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Rectifican Errores Materiales Contenidos R E RAD 010-2019-APN/DIR Autoridad Portuaria Nacional

Organismos Tecnicos Especializados, Autoridad Portuaria Nacional Rectifican errores materiales contenidos en la R e solución de A cuer do de Dir ec torio Nº 047-2012-APN/DIR RAD 010-2019-APN/DIR Callao, 14 de febrero de 2019 VISTOS: El Memorando Nº 338-2018-APN/DOMA de fecha 03 de agosto de 2018, emitido por la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente y el Informe Legal Nº 012-2019-APN/UAJ de fecha 29 de enero de 2019, emitido por la Unidad de Asesoría
Organismos Tecnicos Especializados, Autoridad Portuaria Nacional
Rectifican errores materiales contenidos en la R e solución de A cuer do de Dir ec torio Nº 047-2012-APN/DIR
RAD 010-2019-APN/DIR
Callao, 14 de febrero de 2019
VISTOS:

El Memorando Nº 338-2018-APN/DOMA de fecha 03 de agosto de 2018, emitido por la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente y el Informe Legal Nº 012-2019-APN/UAJ de fecha 29 de enero de 2019, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:



Que, mediante la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional (en adelante, LSPN), fue creada la Autoridad Portuaria Nacional (en adelante, APN), como Organismo Público Descentralizado (ahora Organismo Técnico Especializado, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM), encargada del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante, MTC), dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, financiera y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2009-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de agosto de 2009, el MTC aprobó el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Financiamiento, Conservación y Explotación del Terminal Portuario de Paita; el cual fue suscrito el 9 de setiembre de 2009 entre el MTC en representación del Estado Peruano, actuando a través de la APN, con la empresa Terminales Portuarios Paracas

S.A.;

Que, el 24 de octubre de 2012 se emitió la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 047-2012-APN/DIR que, entre otros, aprobó la actualización de la Metodología para la Medición de los Niveles de Servicio y Productividad del Terminal Portuario de Paita - Versión 2; la cual fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de noviembre de 2012;

Que, mediante memorando de vistos, la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente advierte errores materiales en la parte considerativa y resolutiva de la resolución antes indicada, motivo por el cual recomienda la rectificación de oficio, a fin de evitar en un futuro, confusiones en los administrados;


Que, mediante informe de vistos, la Unidad de Asesoría Jurídica recomienda que el Directorio rectifique los errores materiales advertidos por la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente, emitiendo una nueva Resolución de Acuerdo de Directorio, la cual debe ser publicada, además, en el Diario Oficial El Peruano, dado que se debe adoptar las forma y modalidad de comunicación o publicación que correspondió al acto original;

Que, el artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone en el numeral 212.1 que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, mientras que en el numeral 212.2 dispone que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original;

Que, en la Sesión 483 del 12 de febrero de el Directorio autorizó la rectificación de los errores materiales contenidos en la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 047-2012-APN/DIR de fecha 12 de octubre de 2012;

Que, a efectos de materializar el acuerdo adoptado por el Directorio de la APN, resulta necesario emitir el acto administrativo correspondiente;

De conformidad a la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1022; su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC; el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Rectificar los errores materiales contenidos en la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 047-2012-APN/DIR de fecha 12 de octubre de 2012, conforme detalle siguiente:
a. Parte Considerativa a.1 Dice:

Que, mediante Carta Nº 062-2012 TPE/GG de fecha 30 de mayo de 2012 (...)
Debe decir:

Que, mediante Carta Nº 065-2012 TPE/GG de fecha 30 de mayo de 2012 (...)
a.2 Dice:

Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 1213-271-09/10/2012/D (...)
Debe decir:

Que, mediante sesión de Acuerdo de Directorio Nº 1213-271-09/10/2012/D (...)
b. Parte Resolutiva:
b.1 Dice:

Artículo 2.- Dejar sin efecto la resolución de Acuerdo de Directorio Nº 019-2011-APN/DIR de fecha 06 de setiembre del 2011, que aprueba la Metodología para la medición de los niveles de Servicio y Productividad de Terminales Portuarios Euroandinos Paita S.A.- Versión 2.

Debe decir:

Artículo 2.- Dejar sin efecto la resolución de Acuerdo de Directorio Nº 019-2011-APN/DIR de fecha 06 de setiembre del 2011, que aprueba la Metodología para la medición de los niveles de Servicio y Productividad de Terminales Portuarios Euroandinos Paita S.A.- Versión 1.

Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Relaciones Institucionales de la Autoridad Portuaria Nacional efectúe la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la página web de la Autoridad Portuaria Nacional, www.apn.gob.pe.

Artículo 3.- Notificar la presente resolución al Concesionario Terminales Portuarios Euroandinos Paita S.A., al Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público, a la Dirección General de Concesiones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para sus respectivos conocimientos y fines.

Regístrese, comuníquese, publíquese y notifíquese.

EDGAR PATIÑO GARRIDO
Presidente del Directorio

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RAD 010-2019-APN/DIR Rectifican errores materiales contenidos en la R e solución de A cuer do de Dir ec torio Nº 047-2012-APN/DIR
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO
  • Numero : 010-2019-APN/DIR
  • Emitida por : Autoridad Portuaria Nacional - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-02-27
  • Fecha de aplicacion : 2019-02-28

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