6/19/2019

Directiva Administrativa Regula Procedimiento RJ 100-2019/SIS Seguro Integral de Salud

Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud Aprueban "Directiva Administrativa que regula el procedimiento de trámite y reconocimiento del reembolso de la Prestación Económica de Sepelio para los asegurados del Seguro Integral de Salud" RJ 100-2019/SIS Lima, 18 de junio de 2019 VISTOS: El Informe Conjunto Nº 001-2019-SIS/GNF-SGF/PYHL-JRGC con Proveído Nº 297-2019-SIS/GNF y la Nota Informativa Nº 085-2019-SIS/GNF-SGF/JRGC de la Gerencia de Negocios
Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud
Aprueban "Directiva Administrativa que regula el procedimiento de trámite y reconocimiento del reembolso de la Prestación Económica de Sepelio para los asegurados del Seguro Integral de Salud"
RJ 100-2019/SIS
Lima, 18 de junio de 2019
VISTOS: El Informe Conjunto Nº 001-2019-SIS/GNF-SGF/PYHL-JRGC con Proveído Nº 297-2019-SIS/GNF
y la Nota Informativa Nº 085-2019-SIS/GNF-SGF/JRGC de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe Nº 051-2019-SIS/OGPPDO-UOC-BACN con Proveído Nº 107-2019-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y el Informe Nº 284-2019-SIS/OGAJ/DE con Proveído Nº 284-2019-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante lo dispuesto en el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud - TUO de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, se establece el marco normativo del Aseguramiento Universal en Salud a fin de garantizar el derecho pleno y progresivo de toda persona a la seguridad social en salud, así como normar el acceso y las funciones de regulación, financiamiento, prestación y supervisión del aseguramiento;

Que, en armonía con el artículo 7 del citado TUO, el Seguro Integral de Salud - SIS, Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, se constituyó como una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS pública con las funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad;


Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 007-2012-SA, que autorizó al SIS la sustitución del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias (LPIS) por el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), precisa que los Planes Complementarios al PEAS que ofrece el SIS incluyen la Prestación Económica de Sepelio a nivel nacional;

Que, mediante la Única Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2014-SA y modificado por Decretos Supremos Nº 012-2017-SA y Nº 025-2018-SIS, se faculta al SIS "(...)

a aprobar las disposiciones administrativas relacionadas a los procesos de afiliación, financiamiento, gestión de riesgos, control prestacional, control financiero, facturación, tarifas, mecanismos, modalidades de pago y desarrollo de planes complementarios, en el marco de la normatividad vigente";

Que, de este modo, mediante Resolución Jefatural Nº 090-2016/SIS se aprobó la Directiva Administrativa Nº 001-2016-SIS/GNF-V.01 "Directiva Administrativa para el reconocimiento de la Prestación Económica de Sepelio para los asegurados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud", modificada mediante Resolución Jefatural Nº 133-2017/SIS;

Que, la Gerencia de Negocios y Financiamiento - GNF, mediante Informe Conjunto Nº 001-2019-SIS/ GNF-SGF/PYHL-JRGC con Proveído Nº 297-2019-SIS/GNF y la Nota Informativa Nº 085-2019-SIS/GNF-SGF/JRGC, propone la aprobación de un proyecto de "Directiva Administrativa que regula el procedimiento de trámite y reconocimiento del reembolso de la Prestación Económica de Sepelio para los asegurados del Seguro Integral de Salud", cuyo objetivo general es establecer un procedimiento y criterios técnicos estandarizados para el trámite y reconocimiento del reembolso de la Prestación Económica de Sepelio;

Que, a través de Informe Nº 051-2019-SIS/OGPPDO-UOC-BACN con Proveído Nº 107-2019-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional emite opinión técnica respecto del proyecto antes citado y propone se deje sin efecto la Resolución Jefatural Nº 090-2016/SIS, modificada por Resolución Jefatural Nº 133-2017/SIS;

Que, mediante Informe Nº 284-2019-SIS/OGAJ/DE
con Proveído Nº 284-2019-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que la GNF y la OGPPDO han cumplido con emitir las opiniones técnicas respectivas, cumpliéndose con el procedimiento establecido en la Directiva Administrativa Nº 001-2015/SIS/OGPPDO-V0.1
"Directiva Administrativa sobre Normas para la elaboración o actualización, aprobación, difusión, implementación y evaluación de las Directivas Administrativas del Seguro Integral de Salud - SIS", aprobada por Resolución Jefatural Nº 026-2015/SIS;

Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Gerente de la Gerencia del Asegurado, del Director General la Oficina General de Administración de Recursos, de la Directora General de la Oficina General de Tecnología de la Información, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General;

De conformidad con lo establecido el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1163, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2014-SA, modificado por Decretos Supremos Nos. 012-2017-SA y 025-2018-SA; el
Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA; y, la Directiva Administrativa Nº 001-2015/ SIS/OGPPDO-V0.1 "Directiva Administrativa sobre Normas para la elaboración o actualización, aprobación, difusión, implementación y evaluación de las Directivas Administrativas del Seguro Integral de Salud -SIS", aprobada por Resolución Jefatural Nº 026-2015/SIS.

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la Directiva Administrativa Nº 002-2019-SIS-GNF-V.01 "Directiva Administrativa que regula el procedimiento de trámite y reconocimiento del reembolso de la Prestación Económica de Sepelio para los asegurados del Seguro Integral de Salud", que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 090-2016/SIS que aprueba la Directiva Administrativa Nº 001-2016-SIS/GNF-V.01 "Directiva Administrativa para el reconocimiento de la Prestación Económica de Sepelio para los asegurados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud", y la Resolución Jefatural Nº 133-2017/SIS.

Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento las acciones para la implementación y la aplicación de la Directiva Administrativa aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución.

Articulo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano" y su Anexo en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese;

DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE
Jefa del Seguro Integral de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 100-2019/SIS Aprueban "Directiva Administrativa que regula el procedimiento de trámite y reconocimiento del reembolso de la Prestación Económica de Sepelio para los asegurados del Seguro Integral de Salud"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 100-2019/SIS
  • Emitida por : Seguro Integral de Salud - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2019-06-19
  • Fecha de aplicacion : 2019-06-20

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