5/11/2019

Indicadores Brechas Sector Producción RM 200-2019-PRODUCE Produce

Proyecto, Produce Aprueban Indicadores de Brechas del Sector Producción RM 200-2019-PRODUCE Lima, 10 de mayo de 2019 VISTOS: El Informe Nº 019-2019-PRODUCE/ OGPPM-OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones; el Memorando Nº 185-2019-PRODUCE/ OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; los Informes Nºs. 166 y 304-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante
Proyecto, Produce
Aprueban Indicadores de Brechas del Sector Producción
RM 200-2019-PRODUCE
Lima, 10 de mayo de 2019
VISTOS: El Informe Nº 019-2019-PRODUCE/ OGPPM-OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones; el Memorando Nº 185-2019-PRODUCE/ OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; los Informes Nºs. 166 y 304-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1252 se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 242-2018-EF, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;

Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, establece que el Órgano Resolutivo del Sector aprueba los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones por los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales definidas por los rectores de las políticas nacionales sectoriales. Estos indicadores y criterios son aprobados anualmente y se publican en el portal institucional de la entidad;


Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, que aprueba la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los indicadores de brechas son las expresiones cuantitativas de las brechas de infraestructura o de acceso a servicios, los cuales se elaboran a partir de una variable o conjunto de variables interrelacionadas entre sí que permiten su medición para un determinado momento o periodo de tiempo;

Que, mediante el Oficio Nº 0029-2019-EF/63.03, la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF remitió al Ministerio de la Producción el Informe Nº 0024-2019-EF/63.03 de la Dirección de Política y Estrategias de la Inversión Pública, en el cual se indica que el procedimiento de cálculo propuesto para los indicadores de brechas, son razonables y guardan consistencia con el nombre del indicador y con la estimación de su valor numérico; por lo que, validan los 21 (veintiún) indicadores de brechas del Sector Producción;


Que, con Memorando Nº 185-2019-PRODUCE/ OGPPM, la Oficina General de Planteamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe Nº 019-2019- PRODUCE/OGPPM-OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, en el cual se concluye que, estando acorde con lo establecido en el artículo 11 de la Directiva General del Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, se propone los indicadores de brechas del Sector Producción, los que deben ser aprobados por el Titular de la Entidad mediante resolución o acto correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252 que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 242-2018-EF; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF; y el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE
y modificatoria;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar los Indicadores de Brechas del Sector Producción, que como Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, efectúe la difusión de los Indicadores de Brechas del Sector Producción a los tres niveles de gobierno, para su aplicación, de corresponder.

Artículo 3.- Publicar los Anexos de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (https://www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROCÍO BARRIOS ALVARADO
Ministra de la Producción

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 200-2019-PRODUCE Aprueban Indicadores de Brechas del Sector Producción
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 200-2019-PRODUCE
  • Emitida por : Produce - Proyecto
  • Fecha de emision : 2019-05-11
  • Fecha de aplicacion : 2019-05-12

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