6/22/2019

Eliminan Simplifican Requisitos Reclasifican RM 466-MTC/01 Transportes y Comunicaciones

Poder Ejecutivo, Transportes y Comunicaciones Eliminan y simplifican requisitos, reclasifican y adecúan procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones RM 466-MTC/01 Lima, 20 de junio de 2019 VISTO: El Memorándum Nº 1192-2019-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 0074-2019-MTC/09.05 de la Oficina de Modernización de la Oficina
Poder Ejecutivo, Transportes y Comunicaciones
Eliminan y simplifican requisitos, reclasifican y adecúan procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
RM 466-MTC/01
Lima, 20 de junio de 2019
VISTO:

El Memorándum Nº 1192-2019-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 0074-2019-MTC/09.05 de la Oficina de Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es competente de manera exclusiva en materias de aeronáutica civil, infraestructura de transportes de alcance nacional e internacional, servicios de transporte de alcance nacional e internacional, infraestructura y servicios de comunicaciones; asimismo, ejerce las funciones rectoras de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, fiscalizar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución, supervisión y evaluación de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, la sanción, la fiscalización y ejecución coactiva en las materias de su competencia;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y modificatorias, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que contiene procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1448 (en adelante, el Decreto Legislativo Nº 1310), establece que las entidades del Poder Ejecutivo deben realizar el análisis de calidad regulatoria de procedimientos administrativos establecidos en disposiciones normativas de alcance general, a fin de identificar, eliminar y/o simplificar aquellos que resulten innecesarios, ineficaces, injustificados, desproporcionados, redundantes o no se encuentren adecuados a la Ley del Procedimiento Administrativo General o a las normas con rango de ley que les sirven de sustento;


Que, el numeral 2.6 del Decreto Legislativo Nº 1310 señala que luego de validar el Análisis de Calidad Regulatoria remitido por las entidades del Poder Ejecutivo, la Comisión Multisectorial emite opinión proponiendo los procedimientos administrativos que, por estar debidamente justificados, deben ser ratificados o emitidos; mediante decretos supremos, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, se aprueba el listado de procedimientos administrativos que se mantendrán vigentes hasta su nueva ratificación, quedando derogados, en la parte pertinente, las disposiciones normativas que establecen los procedimientos administrativos no ratificados expresamente luego de seguir este procedimiento, debiendo las entidades realizar las adecuaciones normativas conforme a lo dispuesto en el numeral 2.12 del Decreto Legislativo Nº 1310;

Que, el numeral 2.12 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, establece que como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria las entidades del Poder Ejecutivo, cuando corresponda, quedan obligadas a emitir las disposiciones normativas que correspondan para eliminar o simplificar requisitos como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria; así como a adecuar y depurar las disposiciones normativas que establecían los procedimientos administrativos no ratificados;

Que, mediante Resolución Secretarial Nº 099-2017-MTC/04, se conformó el Equipo Técnico de Análisis y Calidad Regulatoria en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo que cumplió con la remisión de trescientas treinta (330) fichas para la evaluación de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria dentro del plazo previsto por la citada norma reglamentaria, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1310;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 094-2019-PCM, se ratificaron los procedimientos administrativos, entre otras entidades del Poder Ejecutivo, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme al sustento del Informe Nº 004-2019-CCR-ST de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco del Decreto Legislativo
Nº 1310;

Que, a través del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 094-2019-PCM, se dispuso que, como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria, de conformidad con el numeral 2.12 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, en un plazo no mayor de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la citada norma, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones deberá emitir o gestionar la emisión de las disposiciones normativas para la eliminación y simplificación de los requisitos de los procedimientos administrativos indicados en la Sección B del Anexo de dicho Decreto Supremo;

Que, de acuerdo al citado Informe Nº 004-2019-CCR-ST, han sido validados ciento cincuenta y dos (152)
procedimientos administrativos, de los cuales treinta (30)
procedimientos administrativos requieren de una medida simplificadora, dentro del plazo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 094-2019-PCM;

Que, asimismo, en el mencionado Informe se ha declarado la improcedencia de setenta y seis (76)
fichas de procedimientos administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por encontrarse en alguno de los supuestos fuera del alcance del Análisis de Calidad Regulatoria establecidos en el artículo 18 del Reglamento para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria de procedimientos administrativos establecido en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2019-PCM (en adelante, el Reglamento), de los cuales seis (06) procedimientos administrativos corresponden ser eliminados del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; lo cual cuenta con las opiniones favorables de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones con Memorándum Nº 780-2019-MTC/27 y de la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes mediante Memorándum Nº 512-2019-MTC/17.02;

Que, asimismo, en el citado informe de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria se ha declarado la eliminación de once (11) fichas de procedimientos administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de los cuales tres (03) procedimientos administrativos corresponden ser eliminados del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria; lo cual cuenta con las opiniones favorables de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones con Memorándum Nº 780-2019-MTC/27 y de la Dirección de Autorizaciones en Transporte Acuático de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, mediante Memorando Nº 037-2019-MTC/17.04;

Que, el numeral 40.5 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS (en adelante, el TUO de la Ley Nº 27444), establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos administrativos a iniciativa de parte o la simplificación de los mismos pueden aprobarse mediante Resolución Ministerial en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo;

Que, en el mismo sentido, el contenido del citado numeral 40.5 del artículo 40 del TUO de la Ley Nº 27444, constituye una norma de carácter autoritativo, en el marco del proceso de simplificación administrativa previsto en la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, que faculta a la entidad a que proceda con la eliminación de procedimientos, requisitos o la simplificación de los mismos, siendo extensiva a la información o documentación que es exigida o los trámites o cauces que podría seguir determinado procedimiento, buscando facilitar su acceso en favor de los administrados;

Que, el T exto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA es el documento de gestión que compendia los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal conforme lo dispuesto en el artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444;

Que, asimismo, en el marco de lo dispuesto en el numeral 44.5 del artículo 44 del TUO de la Ley Nº 27444, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú, o por Resolución de Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Resolución del órgano de dirección o del titular de los organismos técnicos especializados, según corresponda, Decreto Regional o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo;

Que, en ese sentido resulta necesario disponer lo siguiente: (a) La eliminación y/o simplificación de requisitos de treinta (30) procedimientos administrativos, (b) La eliminación de seis (06) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA cuyas fichas fueron declaradas improcedentes en el Análisis de Calidad Regulatoria, (c)
La eliminación de tres (03) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA
que han sido eliminados como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria y, (d) La reclasificación de dos (02)
procedimientos administrativos como servicios prestados en exclusividad; siendo que dichas medidas permitirán mejorar los procedimientos administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria;

Que, mediante el Memorándum Nº 1192-2019-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo y remite el Informe Nº 0074-2019-MTC/09.05 de la Oficina de Modernización y con las opiniones favorables emitidas a través del Memorando Nº 0520-2019-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, el Memorándum Nº 0432-2019-MTC/29.01 de la Dirección de Fiscalizaciones de Cumplimiento de Normativa en Comunicaciones, el Memorando Nº 658-2019-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, el Memorándum Nº 0917-2019-MTC/16 de la Dirección General de Asuntos Ambientales, el Memorándum Nº 2430-2019-MTC/17.03 de la Dirección de Circulación Vial, el Memorando Nº 0304-2019-MTC/24 del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, el Memorándum Nº 780-2019-MTC/27 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones, el Memorando Nº 1923-2019-MTC/28 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, el Memorando Nº 037-2019-MTC/17.04 de la Dirección de Autorizaciones en Transporte Acuático, y los Memorándums N
os.

512 y Nº 550-2019-MTC/17.02 de la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre; concluye que procede aprobar la simplificación y eliminación de los requisitos y procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco de las disposiciones de simplificación administrativa previstas en el Decreto Legislativo Nº 1310;

De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 014-2019-MTC y la Resolución Ministerial Nº 015-MTC/01; el Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1448; y, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Eliminación de requisitos de procedimientos administrativos Eliminar los requisitos contenidos en nueve (09)
procedimientos administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria, conforme al detalle señalado en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Simplificación de requisitos de procedimientos administrativos Simplificar los requisitos contenidos en veintidós (22) procedimientos administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria, conforme al detalle señalado en el Anexo 2 que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3.- Eliminación de procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones 3.1 Eliminar seis (06) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, los cuales han sido declarados improcedentes por
encontrarse en alguno de los supuestos fuera del alcance del Análisis de Calidad Regulatoria establecidos en el artículo 18 del Reglamento para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria de procedimientos administrativos establecido en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2019-PCM, conforme al detalle señalado en el Anexo 3 que forma parte de la presente Resolución;

3.2 Eliminar tres (03) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que han sido eliminados como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria, conforme al detalle señalado en el Anexo 4
que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 4.- Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, en lo que respecta a la simplificación administrativa de cincuenta y tres (53) procedimientos administrativos, conforme al detalle señalado en el Anexo 5 que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 5.- Reclasificación de procedimientos administrativos a servicios prestados en exclusividad Reclasificar dos (02) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, los cuales son clasificados como servicios prestados en exclusividad con código S-DGAC-014 "Evaluación de personal aeronáutico" de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y código S-DCV-002 "Canje de licencia de conducir por modificación de la información contenida en la misma" de la Dirección de Circulación Vial, conforme al detalle señalado en el Anexo I que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 6.- Adecuación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Adecuar los procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la presente Resolución, conforme al detalle señalado en el Anexo I
que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 7.- Aprobación de Formularios y Anexos - Modalidad Presencial Aprobar el Anexo II "Formularios y Anexos para el inicio en la modalidad presencial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA" y Anexo III "Formularios y Anexos para el inicio en la modalidad virtual de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA" del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 8.- Comunicación Comunicar a los órganos de línea a cargo de los procedimientos administrativos materia de simplificación en la presente Resolución y la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el cumplimiento inmediato de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 9.- Remisión Remitir a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria de la Presidencia del Consejo de Ministros, copia de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos, para los fines pertinentes.

Artículo 10.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el Portal del Diario Oficial El Peruano (www.elperuano.pe), en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www. mtc.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIA ESPERANZA JARA RISCO
Ministra de Transportes y Comunicaciones

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 466-MTC/01 Eliminan y simplifican requisitos, reclasifican y adecúan procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 466-MTC/01
  • Emitida por : Transportes y Comunicaciones - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-06-22
  • Fecha de aplicacion : 2019-06-23

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