINFOR, durante el ejercicio fiscal 2019, las siguientes facultades y atribuciones:
a) Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de selección a ser convocados por el OSINFOR, Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, así como de aquellos procedimientos de selección que deban ser convocados por Entidades con las cuales se hayan suscrito un convenio de encargo.
b) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección, que ejecutarán los procedimientos de selección, así como modificar la composición de los mismos, dentro de los parámetros establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado.
c) Aprobar las bases de los procedimientos de selección a ser convocados por el OSINFOR, así como aquellos procedimientos de selección que deban ser convocados por Entidades con los cuales se hayan suscrito un convenio de encargo.
d) Suscribir los contratos para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías y obras; así como adendas en razón de adicionales y/o reducciones, contratos complementarios, ampliaciones de plazo, y cualquier otra modificación posterior de acuerdo a lo dispuesto en la normativa de contrataciones del Estado.
e) Aprobar las prestaciones adicionales, reducciones y ampliaciones de los contratos de bienes, servicios generales y consultorías, de conformidad con lo establecido en la norma de contrataciones del Estado, con excepción a los requerimientos formulados por la Unidad Ejecutora de Inversiones.
f) Suscribir y resolver contratos de bienes, servicios en general y consultorías, cuyos montos de contratación sean menores o iguales a ocho (8) unidades impositivas tributarias (UIT) y adendas.
g) Resolver las solicitudes de ampliación de plazos de los contratos bienes, servicios en general y consultorías, cuyos montos sean menores o iguales a ocho (8) unidades impositivas tributarias (UIT).
h) Aprobar prestaciones adicionales, reducciones y ampliaciones de los contratos de bienes, servicios generales y consultorías, cuyos montos sean menores o iguales a ocho (8) unidades impositivas tributarias UIT.
i) Resolver las solicitudes de ampliaciones del plazo contractual de bienes, servicios en general y consultorías; de acuerdo a lo dispuesto en la normativa de contrataciones del Estado.
j) Resolver los contratos suscritos para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías y obras, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado vigente.
k) Suscribir todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de contratación, que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), y el Tribunal de Contrataciones del Estado, así como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades, vinculados a la temática de las contrataciones estatales.
l) Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección.
m) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado.
n) Suscribir y presentar a la SUNAT, los formularios, declaraciones y, en general, cualquier documentación que resulte necesario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias como consecuencia de la ejecución de los gastos previstos en el presupuesto institucional.
o) Aprobar Directivas orientadas a optimizar las labores de las Unidades a su cargo.
p) Tramitar las legalizaciones de los libros contables ante las notarías.
q) Participar en los procedimientos de conciliación extrajudicial y suscribir los referidos acuerdos, referidos al cumplimiento de pago de las sanciones de multas impuestas por la Entidad en el marco de un procedimiento administrativo disciplinario y/o sancionador.

Artículo 3.- Delegar en el/la Jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos, durante el ejercicio fiscal 2019, las facultades y atribuciones siguientes:
a) Autorizar, resolver, y tramitar las acciones administrativas del personal respecto de las asignaciones, ceses, rotaciones, reconocimiento de remuneraciones, rectificación de nombres y/o apellidos, destaques, renovaciones de contratos, y todas aquellas que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal adscrito al régimen laboral del
OSINFOR.
b) Suscribir los contratos relativos a la prestación de servicios del personal del OSINFOR, conforme al régimen laboral de la Entidad.
c) Suscribir los convenios de prácticas profesionales, pre-profesionales y técnicas del OSINFOR.

Artículo 4.- Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución tendrán vigencia durante el año 2019.

Artículo 5.- Notificar la presente Resolución de Jefatura a el/la Gerente/a General, al/la Jefe/a de la Oficina de Administración, al/la Jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos; así como a las Direcciones, Órganos y Unidades Orgánicas del OSINFOR, para conocimiento, cumplimiento y difusión.

Artículo 6.- Disponer que la Oficina de Administración realice la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo 7.- Déjese sin efecto, las disposiciones que se opongan a la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MAXIMO SALAZAR ROJAS
Jefe (e)

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 003-2019-OSINFOR Delegan funciones y atribuciones en diversos funcionarios del OSINFOR, durante el año fiscal 2019
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE JEFATURA
  • Numero : 003-2019-OSINFOR
  • Emitida por : Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2019-01-10
  • Fecha de aplicacion : 2019-01-11

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