4/09/2019

Programa Multianual Inversiones 2020 2022 Sector RM 132-2019-VIVIENDA Vivienda Construccion y

Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento Aprueban el Programa Multianual de Inversiones 2020-2022 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento RM 132-2019-VIVIENDA Lima, 8 de abril de 2019 VISTOS, el Informe Nº 406-2019-VIVIENDA-OGPP-OI de la Oficina de Inversiones en su calidad de Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Memorándum Nº 1034-2019-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento
Aprueban el Programa Multianual de Inversiones 2020-2022 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento
RM 132-2019-VIVIENDA
Lima, 8 de abril de 2019
VISTOS, el Informe Nº 406-2019-VIVIENDA-OGPP-OI de la Oficina de Inversiones en su calidad de Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Memorándum Nº 1034-2019-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

CONSIDERANDO:



Que, mediante el Decreto Supremo Nº 242-2018-EF, se aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en adelante el TUO del Decreto Legislativo Nº 1252, Sistema creado con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;

Que, el literal a) del numeral 4.1 del artículo 4 del T.U.O. del Decreto Legislativo Nº 1252 establece como una de las Fases del Ciclo de Inversión a la Programación Multianual de Inversiones, la cual consiste en un proceso de coordinación y articulación interinstitucional e intergubernamental, de proyección trianual, como mínimo, tomando en cuenta los fondos públicos destinados a la inversión proyectados en el Marco Macroeconómico Multianual, el cual está a cargo, entre otros, de los Sectores;


Que, el numeral 5.3 del artículo 5 del T.U.O del Decreto Legislativo Nº 1252 dispone que el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, en su calidad de Órgano Resolutivo, presenta al Ministerio de Economía y Finanzas - MEF el Programa Multianual de Inversiones Sectorial, en adelante el PMI, y lo aprueba conforme a los procedimientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, establecido en el Reglamento y sus normas complementarias;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 284-2018-EF se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en adelante el Reglamento, el mismo que en su artículo 9, establece que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector, y que le corresponde, entre otros, aprobar el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector;


Que, el artículo 10 del Reglamento dispone que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector, es el órgano del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones responsable de la fase de Programación Multianual de Inversiones del Ciclo de Inversión en el ámbito de la responsabilidad funcional del Sector;

Que, el artículo 14 del Reglamento establece que la fase de Programación Multianual de Inversiones se realiza con una proyección trianual, como mínimo, contado desde el año siguiente a aquel en el que se efectúa la programación;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 104-2017- VIVIENDA, se designó a la Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto como órgano encargado de cumplir las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones en el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Directiva Nº001-2019-EF/63.01 denominada "Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones", aprobada por la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01, en adelante la Directiva General, establece que la programación multianual de inversiones tiene como objetivo lograr la vinculación entre el planeamiento estratégico y el proceso presupuestario, mediante la elaboración y selección de una cartera de inversiones orientada al cierre de brechas prioritarias, ajustada a los objetivos y metas de desarrollo nacional, sectorial y/o territorial. Siendo que, para dicho fin, los Sectores conceptualizan, definen, actualizan, aprueban y publican los indicadores de brechas de infraestructura o de acceso a servicios que utilizan los Sectores, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para la elaboración, aprobación y publicación del diagnóstico de brechas de infraestructura o de acceso a servicios, con dicho diagnóstico las entidades determinan sus criterios de priorización, con los cuales se seleccionan y priorizan las inversiones a ser registradas en la cartera de inversiones del PMI, el cual constituye el marco orientador de las fases de Programación Multianual y Formulación Presupuestaria anual de las inversiones;

Que, el artículo 16 de la Directiva General, dispone que la aprobación del PMI se efectúa mediante resolución o acto correspondiente por el Ministro, Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector, y luego se presenta la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del MEF, la misma que se efectúa una vez concluido el registro de la cartera de inversiones en el Módulo de Programación Multianual de Inversiones (MPMI). Dicha presentación se entiende efectuada mediante el registro en el MPMI;

Que, a través del Memorándum Nº 1034-2019- VIVIENDA-OGPP del 08 de abril de 2019, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 406-2019-VIVIENDA-OGPP-OI elaborado por la Oficina de Inversiones en su calidad de Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del cual en su condición de órgano técnico en materia de inversiones, solicita y recomienda que el Órgano Resolutivo del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento apruebe mediante el acto resolutivo respectivo, el Programa Multianual de Inversiones para el periodo 2020-2022 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que se encuentra registrado en el MPMI;

Que, en mérito a lo establecido en el marco normativo antes señalado y teniendo en consideración la propuesta formulada por la Oficina de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto en su calidad de
Oficina de Programación Multianual de Inversiones Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, resulta necesario emitir la resolución ministerial que apruebe el PMI del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento para el período 2020-2022;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 242-2018-EF; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y, la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar el Programa Multianual de Inversiones 2020-2022 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo dispuesto por el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, que como Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Inversiones en su calidad de Oficina de Programación Multianual de Inversiones Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, presente el Programa Multianual de Inversiones 2020-2022 del Sector, a la Dirección General de Presupuesto Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS BRUCE
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 132-2019-VIVIENDA Aprueban el Programa Multianual de Inversiones 2020-2022 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 132-2019-VIVIENDA
  • Emitida por : Vivienda Construccion y Saneamiento - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-04-09
  • Fecha de aplicacion : 2019-04-10

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