8/28/2019

Grupo Especializado Trabajo Multisectorial RJ 171-2019-ANA Agricultura y Riego

Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Conforman el Grupo Especializado de Trabajo Multisectorial - GETRAM Ucayali RJ 171-2019-ANA Lima, 27 de agosto de 2019 VISTOS: El Informe Nº 054-2019-ANA-AAA.U, de la Autoridad Administrativa del Agua Ucayali; el Informe Nº 290-2019-ANA-DPDRH de la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos; y el Informe Legal Nº 726 -2019-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que,
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego
Conforman el Grupo Especializado de Trabajo Multisectorial - GETRAM Ucayali
RJ 171-2019-ANA
Lima, 27 de agosto de 2019
VISTOS:

El Informe Nº 054-2019-ANA-AAA.U, de la Autoridad Administrativa del Agua Ucayali; el Informe Nº 290-2019-ANA-DPDRH de la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos; y el Informe Legal Nº 726 -2019-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, aprobada por Decreto Supremo Nº 01-2010-AG, establece en el artículo 14º que la Autoridad Nacional es el ente rector y la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos;

Que, el artículo 9º de la citada ley establece la creación del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos
Hídricos, con el objeto de "Articular el accionar del Estado, para conducir los procesos de gestión integrada y de conservación de los recursos hídricos en los ámbitos de cuencas, de los ecosistemas que lo conforman y de los bienes asociados; así como, para establecer espacios de coordinación y concertación entre las entidades de la administración pública y los actores involucrados en dicha gestión";

Que, el artículo 51º del Reglamento de la Ley de los Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, establece los mecanismos de articulación;

señalando en el numeral 51.1, que: "A efectos de lograr la eficacia y la mayor eficiencia en la gestión institucional, optimizar la utilización de los recursos del Estado y evitar la duplicidad de esfuerzos, la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua convocará a los representantes de los ministerios y titulares de los organismos públicos y privados que integran el Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos, para la conformación de grupos especializados de trabajo en asuntos de carácter multisectorial que involucren a dos o más integrantes del Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos";

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 083-2016-ANA, de fecha 01 de abril de 2016, se aprobaron los Lineamientos para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, como instrumento de gestión que orienta las acciones que deben ejecutar los órganos de la Autoridad Nacional de Agua;


Que, mediante el informe de visto, la Autoridad Administrativa del Agua Ucayali, señala que la propuesta de reconocimiento del Grupo Especializado de Trabajo Multisectorial - GETRAM Ucayali, tiene como objeto el de institucionalizar la participación activa y responsable de los sectores del SNGRH, en la gestión de los recursos hídricos; generando sinergias, promoviendo e impulsando las intervenciones planificadas; alineando planes operativos anuales y de desarrollo local, regional y nacional; en el marco de atribuciones, competencias y responsabilidad social;

Que, de acuerdo a lo expresado, la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, emitió opinión favorable a fin que se reconozca oficialmente al grupo de trabajo comprendido en el ámbito de la AAA
Ucayali, región Ucayali;

Que, de acuerdo con lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde convocar a los actores vinculados a los recursos hídricos para que, en base a la realidad y problemática de cada una de sus cuencas hidrográficas, se plantee la conformación de mesas temáticas para trabajar multisectorialmente en la búsqueda de soluciones a los problemas que giran en torno a los recursos hídricos, y;

Con la opinión de la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, y los vistos de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General;

SE RESUELVE:



Artículo 1º. - Conformación del Grupo Especializado de Trabajo Conformar el Grupo Especializado de Trabajo Multisectorial - GETRAM Ucayali, el cual será articulado por la Autoridad Nacional del Agua.

Artículo 2º. - Objeto del Grupo Especializado de Trabajo GETRAM Ucayali, tiene como objeto institucionalizar la participación activa y responsable de los sectores del SNGRH, en la gestión de los recursos hídricos; generando sinergias, promoviendo e impulsando las intervenciones planificadas; alineando planes operativos anuales y de desarrollo local, regional y nacional; en el marco de atribuciones, competencias y responsabilidad social.

Artículo 3º. - Integrantes del Grupo Especializado de Trabajo GETRAM Ucayali, está conformado por los representantes de las siguientes instituciones públicas y/o privadas:

1. Gobierno Regional de Ucayali 2. Autoridad Nacional del Agua 3. Dirección Regional de la Producción de Ucayali -
DIREPRO
4. Dirección Regional de Educación de Ucayali 5. Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Ucayali 6. Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Ucayali.

7. Dirección Regional de Energía y Minas (DREM) de Ucayali 8. Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Ucayali.

9. Municipalidad Provincial de Coronel Portillo.

10. Municipalidad Distrital de Manantay.

11. Municipalidad Distrital de Yarinacocha 12. Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP.

13. Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA -
UCAYALI.

14. Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental -OEFA-OD - UCAYALI
15. Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - Parque Nacional Alto Purús.

16. Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - Parque Nacional Sierra del Divisor.

17. Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Coronel Portillo - EMAPACOP S.A.

18. Centro de Atención al Ciudadano (CAC) del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

19. Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ucayali.

20. Fiscalía Especializada en Materia Ambiental, Distrito Fiscal de Ucayali.

21. Instituto Nacional de Innovación Agraria - Ucayali.

22. Frente de Defensa Ucayali.

23. Frente de Defensa por los intereses de Yarinacocha.

24. Colegio de Biólogos del Perú - Consejo Regional XI - Ucayali 25. Colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental Ucayali.

26. Coordinadora Regional de Asentamientos Humanos y Centros Poblados de la Región Ucayali.

27. Asociación para la investigación y Desarrollo Integral - AIDER
Artículo 4º. - Funciones del Grupo Especializado de Trabajo GETRAM Ucayali, tendrá las siguientes funciones:
a) Promover la articulación, coordinación y concertación entre las instituciones públicas, privadas, sociedad civil organizada, organismos no gubernamentales de desarrollo y los actores involucrados en la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos, a nivel regional, de unidades hidrográficas o interregional.
b) Identificar la problemática hídrica y priorizar la intervención interinstitucional en el ámbito regional.
c) Diseñar e implementar estrategias de intervención articuladas, coordinadas y concertadas que contribuyan a solucionar la problemática identificada y comprendida en el Plan de Acción.
d) Proponer y promover la aprobación e implementación de normas, procedimientos e instrumentos de política pública para mejorar la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos.
e) Proponer a la Autoridad Administrativa del Agua Ucayali la construcción de mesas temáticas que se requieran en el ámbito del GETRAM Ucayali.
f) Impulsar la creación de Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca de la Amazonía correspondiente.
g) Definir su estructura y mecánica operativa.

Artículo 5º. - Coordinación Técnica La coordinación técnica del Grupo Especializado de Trabajo Multisectorial estará a cargo de la Autoridad Nacional del Agua a través de la Autoridad Administrativa del Agua Ucayali, quien convocará a las reuniones para promover acuerdos para el cumplimiento de los objetivos propuestos.

Artículo 6º. - Designación de los representantes La acreditación de los representantes se efectuará mediante comunicación escrita dirigida al Jefe de la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de cinco (05)
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER OBANDO LICERA
Jefe Autoridad Nacional del Agua

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 171-2019-ANA Conforman el Grupo Especializado de Trabajo Multisectorial - GETRAM Ucayali
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 171-2019-ANA
  • Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-08-28
  • Fecha de aplicacion : 2019-08-29

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