4/08/2019

Emergencia Gestión Manejo Residuos Sólidos RM 099-2019-MINAM Ambiente

Poder Ejecutivo, Ambiente Declaran en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en los distritos de Huancas y Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas RM 099-2019-MINAM Lima, 5 de abril de 2019 VISTOS; el Memorando Nº 00201-2019-MINAM/ VMGA/DGRS y el Informe Nº 00007-2019-MINAM/VMGA/ DGRS, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando Nº 00263-2019-MINAM/VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental;
Poder Ejecutivo, Ambiente
Declaran en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en los distritos de Huancas y Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas
RM 099-2019-MINAM
Lima, 5 de abril de 2019
VISTOS; el Memorando Nº 00201-2019-MINAM/ VMGA/DGRS y el Informe Nº 00007-2019-MINAM/VMGA/ DGRS, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando Nº 00263-2019-MINAM/VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 00157-2019-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:



Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, la cual tiene por objeto establecer derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la finalidad de propender hacia la maximización constante de la eficiencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios y lineamientos señalados en esta Ley;


Que, el literal a) del numeral 24.1 del artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1278 establece que las Municipalidades Distritales, en materia de manejo de residuos sólidos, son competentes para asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de los mismos;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la jurisdicción de las Municipalidades Provinciales comprende el territorio de la respectiva provincia y el distrito del cercado;

Que, de conformidad con lo establecido en el literal p) del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1278, el Ministerio del Ambiente, en su calidad de ente rector a nivel nacional para la gestión y manejo de los residuos, es competente para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos, cuyo alcance, criterios y procedimientos son definidos en su Reglamento; y, coordinar con las autoridades sectoriales nacionales, entidades de fiscalización ambiental y/o los gobiernos regionales, según sea el caso;


Que, el literal d) del artículo 74 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, establece que la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos tiene la función de evaluar la declaratoria de emergencia de la gestión y manejo de residuos sólidos y coordinar con las entidades competentes, según sea el caso;

Que, mediante Oficio Nº 126-2019-MPCH/A, la Municipalidad Provincial de Chachapoyas solicita evaluar la pertinencia de declarar en emergencia el botadero del distrito de Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas; el referido documento es complementado a través del Oficio Nº 270-2019-MPCH/A;

Que, en el Informe Técnico Nº 008-2019-ANA-AAA.M-ALA.UTC-AT/LCM, adjunto al Oficio Nº 270-2019-MPCH, se concluye que se ha evidenciado que existe la afectación directa al cuerpo de agua superficial de la quebrada "El Atajo" por arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos naturales o artificiales;

Que, conforme a lo señalado en el Inventario Nacional de Áreas Degradas por Residuos Sólidos Municipales, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 026-2018-OEFA/CD, el "Botadero Quebrada El Atajo" se encuentra ubicado en el distrito de Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, siendo la Municipalidad Provincial de Chachapoyas quien administra el área degradada, por lo que la misma, a través de correo electrónico de fecha 3 de abril de 2019, señala que las Municipalidades Distritales de Huancas y de Chachapoyas disponen de sus residuos sólidos en el referido botadero;

Que, sobre la base de la información remitida por la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, por la Administración Local del Agua - Utcubamba y de acuerdo a lo señalado en el Inventario Nacional de Áreas Degradas por Residuos Sólidos Municipales, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, a través del Memorando Nº 00201-2019-MINAM/VMGA/DGRS, remite el Informe Nº 00007-2019-MINAM/VMGA/DGRS, en el cual evalúa si los hechos advertidos configuran alguna de las causales establecidas en el artículo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, concluyendo que la disposición final de los residuos sólidos en el Botadero Municipal ubicado en el distrito de Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, viene generando afectación directa de cuerpos naturales de agua y sus bienes asociados de la Quebrada "El Atajo", que pone en riesgo la calidad de los mismos, conforme a lo indicado por la Administración Local del Agua - Utcubamba, configurándose la causal establecida en el literal b) del artículo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, por lo que corresponde la declaratoria de emergencia en la gestión y manejo de residuos sólidos en los distritos de Huancas y Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, en lo que respecta a la disposición final de residuos sólidos;

Que, por otro lado, el citado Informe plantea la necesidad que la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, conjuntamente con la municipalidad distrital de Huancas, en un plazo máximo de siete (7) días hábiles contados desde la emisión de la Declaratoria de Emergencia, elabore un Plan de Acción, el cual contemplará, entre otras, las actividades que se desarrollarán para atender la problemática identificada, así como los responsables de su ejecución;

Que, asimismo, se deberá incluir en el Plan de Acción, como primera actividad a desarrollar, la definición del lugar para la implementación de la celda transitoria, teniendo en cuenta, para tal efecto, lo señalado en el artículo 123 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, el cual establece que las celdas transitorias a ser implementadas como parte de una declaratoria de emergencia deben contar con la opinión favorable del MINAM, para lo cual las municipalidades provinciales o distritales presentarán ante la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos la información con las características para la habilitación de la celda transitoria;

Que, el literal b) del artículo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, señala como una causal para la declaratoria de emergencia en la gestión y manejo de los residuos sólidos, la afectación directa de cuerpos naturales de agua y sus bienes asociados, que pone en riesgo la calidad de los mismos;

Que, de acuerdo al artículo 126 del citado Reglamento, en caso resulte procedente la declaratoria de emergencia, el Ministerio del Ambiente emite la resolución respectiva en la cual se establece el ámbito territorial, el tiempo de duración, el cual no deberá exceder de sesenta (60) días, prorrogables por cuarenta y cinco (45) días; y, las medidas inmediatas a ser implementadas por las entidades correspondientes, dentro de las cuales dispondrá la elaboración de un Plan de Acción para la atención de la emergencia;

Que, el artículo 124 del Reglamento en referencia, establece que, en caso sea declarado en emergencia el manejo de los residuos sólidos en la etapa de disposición final, la Municipalidad Provincial, en coordinación con la Municipalidad Distrital, según corresponda, autoriza la implementación de celdas transitorias; y precisa que, para la implementación de la celda transitoria será aplicable todo lo relacionado con la materia;

Que, el artículo 127 del precitado Reglamento indica que las municipalidades y otras entidades públicas involucradas, según corresponda, adoptan acciones complementarias para garantizar la continuidad en el manejo de los residuos sólidos, estableciendo que el MINAM
realiza el seguimiento del cumplimiento de las referidas acciones complementarias; asimismo, de conformidad con el artículo 128 del Reglamento en mención, los Gobiernos Regionales, en el marco de sus competencias, coadyuvan a las Municipalidades Provinciales en la realización de las acciones que resulten necesarias para dar continuidad al manejo de los residuos sólidos declarados en emergencia;

Que, de lo antes señalado, se advierte que se configura la exigencia necesaria para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en los distritos de Huancas y Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, en lo que respecta a la disposición final de residuos sólidos, por la afectación directa de cuerpos naturales de agua y sus bienes asociados, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1278 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM;

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos;
y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM; y, el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en los distritos de Huancas y Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, en lo que respecta a la disposición final de residuos sólidos, por un plazo de sesenta (60) días calendario, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer que la Municipalidad Provincial de Chachapoyas elabore, junto con las entidades involucradas, un Plan de Acción que contenga, como primera actividad, la identificación del lugar para la implementación de una celda transitoria, para lo cual se deberá contar con el consentimiento de la población; así como la presentación del expediente técnico que contenga la información con las características de ésta, entre otras actividades que se dispongan para atender la problemática identificada; señalando a los responsables de su ejecución.

El citado Plan deberá ser remitido a la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos del Ministerio del Ambiente en un plazo máximo de siete (7) días hábiles, contados desde la vigencia de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Disponer que el Gobierno Regional de Amazonas y las entidades públicas del Gobierno Central correspondientes adopten las acciones complementarias para garantizar la continuidad en el manejo de los residuos sólidos en los distritos de Huancas y Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 128 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278.

Artículo 4.- El Ministerio del Ambiente brindará asistencia técnica a la Municipalidad Provincial de Chachapoyas durante el desarrollo de las actividades para la implementación de la celda transitoria, en el marco de sus competencias.

Artículo 5.- La declaratoria de emergencia dispuesta en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no exime de las responsabilidades a que hubiere lugar por la inobservancia de funciones por parte de los servidores civiles de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUCÍA DELFINA RUÍZ OSTOIC
Ministra del Ambiente

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 099-2019-MINAM Declaran en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en los distritos de Huancas y Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 099-2019-MINAM
  • Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-04-08
  • Fecha de aplicacion : 2019-04-09

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