8/27/2019

Acuerdo Intercambio Notas Entre República Perú DS 039-2019-RE Relaciones Exteriores

Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores Ratifican el Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y la República de Cuba que Enmienda el Acuerdo de Cesión Gratuita y Recíproca del Uso de Inmuebles destinados a las Embajadas del Perú y Cuba DS 039-2019-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y la República de Cuba que Enmienda el Acuerdo de Cesión Gratuita y Recíproca del Uso
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores
Ratifican el Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y la República de Cuba que Enmienda el Acuerdo de Cesión Gratuita y Recíproca del Uso de Inmuebles destinados a las Embajadas del Perú y Cuba
DS 039-2019-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que el Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y la República de Cuba que Enmienda el Acuerdo de Cesión Gratuita y Recíproca del Uso de Inmuebles destinados a las Embajadas del Perú y Cuba fue constituido por la Nota Verbal No. 1812, del 16 de julio de 2019, del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Cuba, y la Nota RE (MIN) Nº 6/133, del 9 de agosto de 2019, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú;

Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º
y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

DECRETA:



Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y la República de Cuba que Enmienda el Acuerdo de Cesión Gratuita y Recíproca del Uso de Inmuebles destinados a las Embajadas del Perú y Cuba, constituido por la Nota Verbal No. 1812 del 16 de julio de 2019, del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Cuba, y la Nota RE (MIN) Nº 6/133 del 9 de agosto de 2019, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.


Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia.

Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.


MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES
Ministro de Relaciones Exteriores

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 039-2019-RE Ratifican el Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y la República de Cuba que Enmienda el Acuerdo de Cesión Gratuita y Recíproca del Uso de Inmuebles destinados a las Embajadas del Perú y Cuba
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 039-2019-RE
  • Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-08-27
  • Fecha de aplicacion : 2019-08-28

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