8/28/2019
Formalizan Instalación Conformación Grupo Trabajo RM 300-2019-PCM PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Formalizan instalación y conformación del Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Diálogo para abordar integralmente la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de Tacna" RM 300-2019-PCM Lima, 27 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, según el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación
Formalizan instalación y conformación del Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Diálogo para abordar integralmente la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de Tacna"
RM 300-2019-PCM
Lima, 27 de agosto de 2019
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo y coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil;
Que, el Poder Ejecutivo, desde la Presidencia del Consejo de Ministros, es responsable de conducir los procesos de diálogo, mediación, negociación entre otros mecanismos, con los diversos actores sociales, representantes de instituciones privadas y funcionarios públicos, para contribuir a la gestión de las controversias, diferencias y conflictos sociales, con la finalidad de consolidar una cultura de paz, respeto a los derechos humanos y demás valores democráticos para la sostenibilidad y defensa del estado de derecho;
Que, con fecha 20 de agosto de 2019, en la ciudad de Candarave, provincia de Candarave, departamento de Tacna, representantes del Poder Ejecutivo, el Gobernador Regional de Tacna, el Alcalde de la provincia de Candarave, los Alcaldes Distritales de Camilaca, Huanuara, Curibaya, Cairani y Quilahuani, y dirigentes sociales presentes acordaron la instalación de una Mesa de Diálogo para abordar integralmente la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de Tacna;
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Que, el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modificatoria, dispone que los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos; pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio que lo preside;
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Que, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM, el Viceministerio de Gobernanza Territorial es la autoridad competente en materias de desarrollo territorial, descentralización, diálogo y concertación social y demarcación territorial; así como, articula las intervenciones del Poder Ejecutivo en el territorio entre las entidades públicas del gobierno nacional y los gobiernos regionales y gobiernos locales;
Que, a través de la Nota de Elevación Nº D000051-2019-PCM-SGSD de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, la cual contiene el Informe Nº D000005-2019-PCM-SSGC-JMA remitido por la Subsecretaría de Gestión Conflictos, sustenta la necesidad de formalizar la instalación y conformación de un Grupo de Trabajo, con la finalidad de dar cumplimiento a los acuerdos de la reunión de fecha 20 de agosto de 2019;
Que, en ese contexto y de acuerdo al marco normativo enunciado, resulta necesario formalizar la instalación y conformación del grupo de trabajo denominado "Mesa de Diálogo para abordar integralmente la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de
Tacna", integrada por representantes del Estado y de la sociedad civil del departamento de Tacna;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Formalización y Conformación del Grupo de Trabajo Formalizar la instalación y conformación del Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Diálogo para abordar integralmente la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de Tacna".
Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo tiene por objeto realizar acciones de coordinación para la definición de un diagnóstico compartido y la adopción de acciones concretas que aborden integralmente la problemática hídrica en la provincia de Candarave, departamento de Tacna.
Artículo 3.- Integrantes El Grupo de Trabajo está integrado de la siguiente manera:
a) El/la Ministro/a de Agricultura y Riego o su representante, quien lo presidirá en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros;
b) El/la Ministro/a del Ambiente o su representante;
c) El/la Ministro/a de Energía y Minas o su representante;
d) El/la Ministro/a de Salud o su representante;
e) El/la Ministro/a de Vivienda, Construcción y Saneamiento o su representante;
f) El/la Viceministro/a de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros o su representante;
g) El/la Jefe/a de la Autoridad Nacional del Agua - ANA
o su representante;
h) El/la Presidente/a del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA o su representante;
i) El/la Gobernador/a Regional de Tacna o su representante;
j) El/la Alcalde/sa de la Municipalidad Provincial de Candarave o su representante;
k) Los/las Alcaldes/as de las Municipalidades Distritales de Camilaca, Huanuara, Cairani, Quilahuani, Curibaya o su/s representante/s;
l) Representantes de la Junta de Usuarios y las comisiones de regantes de la provincia de Candarave;
m) Representantes de otras organizaciones representativas de la sociedad civil de la provincia de Candarave y de los distritos que la conforman, que participaron en la reunión realizada el 20 de agosto de en la ciudad de Candarave.
Artículo 4.- Funciones El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones:
a) Coordinar la definición de un diagnóstico compartido, así como proponer la adopción de acciones concretas que brinden alternativas de solución a la problemática hídrica en la provincia de Candarave, departamento de Tacna.
b) Identificar actividades para el desarrollo de análisis, evaluación o estudios sobre la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de Tacna.
c) Coordinar y gestionar con las entidades públicas, en el ámbito de sus competencias, el cumplimiento de los acuerdos del Grupo de Trabajo.
d) Informar en forma trimestral a la Presidencia del Consejo de Ministros y a los representantes de la provincia de Candarave, sobre el cumplimiento de sus acuerdos.
e) Desarrollar otras acciones orientadas a sostener y fortalecer el cumplimiento de sus funciones, en la provincia de Candarave, departamento de Tacna.
Artículo 5.- Designación de representantes La designación de representantes se efectúa dentro de los cinco (05) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Diario Oficial "El Peruano", debiendo ser comunicada a la Secretaría Técnica.
Artículo 6.- Reglamento Interno El Grupo de Trabajo aprueba su Reglamento Interno, a propuesta de la Secretaría Técnica.
Artículo 7.- De los Subgrupos de Trabajo Para el desarrollo de sus actividades, el Grupo de Trabajo podrá conformar subgrupos de trabajo para tratar temas específicos que correspondan a sus funciones y contribuyan al cumplimiento de las mismas.
Artículo 8.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de el/la representante del Ministerio de Energía y Minas.
Artículo 9.- De la información, colaboración, asesoramiento y apoyo de profesionales El Grupo de Trabajo podrá invitar a participar o solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de otros representantes de entidades públicas, privadas o de la sociedad civil, sin que ello genere gastos al Tesoro Público. Asimismo, podrá recopilar y considerar los estudios y/o análisis pre-existentes que considere pertinentes, para la consecución de sus fines.
Artículo 10.- Financiamiento Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo sujetan el cumplimiento de sus funciones en éste a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. La participación de los representantes del Grupo de Trabajo es ad honórem, no irrogando gastos al Estado.
Artículo 11.- Período de vigencia e Informe Final El plazo de vigencia del Grupo de Trabajo es de ciento ochenta (180) días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación; plazo en el cual deberá presentar un Informe Final al Titular de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Artículo 12.- Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en el Diario Oficial "El Peruano", en el portal institucional de la Presidencia de Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe)
y en el portal de cada una de las entidades públicas que conforman el Grupo de Trabajo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE
Presidente del Consejo de Ministros
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 300-2019-PCM Formalizan instalación y conformación del Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Diálogo para abordar integralmente la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de Tacna"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 300-2019-PCM
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-08-28
- Fecha de aplicacion : 2019-08-29
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