7/23/2019

Establecen Saldo Cuenta Promoción Concesión RCDOSIEMO 128-2019-OS/CD OSINERGMIN

Organismos Reguladores, Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria Establecen Saldo de la Cuenta de Promoción de concesión de distribución de gas natural por red de ductos de Lima y Callao correspondiente al periodo comprendido entre el 7 de febrero y el 6 de mayo de 2019, y dictan otras disposiciones RCDOSIEMO 128-2019-OS/CD Lima, 18 de julio de 2019 VISTOS: Los Informes Nº 0339-2019-GRT y Nº 0340-2019-GRT, elaborados por la División de
Organismos Reguladores, Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria
Establecen Saldo de la Cuenta de Promoción de concesión de distribución de gas natural por red de ductos de Lima y Callao correspondiente al periodo comprendido entre el 7 de febrero y el 6 de mayo de 2019, y dictan otras disposiciones
RCDOSIEMO 128-2019-OS/CD
Lima, 18 de julio de 2019
VISTOS:

Los Informes Nº 0339-2019-GRT y Nº 0340-2019-GRT, elaborados por la División de Gas Natural y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante "Osinergmin").

CONSIDERANDO:



Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, se aprobó el TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos (en adelante "Reglamento de Distribución"), en cuyo Artículo 112a se establece un Mecanismo de Promoción con el cual se permite otorgar descuentos en los costos de conexión al servicio de distribución de gas natural, en beneficio de los consumidores residenciales, conforme a los criterios y zonas geográficas que establezca el Ministerio de Energía y Minas;

Que, adicionalmente, en el citado artículo se establecen los lineamientos para su aplicación, señalando que es obligación del concesionario administrar una cuenta de promociones y efectuar liquidaciones respecto a los gastos realizados. Se precisa además que, la aplicación del Mecanismo de Promoción deberá incluir un procedimiento de monitoreo del balance de la promoción que considere los ajustes tarifarios y el periodo en que se deberán realizar los mismos para mantener el nivel de la cuenta con saldo positivo, permitiendo la incorporación o descuento del saldo del balance de la promoción en la siguiente regulación tarifaria;


Que, en concordancia con lo señalado, mediante Resolución Nº 055-2018-OS/CD se aprobó la Tarifa Única de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao para el periodo 2018 - 2022, el Plan Quinquenal de Inversiones y el respectivo Plan de Promoción a través del cual se implementa la aplicación del Mecanismo de Promoción en el periodo mencionado;

Que, en el Artículo 18 de dicha resolución se estableció que la ejecución del Plan de Promoción será verificada trimestralmente por Osinergmin, a efectos de realizar su liquidación. Adicionalmente, se señaló que la verificación trimestral de la ejecución del Plan de Promoción dará origen a un factor de ajuste en la T arifa Única de Distribución, cuya aplicación se realizará de acuerdo con las disposiciones contenidas en el "Procedimiento de Reajuste de la Tarifa Única de Distribución de la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao", aprobado mediante Resolución Nº 184-2012-OS/CD.


Que, en tal sentido, corresponde a Osinergmin dar cumplimiento a la normativa señalada y, como resultado de la verificación trimestral de la ejecución del Plan de Promoción, publicar la resolución que aprueba el Saldo de la Cuenta de Promoción y el reajuste tarifario de la concesión de distribución de gas natural por red de ductos de Lima y Callao;

Que, la mencionada verificación trimestral se encuentra detallada en el Informe Técnico Nº 0339-2019-GRT, en el cual se consideran las disposiciones contenidas en el "Procedimiento de Liquidación para el Cálculo del Factor de Ajuste por Aplicación del Mecanismo de Promoción para Conexiones Residenciales" (en adelante "Procedimiento de Liquidación"), aprobado mediante Resolución Osinergmin Nº 005-2019-OS/CD, norma que establece la metodología y fórmulas aplicables para efectuar las liquidaciones del Mecanismo de Promoción, monitorear el balance de la promoción, determinar los gastos, ingresos y saldos del balance, tanto los ejecutados como proyectados; y aplicar, cuando corresponda, el Factor de Ajuste Total (FAT)
respectivo, el mismo que dará origen a una Alícuota, a fin de garantizar que se cuente siempre con los fondos necesarios para el funcionamiento del Mecanismo de Promoción;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2.2 del Procedimiento de Liquidación, la evaluación del Saldo del Balance de la Promoción y el reajuste tarifario debe efectuarse trimestralmente. En tal sentido, considerando que el último monitoreo del Mecanismo de Promoción se aprobó mediante Resolución Nº 080-2019-OS/CD, para la presente evaluación, corresponde determinar el Saldo de la Cuenta de Promoción tomando como base el saldo aprobado por la mencionada resolución e incorporando la información de cálculo correspondiente al periodo comprendido entre el 07 de febrero de y el 06 de mayo de 2019;

Que, cabe señalar que, para efectos de la presente evaluación, el Factor de Ajuste Total (FAT) el cual es el resultado del Factor de Ajuste asociado a la Promoción (FA1) y el Factor de Ajuste de equilibrio tarifario (FA2), estará vigente entre el 01 y el 06 de agosto de 2019;
toda vez que, a partir del 07 de agosto de entrará en vigencia un nuevo FAT, como consecuencia de la Actualización del Plan Quinquenal de Inversiones 2018
- 2022 a que se refiere el literal e) del Artículo 63c del
Reglamento de Distribución (en adelante "Actualización del Plan Quinquenal");

Que, del mismo modo, la Alícuota resultante de la presente evaluación será aplicable durante el periodo comprendido entre el 01 al 06 de agosto de 2019. La alícuota aplicable a partir del 07 de agosto de será aprobada conjuntamente con la Actualización del Plan Quinquenal antes mencionada;

Que, se han emitido el Informe Técnico Nº 0339-2019-GRT y el Informe Legal Nº 0340-2019-GRT, con los cuales se complementa con mayor detalle la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040- 2008-EM y sus modificatorias; y en lo dispuesto en el TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS y sus normas modificatorias, complementarias y conexas, y;

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 021-2019.

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Establecer el Saldo de la Cuenta de Promoción de la concesión de distribución de gas natural por red de ductos de Lima y Callao, correspondiente al periodo comprendido entre el 07 de febrero y el 06 de mayo de 2019, en un monto negativo de USD 5 626 083.

Artículo 2.- Aprobar los factores correspondientes al reajuste tarifario de la concesión de distribución de gas natural por red de ductos de Lima y Callao, aplicable durante el periodo comprendido entre el 01 al 06 de agosto de 2019, de acuerdo a lo siguiente:
- Factor de Ajuste Asociado a la Promoción (FA1):
0,9197
- Factor de Ajuste de Equilibrio Tarifario (FA2): 1,0000
- Factor de Ajuste Total (FAT): 0,9837
Artículo 3.- Aprobar el valor de la alícuota aplicable a la Tarifa Única de Distribución de gas natural aplicable desde el 01 al 06 de agosto de 2019, en 18,95% de la tarifa media de cada categoría tarifaria.

Artículo 4.- Incorporar el Informe Técnico Nº 0339-2019-GRT y el Informe Legal Nº 0340-2019-GRT, como parte integrante de la presente resolución.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y consignada junto con sus respectivos Informes en el Portal Institucional de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/ Resoluciones-GRT-2019.aspx
FÉNIX SUTO FUJITA
Vicepresidente del Consejo Directivo Encargado de la Presidencia

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RCDOSIEMO 128-2019-OS/CD Establecen Saldo de la Cuenta de Promoción de concesión de distribución de gas natural por red de ductos de Lima y Callao correspondiente al periodo comprendido entre el 7 de febrero y el 6 de mayo de 2019, y dictan otras disposiciones
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN
  • Numero : 128-2019-OS/CD
  • Emitida por : Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - Organismos Reguladores
  • Fecha de emision : 2019-07-23
  • Fecha de aplicacion : 2019-07-24

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