Inicio
Últimas normas legales
Lista Sectorial Políticas Nacionales Bajo RM 295-2019-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
8/22/2019
Lista Sectorial Políticas Nacionales Bajo RM 295-2019-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Aprueban lista sectorial de las Políticas Nacionales bajo rectoría o conducción del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo RM 295-2019-MINCETUR Lima, 19 de agosto de 2019 Visto, el Oficio Nº D000374-2019-CEPLAN/DNCP y el Informe Técnico Nº D000022-2019-CEPLAN-DNCPPN emitidos por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, así como el Informe Nº 453-2019-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General
Aprueban lista sectorial de las Políticas Nacionales bajo rectoría o conducción del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
RM 295-2019-MINCETUR
Lima, 19 de agosto de 2019
Visto, el Oficio Nº D000374-2019-CEPLAN/DNCP y el Informe Técnico Nº D000022-2019-CEPLAN-DNCPPN
emitidos por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, así como el Informe Nº 453-2019-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como una de las funciones de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088 se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN, orientado al desarrollo de la planificación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado Constitucional de Derecho, formando parte integrante de dicho Sistema los órganos del gobierno nacional, con responsabilidades y competencias en el planeamiento estratégico;
TAMBIEN PUEDES VER: Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 267-2019-EF Economia y Finanzas
Que, en este sentido, mediante Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, se aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, el cual tiene como objeto regular las Políticas Nacionales de competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, estableciendo las normas que rigen su rectoría;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento antes señalado, los Ministerios recopilan, organizan y analizan las políticas nacionales, estrategias y otros documentos que hagan sus veces, a cargo o en los que participen, aprobados hasta antes de la entrada en vigencia de dicho Reglamento, a fin de remitir al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, en su condición de ente rector del SINAPLAN, la lista sectorial de políticas nacionales que proponen mantener o, de ser el caso, actualizar;
MAS NORMAS LEGALES: Inscripción Persona Natural Registro RE 3376-2019 SBS
Que, asimismo, el numeral 6 de la citada Segunda Disposición Complementaria Transitoria establece que, con la opinión técnica previa del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, cada Ministerio aprueba mediante resolución de su titular la lista sectorial de políticas nacionales bajo su rectoría o conducción.
Todas las políticas nacionales que no se encuentren en dicha resolución ministerial, quedan derogadas a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante los documentos de Visto, el CEPLAN
ha emitido la opinión técnica previa respecto a las políticas nacionales que se encuentran bajo la rectoría o conducción del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, por lo que corresponde emitir el acto resolutivo que formalice su aprobación;
Que, en el caso de la Política Nacional de Comercio Exterior - PENX, corresponde precisar que en tanto se actualice el Plan Estratégico Nacional Exportador 2025, aprobado por Resolución Ministerial Nº 377-2015-MINCETUR, como Política Nacional en el marco de los instrumentos de planeamiento del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN, dicho Plan mantendrá su vigencia; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, así como el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la lista sectorial de las Políticas Nacionales bajo rectoría o conducción del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
1. Política Nacional en Comercio Exterior - PENX.
2. Política Nacional en Turismo - PENTUR.
Artículo 2.- El Plan Estratégico Nacional Exportador 2025 aprobado por Resolución Ministerial Nº 377-2015-MINCETUR, mantiene su vigencia hasta la
aprobación de la Política Nacional en Comercio Exterior - PENX.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/ mincetur).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDGAR M. VASQUEZ VELA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 295-2019-MINCETUR Aprueban lista sectorial de las Políticas Nacionales bajo rectoría o conducción del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 295-2019-MINCETUR
- Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-08-22
- Fecha de aplicacion : 2019-08-23
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)